Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Cultura
Cultura Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a asociaciones culturales de Benidorm

Hasta 1.000€ por beneficiario y proyecto para asociaciones culturales de Benidorm

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Benidorm para los proyectos culturales de las asociaciones de la ciudad.
Para quién
Asociaciones culturales del municipio de Benidorm.
Cuánto
Hasta 1.000€ por beneficiario, proyecto y convocatoria, sin superar el gasto subvencionable del proyecto
Qué cubre
  • Gastos corrientes del desarrollo del proyecto o la actividad
  • Gastos corrientes del funcionamiento normal de la asociación
  • Alquiler del material necesario y arrendamiento de inmuebles, sin incluir el leasing
Requisitos
  • Tu asociación está legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Benidorm
  • Esa inscripción tiene al menos un año de antigüedad desde la publicación de la convocatoria
  • Tus estatutos recogen entre sus fines realizar, fomentar o divulgar actividades culturales en la ciudad
  • Dispones de sede social o delegación estable, activa y abierta al público en Benidorm
  • Has justificado las ayudas municipales que recibiste anteriormente
  • No has sido beneficiaria de otra subvención de la Concejalía de Cultura de Benidorm en 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Envía cuanta documentación te requiera el Ayuntamiento
  • Haz constar en la publicidad del proyecto la financiación del Ayuntamiento de Benidorm
  • Realiza la actividad y acredita ante el Ayuntamiento que has ejecutado el proyecto presentado
  • Admite la supervisión de la comisión técnica que estudia y valora los proyectos
  • Mantente al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Presenta los justificantes de los gastos en los 10 días naturales siguientes a la notificación de la concesión
Cuándo

El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 20 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación cultural del municipio de Benidorm
  • Tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento
  • Organizas actividades de música, teatro, exposiciones, cine o conferencias
  • Tienes sede social o delegación abierta al público en Benidorm
  • Vas a desarrollar tu proyecto cultural durante 2026
  • Tu actividad son comidas de hermandad o viajes lúdicos
  • El proyecto se enmarca en fiestas patronales, romerías o eventos deportivos
  • La actividad persigue fines de lucro
  • La actividad es exclusiva para tus socios
  • El Ayuntamiento ya sufraga esa actividad por otro concepto presupuestario
  • Ya has recibido otra subvención de la Concejalía de Cultura de Benidorm en 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 1.000€ por beneficiario, proyecto y convocatoria, y nunca más del gasto subvencionable del proyecto que presentes. Una comisión de valoración determina tu importe de forma proporcional a los puntos obtenidos y a la cuantía justificada. La subvención se hace efectiva una vez presentas los justificantes de los gastos realizados.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Redacta la memoria descriptiva y valorada económicamente de tu proyecto cultural

  2. Reúne los anexos, los estatutos y los certificados que pide la convocatoria

  3. Presenta la solicitud mediante instancia general en el registro general del Ayuntamiento de Benidorm o en su sede electrónica

  4. Subsana los defectos en 10 días naturales si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Consulta la resolución en el tablón de edictos electrónico y en la web municipal

  6. Presenta la cuenta justificativa con las facturas y las memorias de la actividad

Documentación necesaria

  • Memoria descriptiva y valorada económicamente del proyecto, programa o actividad
  • Programa de acciones y actividades previstas o realizadas en 2026 (Anexo I)
  • Breve currículum o desarrollo histórico descriptivo de la asociación
  • Acreditación de la persona que firma la solicitud
  • Tarjeta de Identificación Fiscal
  • Estatutos vigentes
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Certificado de titularidad del banco
  • Ficha de datos de mantenimiento a terceros

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para el mismo proyecto?
Sí. Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actividad, siempre que entre todos no superen el coste de la actividad subvencionada.
¿Puedo presentar más de un proyecto?
No. Cada entidad solo puede presentar una solicitud, que podrá contener un máximo de un proyecto concreto.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requiere para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días naturales. Si no lo haces, se te tiene por desistido de tu solicitud.
¿Cómo se decide la puntuación de mi proyecto?
Una comisión de valoración puntúa de 0 a 10 cinco criterios: la calidad e interés cultural y turístico del proyecto, la trayectoria de la asociación, la continuidad del proyecto, el fomento de la participación e impacto social, y el plan de comunicación y difusión, en el que se valora especialmente el uso de las dos lenguas oficiales de la Comunidad.
¿Qué ocurre si no justifico los gastos?
El incumplimiento de la obligación de justificar o una justificación insuficiente dan lugar a la reducción total o parcial de la subvención.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas