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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Educación
Educación Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para actividades educativas en Santa Eugènia

Subvención municipal para entidades con finalidades educativas de interés local

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa Eugènia de Berga para proyectos y actividades educativas
Para quién
Entidades con finalidades educativas de interés local en Santa Eugènia de Berga
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Proyectos y actividades educativas de interés público y social para el municipio
  • Actividades educativas que complementan o sustituyen a las de competencia municipal
Requisitos
  • Tu entidad tiene finalidades educativas de interés local, complementarias o supletorias de las municipales
  • Tienes el domicilio social en Santa Eugènia de Berga
  • Desarrollas tus actividades en Santa Eugènia de Berga
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro, o revierte la mayor parte de sus beneficios en actividades subvencionables
  • Eres la entidad que va a realizar la actividad por la que pides la subvención
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza el proyecto o la actividad educativa por la que te conceden la subvención
  • Presenta los documentos justificativos antes del 28 de febrero de 2027
  • Justifica el gasto después de cobrar, porque el pago se entrega antes de la justificación
  • Indica una cuenta bancaria de la entidad solicitante para recibir la transferencia, bajo tu responsabilidad
Cuándo

El plazo es de quince días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 20 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad tiene finalidades educativas de interés local
  • Tienes el domicilio social en Santa Eugènia de Berga
  • Desarrollas tus actividades en Santa Eugènia de Berga
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro
  • Vas a realizar un proyecto educativo de interés público y social
  • Tu entidad tiene el domicilio social fuera de Santa Eugènia de Berga
  • No desarrollas tus actividades en el municipio
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro y no revierte la mayor parte de sus beneficios en actividades subvencionables
  • Tu proyecto es cultural, recreativo o deportivo, no educativo
  • No eres la entidad que va a realizar la actividad

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija cuánto cobra cada entidad: las modalidades de ayuda y las cuantías las determinan las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, así que consúltalo directamente con la administración. Lo que sí concreta es cómo se paga: por transferencia bancaria a la cuenta de la entidad solicitante y con carácter previo a la justificación, es decir, cobras antes de presentar los justificantes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad tiene domicilio social y actividad en Santa Eugènia de Berga

  2. Prepara el proyecto o la actividad educativa para la que pides la subvención

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del ayuntamiento

  4. Hazlo dentro de los 15 días siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia

Preguntas frecuentes

¿Dónde presento la solicitud?
En la sede electrónica del Ayuntamiento de Santa Eugènia de Berga.
¿Cuánto tiempo tengo para pedirla?
Quince días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia. El texto no precisa si son hábiles o naturales; confírmalo con el ayuntamiento.
¿Hasta cuándo puedo presentar la justificación?
El plazo límite para presentar los documentos justificativos es el 28 de febrero de 2027.
¿Cobro la ayuda antes o después de justificar el gasto?
Antes. La entrega de los fondos se realiza con carácter previo a la justificación, mediante transferencia bancaria a la cuenta de la entidad solicitante.
¿Quién decide a qué entidades se concede?
La convoca el alcalde y la instruye el secretario de la corporación. Las solicitudes las valora un órgano colegiado formado por los concejales de Cultura, Educación y Servicios Sociales, con la auxiliar administrativa del área de subvenciones como secretaria.

Fuentes oficiales

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