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Ayudas Claras
Subvenciones Gran Canaria Cultura
Cultura Gran Canaria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a eventos deportivos en Las Palmas de Gran Canaria

Hasta 8.000€ por evento deportivo organizado en Las Palmas de Gran Canaria

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para la organización de eventos deportivos.
Para quién
Entidades deportivas, asociaciones, fundaciones, empresas y personas físicas que organizan eventos deportivos en la ciudad.
Cuánto
  • Hasta 8.000€ por evento, en reparto proporcional a la puntuación obtenida
    CriterioEscalaPuntos
    Presupuesto del eventoUn punto por cada tramo completo de 500€ de gasto realizado y justificado (presupuesto computable máximo: 37.500€)Máximo 75
    Igualdad de géneroParticipación femenina del 50% o superior · entre el 25% y el 49% · inferior al 25%8 · 4 · 0
    Atención especialEvento dirigido exclusivamente a colectivos de atención especial · con participación de estos colectivos · sin participación8 · 4 · 0
    Vinculación previaSubvención nominativa del instituto municipal de deportes en 2025, no vigente en 2026 · sin vinculación o anterior a 20257 · 0
    Colectivo infantilPrueba o categoría específica para menores de 16 años, si la participación adulta supera el 90% del total de inscritos2
    El reparto es proporcional a la puntuación y nunca supera el coste total de la actividad, el presupuesto aportado ni la cuantía máxima de 8.000€.
Qué cubre
  • Primas y seguros del evento
  • Publicidad, propaganda y relaciones públicas
  • Compras de bienes no inventariables, servicios y coste de personal propio
Requisitos
  • Organizas el evento en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria
  • El coste total del evento es igual o superior a 5.000€
  • El evento se celebra entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026
  • Estás inscrito en el registro que corresponde a tu tipo de solicitante

    Entidad mercantil: Registro Mercantil. Entidad deportiva: Registro de Entidades Deportivas de Canarias. Entidad no deportiva: Registro de Asociaciones de Canarias y/o de Fundaciones de Canarias. Persona física: alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a eventos deportivos.

  • Has pagado los gastos antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes
  • Has justificado las subvenciones municipales anteriores cuyo plazo de justificación ya venció
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la cuenta justificativa simplificada junto con la solicitud, en el mismo acto de registro
  • Da publicidad de la colaboración del instituto municipal de deportes y del ayuntamiento en los soportes del evento (cartelería, web, redes sociales, dorsales) y acredítalo en la memoria; si el evento se celebró sin la imagen institucional, el instituto puede fijar medidas alternativas de difusión
  • Aporta las facturas en diez días hábiles si te toca el muestreo del 20% de beneficiarios
  • Conserva la documentación justificativa durante cuatro años
  • Evita cualquier discriminación de género, en particular en el reparto de premios
  • Declara todas las demás subvenciones, ayudas e ingresos que obtengas para el evento
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 22 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Organizas un evento deportivo en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria
  • Tu evento tiene un coste total igual o superior a 5.000€
  • Eres una entidad deportiva inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Eres una asociación o una fundación inscrita en los registros de Canarias
  • Eres una entidad mercantil inscrita en el Registro Mercantil
  • Eres persona física dada de alta en el epígrafe de eventos deportivos
  • El coste total de tu evento es inferior a 5.000€
  • El evento se celebra fuera del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria
  • Esa edición del evento ya tiene una subvención nominativa del instituto municipal de deportes
  • El evento tiene un contrato de patrocinio o de servicios con el instituto municipal de deportes
  • El evento forma parte del calendario oficial ordinario de competición de tu modalidad
  • Quieres presentar más de un evento en esta convocatoria

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir como máximo 8.000€ por evento. La cuantía se reparte en proporción a la puntuación que obtenga tu solicitud y nunca supera el coste total de la actividad ni el presupuesto que presentes. Si alguna solicitud llega a su tope, la comisión de evaluación reparte la diferencia entre las demás, también en proporción a su puntuación, hasta agotar el crédito. El abono se hace en firme después de la resolución de concesión y en proporción a lo que hayas justificado; no hay abonos anticipados ni pagos a cuenta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu personalidad y la representación con la que firmas

  2. Rellena la solicitud y las declaraciones responsables del Anexo I

  3. Prepara la cuenta justificativa del Anexo II, con la memoria del evento y la relación clasificada de gastos

  4. Pide a la federación el certificado del Anexo III si tu evento o tu entidad lo requieren

  5. Presenta todo por medios electrónicos en el portal de subvenciones del instituto municipal de deportes

  6. Comunica tu aceptación en los diez días hábiles siguientes a la propuesta de resolución definitiva

Documentación necesaria

  • Solicitud y declaraciones responsables (Anexo I)
  • Cuenta justificativa simplificada, con memoria del evento, relación clasificada de gastos y plan de financiación (Anexo II)
  • Certificado de la secretaría de la federación deportiva correspondiente (Anexo III), cuando proceda
  • Identificación fiscal de la entidad solicitante y documento de identidad de quien ostenta la presidencia o la representación
  • Documento acreditativo de la representación, cuando quien firma no es el representante legal según el certificado registral
  • Estatutos y certificado actualizado del Registro de Entidades Deportivas de Canarias, para entidades deportivas
  • Certificado actualizado del Registro de Asociaciones de Canarias y/o de Fundaciones de Canarias, para entidades no deportivas
  • Certificación de inscripción en el Registro Mercantil, para entidades mercantiles
  • Escritura o documento constitutivo con objeto social relacionado con el deporte, para entidades no deportivas y mercantiles
  • Certificado actualizado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, para personas físicas
  • Modelo de alta o modificación de datos de terceros, cuando no consten o hayan variado
  • Soportes acreditativos de las medidas de difusión del evento
  • Certificados de estar al corriente con las administraciones a cuya consulta te opongas

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya tengo otra ayuda para el mismo evento?
Sí. Es compatible con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad. No es compatible con otra subvención, contrato de patrocinio o contrato de servicios del propio instituto municipal de deportes.
¿Cuándo tengo que justificar el gasto?
En el mismo momento de solicitar. La cuenta justificativa simplificada se presenta junto con la solicitud, en el mismo acto de registro, mediante el Anexo II.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
Te requieren para que subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tiene por desistido de tu petición.
¿Cuánto tardan en resolver?
La resolución definitiva de concesión se dicta y notifica en un plazo máximo de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia. Pasado ese plazo sin resolución expresa, la solicitud puede entenderse desestimada.
¿Me pueden pedir las facturas después de que me concedan la ayuda?
Sí. Antes del abono se selecciona por sorteo al 20% de las personas beneficiarias y se les requieren las facturas seleccionadas, que representan al menos el 10% del importe de concesión, en diez días hábiles.

Fuentes oficiales

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