Ayudas a la seguridad e higiene en la pesca andaluza
Hasta el 75% de la inversión en seguridad e higiene a bordo de buques pesqueros
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Andalucía para inversiones y equipos que mejoren la seguridad y la higiene a bordo
- Para quién
- Personas y empresas propietarias o armadoras de buques pesqueros con puerto base en Andalucía, y pescadoras y pescadores a pie
- Cuánto
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- Hasta el 75% del gasto subvencionable de la operación
Además se subvenciona como costes indirectos un 7% de los costes directos subvencionables de cada operación.Tipo de inversión Intensidad máxima de la ayuda Inversiones a bordo y en equipos individuales para mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo 75% Inversiones relacionadas con la pesca costera artesanal: buques de eslora total inferior a 12 metros que no usan artes de arrastre, y pescadoras y pescadores a pie 100%
- Hasta el 75% del gasto subvencionable de la operación
- Qué cubre
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- Inversiones a bordo del buque pesquero que mejoren la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo
- Equipos individuales, ropa de trabajo y equipos de seguridad para la tripulación y para quienes pescan a pie
- Un 7% de costes indirectos sobre los costes directos subvencionables de la operación
- Requisitos
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- Eres propietario del buque pesquero para el que pides la ayuda, o su armador con acuerdo del propietario
- El buque pesquero tiene su puerto base en Andalucía
- La inversión no incrementa el arqueo bruto del buque
- No has iniciado las inversiones antes de presentar la solicitud ni antes del acta de no inicio
- Acreditas capacidad financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda
- Si tu empresa tiene 50 o más personas trabajadoras, cuentas con un plan de igualdad inscrito
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Haz el gasto dentro del periodo de ejecución que fije la resolución de concesión
- Si inviertes a bordo, mantén el puerto base del buque en Andalucía durante al menos los cinco años siguientes al pago de la ayuda; si es un buque auxiliar de almadraba, mantenlo como auxiliar de esa almadraba el mismo plazo
- Presenta la solicitud de pago con la memoria de actuaciones y la memoria económica justificativa
- Aporta las facturas y los documentos de pago que acrediten el cargo en tu cuenta
- Entrega la relación de maquinaria y equipos subvencionados con marca, modelo y número de serie
- Presenta la ficha de indicadores en la justificación final
- Devuelve la ayuda que no hayas utilizado pidiendo la carta de pago al órgano gestor
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 22 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de un buque pesquero con puerto base en Andalucía
- Eres armador de un buque pesquero con acuerdo del propietario para invertir en él
- Eres pescadora o pescador a pie
- Quieres comprar ropa de trabajo o equipos de seguridad para la tripulación
- Eres propietario del buque auxiliar de una almadraba con autorización administrativa
- Formáis una comunidad de bienes o sociedad civil titular de un buque pesquero
- Tu inversión incrementa el arqueo bruto del buque
- La inversión aumenta la capacidad de pesca o de detección de peces
- Ya habías iniciado las inversiones antes de presentar la solicitud
- Vas a comprar materiales y equipos usados
- Lo que quieres es reparar o mantener elementos deteriorados del buque
- Ya recibiste esta ayuda para el mismo tipo de equipo de seguridad en este periodo
Cuánto puedes recibir
No cobras una cantidad fija, sino un porcentaje de la inversión que hagas: hasta el 75% del gasto subvencionable de la operación, y hasta el 100% si la inversión está relacionada con la pesca costera artesanal. A eso se suma un 7% de costes indirectos sobre los costes directos subvencionables. Puedes pedir un anticipo máximo del 20% antes de justificar la inversión, sin necesidad de constituir garantía.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de tu personalidad, tu capacidad financiera y las autorizaciones del buque
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Pide el informe de una persona técnica independiente que justifique que la inversión mejora la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo
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Rellena el formulario de solicitud (Anexo I) y preséntalo de forma exclusivamente electrónica en la sede electrónica de la Junta de Andalucía
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Si lo prefieres, tramítalo a través de una de las entidades habilitadas del sector pesquero
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Si te lo requieren, presenta el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y documentos (Anexo II)
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Presenta la solicitud de pago y justificación (Anexo III) cuando hayas realizado la inversión
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo I)
- Listado de miembros (Anexo I-BIS), en comunidades de bienes y sociedades civiles
- Documentación acreditativa de la capacidad de representación
- Tarjeta acreditativa del NIF de la entidad, escritura de constitución y estatutos, en personas jurídicas
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los plazos legales de pago, si la subvención supera los 30.000 euros y eres una persona física o jurídica con ánimo de lucro
- Si eres empresa consolidada, declaración firmada por tu representante legal que certifique las cuentas anuales de hasta los tres últimos ejercicios cerrados; informe de auditor externo autorizado en su lugar si la subvención supera los 200.000 euros
- Certificado de entidad financiera que acredite tu capacidad financiera, si eres autónomo o empresa de nueva constitución
- Hoja de asiento del buque actualizada, literal, completa y certificada en todas sus páginas
- Memoria técnica descriptiva o proyecto de las inversiones a realizar, con facturas proforma o presupuestos
- Autorizaciones necesarias para llevar a cabo las inversiones en buques de pesca, o acreditación de haberlas solicitado
- Informe de persona técnica o experta independiente que justifique que la inversión mejora la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo a bordo y a pie
- Acuerdo entre la persona propietaria y la armadora que concede derecho a invertir en el buque
- Plan de igualdad inscrito o acreditación de su solicitud, en empresas con 50 o más personas trabajadoras
- Tres ofertas de diferentes proveedores, si el gasto supera la cuantía del contrato menor
- Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II)
- Solicitud de pago y justificación (Anexo III)