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Ayudas Claras
Subvenciones Lugo Educación
Educación Lugo Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para ANPAS y centros escolares de Cervo

Hasta 1.250€ por ayuda para actividades escolares de ANPAS y centros de Cervo

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cervo para actividades dirigidas a la comunidad escolar
Para quién
ANPAS, colegios de infantil y primaria e institutos sin ánimo de lucro que pertenecen al Ayuntamiento de Cervo
Cuánto
Hasta 1.250€ por ayuda; el importe de cada entidad sale del prorrateo entre todos los beneficiarios
Qué cubre
  • Gastos corrientes de las actividades educativas, recreativas y culturales dirigidas a la colectividad escolar
  • Gastos generales de funcionamiento, conservación, mantenimiento o reparaciones menores de la entidad, siempre que no sean inversión
Requisitos
  • Tu entidad es una ANPA, un colegio de infantil y primaria o un instituto
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad pertenece al Ayuntamiento de Cervo
  • Tu entidad está en activo durante el plazo de presentación de solicitudes
  • Las actividades que presentas van dirigidas a la colectividad escolar
  • Las actividades se realizan durante el ejercicio de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a gastos realizados durante el año 2026
  • Justifica la subvención como máximo hasta el 31 de enero de 2027: si no lo haces, queda revocada
  • Presenta facturas originales o copias compulsadas de los gastos corrientes, con memoria de la actividad si la factura no la concreta
  • Aporta nóminas o boletines de cotización a la seguridad social, junto con justificantes bancarios de pago o el recibí de los trabajadores, si justificas gastos de personal
  • Entrega una declaración de tu representante confirmando que cumpliste los fines de la subvención
  • Presenta copia de la resolución si otra entidad pública o privada también subvencionó la actividad
Cuándo

El plazo es de diez días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 20 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una ANPA de un centro escolar del Ayuntamiento de Cervo
  • Representas un colegio de educación infantil y primaria de Cervo
  • Representas un instituto de educación secundaria de Cervo
  • Tu entidad organiza actividades dirigidas a la comunidad escolar
  • Necesitas financiar gastos corrientes de funcionamiento de tu entidad
  • Tu entidad está en activo cuando se presentan las solicitudes
  • Tu entidad no pertenece al Ayuntamiento de Cervo
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Quieres financiar gastos que tienen carácter de inversión
  • Tu entidad no está en activo durante el plazo de solicitud
  • Las actividades que presentas no van dirigidas a la colectividad escolar
  • Los gastos que quieres justificar no se realizaron durante 2026

Cuánto puedes recibir

El importe que recibe cada entidad resulta del prorrateo entre todos los beneficiarios, con un máximo de 1.250€ por ayuda. El pago se hace después de justificar los gastos y acreditar que se destinaron a los fines por los que se concedió la subvención.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida, empezando por el presupuesto detallado de tu entidad para 2026

  2. Presenta la solicitud con toda la documentación en el registro general del ayuntamiento

  3. Presenta alegaciones en el plazo de 10 días si te notifican la propuesta de resolución provisional

  4. Acepta la concesión: se entiende aceptada si en 10 días desde la notificación no manifiestas tu rechazo

  5. Aporta la certificación acreditativa de estar al corriente antes del pago de la subvención

  6. Justifica los gastos como máximo hasta el 31 de enero de 2027 para cobrar la ayuda

Documentación necesaria

  • Presupuesto detallado de la entidad del año 2026
  • Fotocopia compulsada del DNI del representante legal y documento que acredite su representación
  • Fotocopia del NIF de la entidad
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria en la que se realizarán los pagos
  • Declaración jurada de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades, indicando su importe, o de no percibir ninguna otra ayuda para el mismo fin
  • Declaración jurada de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
  • Declaración responsable de no ser deudor de la hacienda estatal ni autonómica
  • Fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad (en el caso de ANPAS)
  • Documento que acredite la composición de la junta directiva de la entidad
  • Autorización para que el ayuntamiento compruebe que estás al corriente con la seguridad social y la hacienda estatal

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si la actividad ya recibe otra ayuda?
Sí, pero la suma de ayudas no puede superar el coste total de la actividad que desarrolla tu entidad. Si otra entidad pública o privada la subvenciona, tienes que presentar copia de su resolución.
¿Qué pasa si no justifico la subvención a tiempo?
Las subvenciones que no se justifiquen debidamente hasta el 31 de enero de 2027 quedan revocadas.
¿Tengo que aceptar la subvención expresamente?
No. Se entiende aceptada si en el plazo de 10 días desde la notificación de la concesión no manifiestas expresamente tu rechazo.
¿Sirve para una obra o una compra de inversión?
No. Se cubren los gastos corrientes de las actividades y los gastos generales de funcionamiento, conservación, mantenimiento o reparaciones menores que no tengan carácter de inversión.
¿Dónde presento la solicitud?
En el registro general del ayuntamiento, acompañada de la documentación que exige la convocatoria.

Fuentes oficiales

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