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Ayudas Claras
Subvenciones Soria Agricultura
Agricultura Soria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a ganaderos de raza Serrana Negra en Soria

Hasta 10.000€ por beneficiario para mantener y ampliar el censo de Serrana Negra

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Soria para conservar y ampliar el ganado de raza Serrana Negra.
Para quién
Titulares de explotaciones de ganado vacuno de carne de la provincia de Soria, tanto personas físicas como empresas.
Cuánto
  • Importe por cabeza según la edad y el tipo de animal, con topes por beneficiario
    ConceptoCuantía máxima
    Vaca de 5 años o más inscrita en el Libro GenealógicoHasta 100 € por cabeza
    Vaca menor de 5 años inscrita en el Libro GenealógicoHasta 200 € por cabeza
    Novilla destinada a la reposición de efectivosHasta 300 € por cabeza
    Toro reproductor inscrito en el Libro GenealógicoHasta 400 € por cabeza
    Compra de recría inscrita en el Libro Genealógico para reposiciónHasta 400 € por cabeza
    Actividades de diversificación de la producción50 % de los gastos justificados, hasta 3.000 € por beneficiario
    El mantenimiento y la expansión de censos pueden alcanzar conjuntamente hasta 10.000 € por beneficiario. Todas las cuantías son máximas y pueden reducirse; si el importe total de las subvenciones supera el crédito disponible, se prorratea entre los beneficiarios.
Qué cubre
  • Mantenimiento del censo de reproductores inscritos en el Libro Genealógico de la raza
  • Compra de hembras reproductoras y de recría para reponer o aumentar el censo
  • Actividades de diversificación de la producción, entre otras la producción de bueyes
Requisitos
  • Eres titular de una explotación de ganado vacuno de aptitud cárnica en la provincia de Soria
  • Tu explotación está inscrita y registrada en el registro general de explotaciones ganaderas
  • Dispones de reproductores inscritos en el Libro Genealógico de la raza Serrana Negra
  • Si pides la ayuda por compra, los ejemplares adquiridos están inscritos en el Libro Genealógico y se destinan a reposición o incremento del censo
  • Si pides la ayuda por diversificación, tus ejemplares responden al fenotipo de la raza según certificado de la asociación de criadores oficialmente reconocida
  • Tu establecimiento está calificado indemne a tuberculosis y brucelosis durante el periodo de la convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén durante los doce meses siguientes a la concesión el número de ejemplares por los que cobras la ayuda, salvo causas justificadas
  • Ofrece con carácter preferente a los ganaderos de la provincia de Soria la recría que tengas disponible para la venta
  • Aplica el programa de conservación o mejora de la raza aprobado por la consejería de Agricultura y Ganadería
  • Sométete a las comprobaciones y controles del órgano que concede la ayuda y aporta la información que te pidan
  • Presenta la documentación justificativa antes del 11 de diciembre de 2026, junto con la solicitud
  • Haz constar la colaboración de la Diputación Provincial, Servicios Agropecuarios, cuando des publicidad a la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: 17 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación de ganado vacuno de carne en la provincia de Soria
  • Tienes reproductores de raza Serrana Negra inscritos en el Libro Genealógico
  • Vas a comprar hembras de la raza para reponer o aumentar tu censo
  • Mantienes ejemplares que responden al fenotipo de la raza Serrana
  • Haces actividades de diversificación de la producción, como la producción de bueyes
  • Tu explotación de vacuno está ubicada fuera de la provincia de Soria
  • Tu ganado vacuno no es de aptitud cárnica
  • Pides la ayuda por mantenimiento o por compra y ninguno de tus animales está inscrito en el Libro Genealógico de la raza
  • Pides la ayuda por animales muertos en la explotación, vendidos o desaparecidos
  • Pides mantenimiento y adquisición por el mismo animal

Cuánto puedes recibir

Cobras una cantidad por cabeza que depende de la edad y el tipo de animal: hasta 100 € por vaca de cinco años o más, hasta 200 € por vaca más joven, hasta 300 € por novilla de reposición y hasta 400 € por toro inscrito o por recría comprada para reponer el censo. El mantenimiento y la expansión juntos pueden alcanzar como máximo 10.000 € por beneficiario, y las actividades de diversificación se cubren con el 50 % de los gastos justificados hasta un máximo de 3.000 € por beneficiario. Son cuantías máximas: pueden reducirse y, si el importe total de las subvenciones supera el crédito disponible, se prorratea y cobras menos. El pago se hace efectivo una vez acreditada la situación que fundamenta la concesión y previa fiscalización de la Intervención de la Diputación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el certificado del Libro Genealógico, el censo de animales y el resto de documentación exigida

  2. Rellena la instancia dirigida a la presidencia de la Diputación Provincial de Soria según el modelo del Anexo I

  3. Presenta la solicitud con la documentación justificativa en el Registro General de la Diputación Provincial de Soria hasta el 11 de diciembre de 2026

  4. Si te requieren subsanar la solicitud, aporta lo que falte en el plazo de diez días hábiles

  5. Espera la resolución de la Junta de Gobierno, previo dictamen de la Comisión de Agricultura, Ganadería, Montes y Medio Ambiente

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud según el modelo del Anexo I
  • Acreditación de la capacidad de obrar: D.N.I. si eres persona física, o escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional si eres persona jurídica
  • Censo de animales de la explotación a fecha de convocatoria según la base de datos del sistema de identificación y movimientos (IRMA)
  • Certificado de la entidad del Libro Genealógico con los animales inscritos o que responden al fenotipo racial, indicando identificación individual, edad y tipo
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Factura de adquisición de los animales serranos destinados a reposición, con los justificantes bancarios de pago y copia de la guía de origen y sanidad
  • Memoria de actividades con las facturas de gastos del ejercicio, para las actividades de diversificación
  • Declaración de otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma finalidad (Anexo II)
  • Certificado que acredite el establecimiento calificado como T3 y B4, indemne a tuberculosis y brucelosis

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si recibo otra para lo mismo?
Sí. Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras que otras administraciones públicas establezcan para la misma finalidad. Tienes que declarar las que hayas solicitado u obtenido.
¿Cuentan los animales que he vendido o que se han muerto?
No. No se consideran subvencionables los animales muertos en la explotación, vendidos o desaparecidos. Los datos censales se refieren a la fecha de convocatoria de la ayuda.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
Te requerirán para que subsanes la falta o aportes los documentos en el plazo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Qué ocurre si no cumplo las condiciones de la ayuda?
Tendrás que devolver las cantidades percibidas, con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago. El reintegro es independiente de las sanciones que puedan resultar exigibles.
¿Qué pasa si no me contestan a la solicitud?
Si transcurre el plazo máximo legalmente establecido sin que se notifique resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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