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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Educación
Educación Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades educativas de Mislata 2026

Ayuda municipal para los programas de actividades de entidades educativas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Mislata para financiar programas de actividades de entidades educativas.
Para quién
Asociaciones de familias o de madres y padres de alumnado, centros con jornada escolar continua y el centro de formación de adultos.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Programas de actividades formativas, culturales, festivas y recreativas
  • Gastos básicos de administración por el funcionamiento de la asociación
  • Actividades extraescolares de los centros con jornada escolar continua
Requisitos
  • Eres una asociación o entidad del ámbito educativo de Mislata
  • Vas a realizar la actividad para la que pides la subvención
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Mislata
  • No tienes pendiente de justificar otras subvenciones municipales anteriores
  • Cumples los requisitos concretos que indique la convocatoria y los acreditas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza el programa de actividades para el que te concedieron la subvención
  • Presenta la cuenta justificativa en el registro general del ayuntamiento
  • Justifica el gasto con una memoria de la actividad y las facturas originales
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que financie la actividad
  • Conserva los documentos que acreditan el uso de los fondos recibidos
  • Da publicidad de que la actividad está financiada con dinero público
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de familias o de madres y padres de alumnado de Mislata
  • El centro docente de tu asociación de familias está sostenido con fondos públicos
  • Tu centro de Infantil o Primaria tiene autorizada la jornada escolar continua
  • Representas al centro público de formación de personas adultas de Mislata
  • Eres la asociación de alumnos y exalumnos de ese centro de personas adultas
  • Organizas programas de actividades dentro del ámbito educativo del municipio
  • Tu entidad no pertenece al ámbito educativo de Mislata
  • Tu centro docente no está sostenido con fondos públicos
  • Tu centro de Infantil o Primaria no tiene autorizada la jornada escolar continua
  • Tienes pendiente de justificar otras subvenciones municipales anteriores
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Las subvenciones se reparten en régimen de concurrencia competitiva, así que tu solicitud compite con las demás. El pago se hace, con carácter general, después de que justifiques que has realizado la actividad y una vez aprobada la cuenta justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que exija la convocatoria de subvenciones

  2. Presenta la solicitud en el ayuntamiento, que admite también la vía telemática

  3. Completa en diez días lo que te reclamen si falta algún requisito

  4. Justifica después la subvención en el registro general del ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Certificado de la Agencia Tributaria de estar al corriente de tus obligaciones tributarias
  • Certificado de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de tus obligaciones
  • Declaración responsable de cumplir esas obligaciones, como alternativa a los certificados
  • Documentación que acredite los requisitos exigidos en la convocatoria

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe la subvención?
Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva, de modo que las solicitudes se valoran y compiten entre sí. Los criterios de valoración concretos no figuran en el texto publicado: consulta directamente con la administración.
¿Puedo recibir otras ayudas para la misma actividad?
Estás obligado a comunicar al ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que financie la actividad subvencionada.
¿Qué ocurre si mi solicitud está incompleta?
El ayuntamiento te requerirá para que la completes en un plazo máximo e improrrogable de diez días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Cuándo tengo que justificar el gasto?
En el plazo que fije la convocatoria. Si no lo indica, la justificación se presenta como máximo en los tres meses siguientes a la finalización del proyecto.
¿Qué pasa si no justifico la subvención en plazo?
Si la subvención se paga previa justificación, te exigirán devolver el importe íntegro más los intereses de demora. Si te habían anticipado una parte, devuelves lo percibido con intereses y pierdes el derecho a cobrar el resto.

Fuentes oficiales

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