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Ayudas Claras
Subvenciones Soria Agricultura
Agricultura Soria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones agrarias de Soria para equipamiento

El 75% de la inversión en equipamiento, con un máximo de 5.000€ por entidad

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Soria para que las asociaciones agrarias compren equipamiento de uso colectivo
Para quién
Asociaciones sectoriales agrarias sin ánimo de lucro con domicilio social en la provincia de Soria
Cuánto
El 75% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 5.000€ por entidad beneficiaria y convocatoria
Qué cubre
  • Equipamientos y bienes inventariables de uso colectivo
  • Herramientas de gestión, programas informáticos y aplicaciones digitales
  • Equipos informáticos y audiovisuales para la actividad de la asociación
Requisitos
  • Tu asociación es una entidad sectorial agraria sin ánimo de lucro
  • Está legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente
  • Tiene su domicilio social en la provincia de Soria
  • Entre sus fines estatutarios figura la defensa o mejora de una producción, cultivo, especie ganadera, raza o subsector concreto
  • No mantiene deudas vencidas con la Diputación Provincial de Soria
  • Presentas una sola solicitud por asociación y convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención solo a las actuaciones para las que se concedió
  • Da a los bienes y equipamientos un uso colectivo, nunca exclusivo de un asociado
  • Mantén los bienes inventariables destinados a esa finalidad al menos 2 años
  • Incorpora al inventario de la asociación los bienes adquiridos que sean inventariables
  • Comunica a la Diputación cualquier otra ayuda o ingreso para la misma actuación
  • Conserva la documentación justificativa y facilita las comprobaciones que se te pidan
Cuándo
  • Abre: 17 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas una asociación sectorial agraria sin ánimo de lucro
  • Tu asociación tiene su domicilio social en la provincia de Soria
  • Vuestra actividad se vincula a un cultivo, especie ganadera o subsector concreto
  • Queréis comprar equipamiento de uso colectivo para la asociación
  • Hiciste y pagaste esa inversión desde el 1 de noviembre de 2025
  • El objeto principal de tu entidad es transformar o comercializar industrialmente productos agroalimentarios
  • Eres una organización profesional o sindical agraria de carácter general
  • Representas una Junta Agraria Local
  • Eres una organización empresarial de ámbito agrario general
  • Quieres financiar gastos corrientes o el personal propio de la asociación
  • Vas a hacer obras, reformas o acondicionamiento de un inmueble

Cuánto puedes recibir

Recibes el 75% de los gastos que se consideren subvencionables, con un límite máximo de 5.000€ por entidad beneficiaria y convocatoria. Si la suma de todas las ayudas calculadas supera el crédito disponible, se aplica un coeficiente corrector común y todas las cuantías se reducen proporcionalmente. El pago llega una vez comprobada la documentación justificativa: no hay pagos anticipados.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas y los justificantes bancarios de la inversión ya pagada

  2. Cumplimenta y firma los anexos I, II y III de la convocatoria

  3. Redacta la memoria descriptiva de la inversión o actividad realizada

  4. Presenta la solicitud y la justificación en un único trámite en la sede electrónica de la Diputación de Soria

  5. Si te requieren subsanar algo, apórtalo en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Anexos I, II y III cumplimentados y firmados
  • Estatutos vigentes de la asociación y acreditación de su inscripción en el registro correspondiente
  • NIF de la asociación solicitante
  • NIF del representante y documentación que acredite la representación
  • Memoria descriptiva de la inversión o actividad realizada (Anexo II)
  • Relación clasificada de los gastos presentados y las facturas correspondientes
  • Justificantes bancarios del pago efectivo desde una cuenta de la asociación
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la asociación
  • Documentación de otras subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la misma actuación, en su caso
  • Acreditación de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Certificado de la Agencia Tributaria sobre el carácter recuperable o no del IVA
  • Documentación gráfica o fotografías que acrediten la realización de la actividad, cuando proceda

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para la misma inversión?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entes públicos siempre que la suma no supere el total de la inversión. Es incompatible con cualquier otra subvención de la Diputación Provincial de Soria para la misma actuación, gasto o finalidad.
¿Cuántas solicitudes puede presentar mi asociación?
Solo una por asociación y convocatoria.
¿Qué gastos quedan fuera?
Los gastos corrientes, el personal propio de la asociación, los impuestos indirectos recuperables y las obras, reformas o acondicionamiento de inmuebles. El IVA solo se subvenciona cuando no es recuperable o compensable.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
Te requerirán para que lo subsanes o aportes los documentos en el plazo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Tengo que aceptar la subvención si me la conceden?
Se entiende aceptada si, pasados diez días hábiles desde la notificación de la concesión, no manifiestas expresamente tu renuncia.

Fuentes oficiales

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