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Ayudas Claras
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Educación Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para clubes deportivos de Alguazas 2026

Subvención por concurrencia para clubes y asociaciones deportivas de Alguazas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Alguazas para las actividades deportivas de clubes y asociaciones sin ánimo de lucro
Para quién
Clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro del municipio de Alguazas
Cuánto
No hay una cuantía fija por entidad: el crédito se reparte entre las beneficiarias según la puntuación obtenida. Consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Montaje de eventos, material y subcontratación de actividades deportivas
  • Transporte, alojamiento, avituallamiento y alquiler de espacios no municipales
  • Gastos federativos, vestuario, seguros y difusión de las actividades
Requisitos
  • Eres un club o asociación deportiva sin ánimo de lucro de Alguazas legalmente constituida
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Alguazas
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el ayuntamiento, la comunidad autónoma y la Hacienda estatal
  • Estás al corriente de tus obligaciones con la Seguridad Social
  • Has justificado correctamente las subvenciones que te concedieron en ejercicios anteriores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a actividades deportivas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Justifica el gasto en los tres meses siguientes al fin de la actividad y, en todo caso, antes del 31 de marzo de 2027
  • Presenta una memoria de las actividades realizadas con responsable, participantes, resultados y valoración
  • Aporta facturas originales o copias compulsadas junto con sus justificantes de pago
  • Acredita que la ayuda, sola o sumada a otras, no supera el coste de la actividad subvencionada
  • Reintegra el exceso cobrado si, por anulación, revocación o revisión de la subvención, el importe definitivo de la actividad resulta inferior al importe pagado
Fechas estimadas
  • Abre: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club deportivo sin ánimo de lucro del municipio de Alguazas
  • Tu asociación deportiva está legalmente constituida
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de Alguazas
  • Organizas actividades deportivas a lo largo de 2026
  • Tienes gastos federativos, de material o de transporte por tu actividad deportiva
  • Tu entidad persigue ánimo de lucro
  • Tu club o asociación no es del municipio de Alguazas
  • No estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de Alguazas
  • No justificaste correctamente una subvención concedida en ejercicios anteriores
  • Tienes deudas pendientes con Hacienda o con la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

No hay un importe fijo por entidad: el crédito de la convocatoria se prorratea entre los clubes y asociaciones beneficiarias según la puntuación obtenida, que puede llegar hasta 125 puntos, y nunca supera el coste de la actividad subvencionada. El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. El pago se realiza en su totalidad antes de que presentes la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria de la actividad, el balance de ingresos y gastos y los certificados de estar al corriente

  2. Cumplimenta la solicitud del Anexo I y fírmala como representante legal de la entidad

  3. Preséntala por medios electrónicos en la sede electrónica del ayuntamiento, dirigida al alcalde

  4. Hazlo dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín regional

  5. Subsana las deficiencias en diez días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere

  6. Espera el acuerdo de concesión de la Junta de Gobierno Local, que se notifica por medios electrónicos

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I) firmada por el representante legal
  • Memoria de la actividad a subvencionar del ejercicio 2026 (Anexo II)
  • Balance de ingresos y gastos realizados durante 2026 (Anexo III)
  • Certificado del secretario de la entidad sobre la veracidad de los datos y el número de socios (Anexo IV)
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Autorización para la consulta de datos por parte del Ayuntamiento de Alguazas (Anexo V)
  • Ficha de mantenimiento de terceros o certificado de titularidad bancaria (Anexo VI), si no la aportaste antes o cambiaron tus datos bancarios

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención y otra ayuda para la misma actividad?
Sí, son compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que la suma no supere el coste del gasto subvencionado.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
Quedan fuera la comida y las bebidas alcohólicas, los intereses deudores de cuentas bancarias, los recargos y sanciones, los gastos de procedimientos judiciales, las dietas y los impuestos indirectos recuperables.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El órgano instructor te requerirá para que la subsanes en diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se te tendrá por desistido.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El acuerdo de concesión se dicta en un plazo no superior a tres meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si no hay resolución, el silencio administrativo es desestimatorio.
¿Qué ocurre si no justifico la ayuda en plazo?
Tendrás que reintegrar el importe percibido más los intereses de demora, igual que si incumples total o parcialmente la actividad subvencionada.

Fuentes oficiales

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