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Ayudas Claras
Subvenciones Soria Agricultura
Agricultura Soria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para apicultores de la provincia de Soria

Hasta el 50% de los gastos apícolas, con un máximo de 2.500€ por beneficiario.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Soria para los gastos de las explotaciones apícolas de la provincia.
Para quién
Apicultores de la provincia de Soria: autónomos y pequeñas empresas titulares de una explotación apícola.
Cuánto
Hasta el 50% del gasto subvencionable, con un límite máximo de 2.500€ por beneficiario
Qué cubre
  • Material y pequeño equipamiento no inventariable: ropa y equipos de protección, herramientas e instrumentos de trabajo, envases y alimentación para las abejas
  • Compra de colmenas y de equipos para el envasado de la miel
  • Arrendamiento de pastos, formación relacionada con la apicultura y servicios veterinarios de la explotación
Requisitos
  • Eres titular de una explotación apícola de 100 o más colmenas
  • Tu explotación está en un municipio de Soria de menos de 20.000 habitantes
  • Tienes el domicilio fiscal en la provincia de Soria
  • Tu explotación está inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León antes de presentar la solicitud
  • Estás dado de alta en la actividad económica correspondiente a la apicultura
  • Estás al corriente de pagos con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Diputación Provincial
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acredita ante la Diputación que has realizado la actividad y que cumples las condiciones de la concesión
  • Presenta la justificación de los gastos y de sus pagos hasta el 15 de febrero de 2027 inclusive
  • Ten todas las facturas efectivamente pagadas como máximo el 15 de febrero de 2027
  • Comunica cualquier otra ayuda que solicites u obtengas para la misma actividad
  • Sométete a las comprobaciones que haga la Diputación u otras administraciones y entidades
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Cuándo
  • Abre: 17 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación apícola de 100 o más colmenas
  • Tu explotación está en un municipio de Soria de menos de 20.000 habitantes
  • Tienes el domicilio fiscal en la provincia de Soria
  • Estás dado de alta en la actividad económica de apicultura
  • Vas a comprar material, colmenas o equipos de envasado para tu actividad
  • Pagas arrendamiento de pastos, formación o servicios veterinarios
  • Tu explotación tiene menos de 100 colmenas
  • Tu explotación está en un municipio de más de 20.000 habitantes
  • Tu domicilio fiscal está fuera de la provincia de Soria
  • Tu explotación no está inscrita en el registro ganadero de Castilla y León
  • Ya has financiado esos mismos gastos con otra ayuda o subvención
  • Estás inhabilitado para recibir ayudas de la Administración pública

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 50% del gasto subvencionable, con un tope de 2.500€ por beneficiario. El IVA no se subvenciona. Si el importe de todas las subvenciones que correspondería conceder supera el crédito disponible, la Diputación puede aplicar un prorrateo y reducir proporcionalmente las cuantías. El pago se hace una vez comprobada la justificación de los gastos y no se conceden anticipos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas o presupuestos de los gastos para los que pides la subvención

  2. Rellena el impreso de solicitud, la declaración responsable y la memoria explicativa del gasto

  3. Añade la documentación de tu explotación: inscripción en el registro ganadero, libro de registro apícola y certificado censal

  4. Presenta una única solicitud, con todos tus gastos incluidos, hasta el 30 de noviembre de 2026, en el Registro General de la Diputación Provincial de Soria o por cualquiera de las demás vías de registro admitidas; si estás obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, preséntala por vía electrónica

  5. Si te requieren subsanar algún defecto u omisión, aporta lo que falte en el plazo de diez días

  6. Justifica la realización y el pago de los gastos hasta el 15 de febrero de 2027

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Memoria explicativa del gasto para el que se solicita la subvención (Anexo III)
  • Facturas o presupuestos correspondientes a los gastos solicitados
  • Copia del DNI o NIF del solicitante y, cuando proceda, del representante de la entidad o empresa
  • Documentación acreditativa de la inscripción de la explotación en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León
  • Copia actualizada del libro de registro de explotación apícola en la que conste el número de colmenas
  • Certificado de situación censal de la Agencia Tributaria con el alta en la actividad de apicultura
  • Certificados de estar al corriente de pagos en la Seguridad Social y la Agencia Tributaria

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya tengo otra subvención para mi explotación?
Sí. Es compatible con subvenciones de otras administraciones o entidades públicas o privadas, siempre que no financien los mismos gastos. Debes comunicar las demás ayudas solicitadas u obtenidas y el total no puede superar el coste de la actividad.
¿Qué gastos valen y en qué fechas tengo que hacerlos?
Son admisibles los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y tienen que estar efectivamente pagados como máximo el 15 de febrero de 2027. El IVA no se considera gasto subvencionable.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Se admite una única solicitud por beneficiario, y en ella tienes que incluir todos los gastos para los que pidas subvención.
¿Qué pasa si justifico fuera de plazo?
Si presentas la justificación tarde pero antes de que te la reclamen, la ayuda se reduce un 30%. Si la presentas dentro del plazo adicional concedido tras la reclamación, la reducción es del 40%. Si no la presentas en ese plazo adicional, pierdes el derecho al cobro y tendrías que devolver lo percibido.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia. Si transcurre ese plazo sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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