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Ayudas Claras
Subvenciones Pontevedra Cultura
Cultura Pontevedra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones para fiestas en Cambados

Hasta el 100% del coste de la actividad, para asociaciones de Cambados

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cambados para organizar fiestas patronales o populares del municipio
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que organizan las fiestas patronales o populares del municipio
Cuánto
Hasta el 100% del coste de la actividad; ninguna entidad puede recibir más del 25% del crédito de la convocatoria
Qué cubre
  • Contratación de actividades musicales y culturales
  • Alquiler de infraestructuras, derechos de autor y pirotecnia
  • Publicidad de la propia actividad festiva
Requisitos
  • Tu entidad carece de ánimo de lucro
  • Tienes el domicilio social en el término municipal de Cambados
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Cambados
  • Desarrollas tus actuaciones en el ámbito territorial del municipio
  • La actividad se realiza entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de 2026
  • No tienes pendiente de justificar otra subvención concedida por el ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad y cumple la finalidad por la que te conceden la subvención
  • Presenta la justificación hasta el 30 de noviembre, incluido
  • Aporta la cuenta justificativa, las facturas pagadas y la memoria de la actividad
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actividad
  • Mantente al corriente con Hacienda y la Seguridad Social también al justificar
Fechas estimadas
  • Abre: 28 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro
  • Tienes el domicilio social en el término municipal de Cambados
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Organizas las fiestas patronales o populares del municipio
  • Celebras la fiesta entre enero y el 20 de noviembre de 2026
  • Tu entidad persigue ánimo de lucro
  • Tu asociación no tiene el domicilio social en Cambados
  • No estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Desarrollas tus actuaciones fuera del término municipal
  • Tienes pendiente de justificar otra subvención del ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Tu subvención se calcula según la puntuación que obtengas con los criterios de valoración y según el número de solicitudes presentadas. Puede llegar al 100% del coste de la actuación solicitada, pero ninguna entidad puede recibir más del 25% del crédito de la convocatoria. Se paga por transferencia bancaria una vez que justificas el gasto y el ayuntamiento lo aprueba; no hay pagos anticipados.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Describe con el mayor detalle posible la actividad que vas a organizar y los gastos e ingresos previstos

  2. Rellena el formulario de solicitud (Anexo I) y los anexos normalizados

  3. Reúne la acreditación del representante, el CIF de la asociación y los certificados de estar al corriente

  4. Presenta la solicitud en el registro general del ayuntamiento a través de su sede electrónica

  5. Hazlo en los quince días naturales siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I)
  • Descripción detallada de la actividad y de los gastos e ingresos previstos, en el propio Anexo I o como memoria independiente
  • Acreditación del representante de la asociación (Anexo II.1)
  • Copia del DNI del presidente de la entidad o de quien tenga la delegación acreditada
  • Copia del CIF de la asociación
  • Declaración de no estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (Anexo II.2)
  • Certificaciones de estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria donde cobrarás, con código IBAN

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención junto con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que entre todos no superen el coste de la actividad. Tienes que declarar todas las ayudas solicitadas o concedidas para el mismo objeto.
¿Cuándo me pagan?
El abono se hace por transferencia bancaria después de que justifiques la subvención y el órgano competente lo informe y lo apruebe. Esta convocatoria no admite pagos anticipados.
¿Qué pasa si gasto menos de lo que me conceden?
Si justificas un gasto inferior a la cantidad concedida, la subvención se reduce proporcionalmente.
¿Qué ocurre si no presento la justificación a tiempo?
Se entiende que desistes de tu petición. Si la justificación es insuficiente pero se puede corregir, el ayuntamiento te requerirá para que subsanes en 10 días naturales; si no lo haces, se revoca la subvención y no se paga.
¿Qué facturas se admiten en la justificación?
Facturas a nombre de tu entidad, fechadas dentro del periodo subvencionable y con justificante de pago. No se admiten recibos por gastos de desplazamiento ni albaranes.

Fuentes oficiales

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