Ayuda de autobús para excursiones juveniles en Sevilla
Ayuda en especie: el autobús para viajes con pernoctación de niños y jóvenes
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda en especie del Ayuntamiento de Sevilla: cede el autobús para viajes de ocio con pernoctación de niños y jóvenes.
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro que organizan actividades de ocio con niños, adolescentes y jóvenes.
- Cuánto
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- No cobras dinero: recibes el servicio de transporte en autobús, con un máximo de 220 plazas por viaje.
El tipo de autobús se asigna según el número de plazas que pidas, en función de los niños, niñas y jóvenes participantes y de las personas adultas acompañantes.Tipos de autobús que pueden asignarse Bus de hasta 22 plazas Bus de hasta 35 plazas Bus de hasta 55 plazas Bus de hasta 55 plazas adaptado a personas con movilidad reducida Mini Bus de 6 plazas para personas con movilidad reducida severa
- No cobras dinero: recibes el servicio de transporte en autobús, con un máximo de 220 plazas por viaje.
- Qué cubre
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- El servicio de transporte en autobús a un destino fuera de la ciudad de Sevilla que incluya pernoctación
- Viajes dentro del territorio de España o Portugal
- Autobuses adaptados cuando viajan participantes con movilidad reducida
- Requisitos
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- Tu entidad no tiene ánimo de lucro y está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla
- Durante 2026 realizas actividades dirigidas a niños, niñas, adolescentes o jóvenes de 3 a 30 años
- Tienes personalidad jurídica y capacidad de obrar, y estás inscrita en el registro que te corresponde
- Los objetivos y finalidades de tu entidad coinciden con los de esta convocatoria
- Presentas el proyecto de la actividad con el modelo del Anexo II
- No has recibido subvención de ninguna administración para el viaje que solicitas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza el viaje como máximo hasta el 13 de diciembre de 2026, incluido
- Presenta la declaración jurada de haber realizado el viaje (Anexo V) en el plazo máximo de un mes desde que lo hagas
- Pide cualquier cambio de pasajeros, destino, horarios o fechas al menos siete días naturales antes del viaje
- Vuelve al punto de partida antes de las 21:00 horas: el coste extra de un regreso posterior lo paga tu entidad
- Responde de los desperfectos, roturas, deterioros, robos o extravíos causados por el mal uso del autobús
- Aporta copia de la concesión si recibes ayudas de otros entes públicos o privados para los mismos conceptos
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad sin ánimo de lucro está en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
- Organizas en 2026 actividades para niños, adolescentes o jóvenes de 3 a 30 años
- Preparas un viaje con pernoctación a un destino de España o Portugal
- Vas a viajar con un grupo de al menos 22 personas
- Necesitas un autobús adaptado por movilidad reducida severa de los participantes: en ese caso el grupo mínimo es de 6 personas
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Sevilla
- El viaje que organizas no incluye pernoctación
- El destino del viaje está fuera de España o Portugal
- Ya has recibido subvención de otra administración para ese mismo viaje
- Tienes pendiente justificar o reintegrar subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Sevilla
Cuánto puedes recibir
No recibes una cantidad económica: es una ayuda en especie. El Ayuntamiento de Sevilla contrata el servicio de transporte, pone a tu disposición el autobús concedido y después paga directamente a la empresa adjudicataria los servicios realizados. En cada viaje puedes solicitar un máximo de 220 plazas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla
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Rellena el modelo de proyecto de la actividad (Anexo II) indicando destino, fechas y plazas que necesitas
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Reúne la acreditación de la representación (Anexo I) y la declaración responsable (Anexo III)
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla, por la vía de Ayudas, Subvenciones, Becas y Premios
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Preséntala al menos 10 días naturales antes de la fecha del viaje y nunca después del 30 de noviembre de 2026
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Si te requieren documentación que falta, subsánala en el plazo improrrogable de diez días hábiles desde el requerimiento
Documentación necesaria
- Solicitud de participación en la convocatoria, firmada electrónicamente por quien representa legalmente a la entidad
- DNI o NIE en vigor de la persona que formula la solicitud como representante
- CIF de la entidad solicitante
- Acreditación de la representación (Anexo I)
- Modelo de proyecto de la actividad (Anexo II)
- Declaración responsable y autorizaciones (Anexo III)
- Copia de la concesión, o del escrito de solicitud, de otras ayudas para los mismos conceptos