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Ayudas Claras
Subvenciones Sevilla Cultura
Cultura Sevilla Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de consumidores de Sevilla

Entre 5.000€ y 80.000€ por beneficiario para asociaciones de consumidores.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Diputación de Sevilla para actividades de asociaciones de consumidores y usuarios.
Para quién
Asociaciones, organizaciones, federaciones y confederaciones provinciales de personas consumidoras y usuarias.
Cuánto
  • Entre 5.000€ y 80.000€ por beneficiario
    ConceptoLímite del importe subvencionable
    Personal asesor presencial2.500,00€ brutos mensuales en jornada completa
    Ponencias o conferencias300€ brutos por ponente y día
    Si la jornada del personal asesor es parcial, el límite se reduce proporcionalmente.
Qué cubre
  • Salarios del personal técnico que atiende consultas presenciales en días fijos, en municipios sin oficina municipal de información al consumidor
  • Publicidad y difusión, edición e impresión de materiales y material fungible
  • Alquiler de espacios para actividades divulgativas y formativas, servicios profesionales externos y compra de software, licencias o suscripciones
Requisitos
  • Tu entidad es una asociación, organización, federación o confederación provincial de personas consumidoras y usuarias
  • Está legalmente constituida e inscrita en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios o en el registro andaluz equivalente
  • Tus estatutos recogen la defensa, información, educación, formación, asistencia y representación de las personas consumidoras
  • Tu entidad carece de ánimo de lucro
  • Tienes domicilio social o delegación permanente en la provincia de Sevilla
  • Estás al corriente del pago de reintegros de subvenciones con la Diputación de Sevilla
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutas las actuaciones entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de octubre de 2027
  • Justificas la subvención con memoria de actuación y memoria económica, como tarde el 31 de diciembre de 2027
  • Haces constar que la Diputación de Sevilla financia la actividad e incluyes su logotipo oficial cuando la actuación sea de 3.000 € o más
  • Comunicas al área gestora cualquier otra ayuda que recibas para la misma actividad en los diez días siguientes a su concesión
  • Comunicas por escrito cualquier cambio del proyecto en los diez días siguientes a que se produzca
  • Devuelves la subvención completa si cumples menos del 60 % del objeto para el que te la concedieron
Cuándo

El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 16 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas a una asociación de personas consumidoras y usuarias
  • Tu entidad está inscrita en un registro de asociaciones de consumidores
  • Tu asociación tiene domicilio social o delegación permanente en la provincia de Sevilla
  • Quieres organizar campañas informativas sobre derechos de consumo
  • Das asesoramiento personal a consumidores que quieren reclamar
  • Necesitas comprar software, licencias o suscripciones para tu asociación
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no está inscrita en el registro estatal ni en el andaluz de personas consumidoras
  • No tienes domicilio social ni delegación permanente en la provincia de Sevilla
  • Tus estatutos no recogen la defensa de las personas consumidoras
  • Tienes pendiente el reintegro de otra subvención de la Diputación de Sevilla

Cuánto puedes recibir

Recibes entre 5.000€ y 80.000€ por el proyecto que presentes. Si alcanzas la puntuación mínima y hay crédito suficiente, cobras la cantidad total que has solicitado; si el crédito no llega para todas las solicitudes, se te asignan 5.000€ y el resto se reparte en proporción a la puntuación de tu proyecto. La subvención se abona de forma anticipada al aprobarse la resolución de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad: certificado del registro de consumidores, estatutos y certificación bancaria

  2. Redacta un único proyecto que recoja todas las actuaciones por separado, con sus datos descriptivos y un presupuesto desglosado

  3. Cumplimenta el modelo de solicitud que acompaña a las bases y fírmalo electrónicamente como representante o apoderado de la entidad

  4. Presenta la solicitud en el registro electrónico dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

  5. Subsana en diez días los documentos que te requiera la Diputación si tu solicitud está incompleta

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud firmado electrónicamente (Anexo I)
  • Certificado del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios o del registro andaluz, con la identidad de los miembros de los órganos de gobierno y representación
  • Acreditación del apoderamiento, en su caso
  • Copia de los estatutos de la entidad
  • Certificación de la Secretaría de la entidad con el número total de personas asociadas a 31 de diciembre del año anterior y, en su caso, de la delegación permanente en la provincia de Sevilla
  • Certificación bancaria de la cuenta corriente a nombre de la entidad solicitante
  • Proyecto de actuaciones con cada actuación por separado y presupuesto desglosado, según el modelo anexo

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención junto con otras ayudas públicas?
Sí, es compatible con otras ayudas de administraciones o entidades públicas siempre que entre todas no superen el coste total de la actividad subvencionada. Si se supera, la Diputación minora la subvención o te reclama la diferencia.
¿Hay gastos que no me van a admitir?
Sí. No se admiten los servicios de catering y restauración ni los taxis o medios similares.
¿Qué pasa si no justifico toda la subvención?
Si cumples menos del 60 % del objeto, tienes que devolver la subvención completa. Si el cumplimiento es parcial pero claramente orientado al objeto, el reintegro es proporcional a la parte de actividad que no realizaste.
¿Cuánto tarda la Diputación en resolver?
Como máximo seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin que te notifiquen la resolución definitiva, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Tengo que aceptar la subvención de forma expresa?
Tienes diez días desde la notificación de la resolución definitiva para manifestar tu aceptación. Si en ese plazo no te opones, se entiende que la aceptas en todos sus términos.

Fuentes oficiales

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