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Ayudas Claras
Subvenciones Granada Cultura
Cultura Granada Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones culturales en Huétor Vega

Hasta el 80% de lo solicitado para proyectos culturales de asociaciones

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Huétor Vega para proyectos culturales, educativos y de igualdad
Para quién
Asociaciones y clubes culturales y sociales sin ánimo de lucro inscritos en el Registro municipal de asociaciones de Huétor Vega
Cuánto
Hasta un máximo del 80% de la cantidad solicitada, según la puntuación obtenida, siendo el importe máximo a solicitar de 8.000€
Qué cubre
  • Actividades de música, teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional y encuentros
  • Actividades que desarrollen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el ámbito de la educación
  • Gastos de manutención para celebrar certámenes, encuentros y actividades análogas, con un máximo de 700€
Requisitos
  • Tu entidad es una asociación o club cultural o social sin ánimo de lucro
  • Tu entidad está inscrita en el Registro municipal de asociaciones de Huétor Vega
  • No tienes pendiente la justificación ni el reintegro de subvenciones municipales anteriores
  • Las actividades y proyectos se desarrollan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • La solicitud la firma la presidencia de la asociación o su representante legal
  • Pides como máximo 8.000€ de subvención para tu proyecto
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica el 100% de la cantidad concedida para el proyecto
  • Presenta la justificación como fecha máxima el 15 de enero de 2027
  • Aporta una memoria de actuación con las actividades realizadas y fotografías de todas ellas
  • Aporta una memoria económica con la relación clasificada de gastos y las facturas originales legibles
  • Da publicidad al carácter público de la financiación de la actividad subvencionada
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad
Cuándo
  • Abre: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o club cultural o social sin ánimo de lucro
  • Tu entidad está inscrita en el Registro municipal de asociaciones de Huétor Vega
  • Organizas actividades de música, teatro, imagen, artes plásticas o cultura tradicional
  • Tu proyecto desarrolla la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
  • Tu actividad se desarrolla entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tienes pendiente justificar o reintegrar subvenciones municipales ya concedidas
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
  • Tu actividad consiste solo en festivales de fin de curso de talleres, fiestas o viajes
  • Solicitas para la Cabalgata de Reyes, los Carnavales o las Fiestas Patronales
  • Solo quieres financiar gastos de inversión como mobiliario o equipos informáticos

Cuánto puedes recibir

La ayuda se calcula sobre la cantidad que pides: la asociación con mayor puntuación puede recibir hasta un máximo del 80% de lo solicitado, y las de menor puntuación un porcentaje menor. Como máximo puedes solicitar 8.000€ de subvención. El pago es anticipado, por transferencia bancaria, en el plazo de un mes desde el acuerdo de resolución definitiva.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Redacta la memoria o proyecto detallado de las actividades, con un máximo de 10 páginas

  2. Reúne los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social

  3. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento

  4. Subsana la solicitud en el plazo improrrogable de diez días hábiles si te lo requieren

  5. Alega o reformula tu solicitud en los 10 días siguientes a la resolución provisional

Documentación necesaria

  • Memoria o proyecto detallado de las actividades, de un máximo de 10 páginas
  • Número de cuenta corriente a nombre de la entidad
  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
  • Inscripción en el Registro Público de Asociaciones correspondiente
  • Cualquier otro documento de interés para valorar mejor la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que entre todos no superen el coste del proyecto. Debes comunicarlo al Ayuntamiento tan pronto como lo sepas.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
Quedan excluidos los gastos de inversión como mobiliario o equipos informáticos, los tributos, los intereses, sanciones y recargos, los gastos de procedimientos judiciales y las comidas y bebidas, salvo la manutención en certámenes y encuentros.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 6 meses a partir del día siguiente al último día de presentación de solicitudes. Si vence sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Puedo cambiar mi solicitud después de presentarla?
Sí. Puedes reformularla mientras siga abierto el plazo de presentación y también en el trámite de audiencia, cuando la ayuda propuesta sea inferior a la que pediste.
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
El Ayuntamiento te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días. Si no lo haces, se inicia de oficio el procedimiento de reintegro, con exigencia de las cantidades percibidas y de los intereses de demora.

Fuentes oficiales

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