Subvenciones a proyectos culturales en Cantabria 2026
Subvención por concurrencia para actividades y proyectos culturales en Cantabria
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Cantabria para realizar actividades y proyectos culturales.
- Para quién
- Creadores y comisarios artísticos, empresas que gestionan espacios culturales privados y entidades locales de Cantabria.
- Cuánto
-
- Hasta 30.000 € por solicitud según la modalidad, con un máximo del 90 % del presupuesto de la actividad
La subvención no supera el 90 % del presupuesto subvencionable de la actividad y se reparte en proporción a la puntuación obtenida.Modalidad Máximo por solicitud Creadores y comisarios 5.000 € Espacios culturales 10.000 € Entidades locales 30.000 €
- Hasta 30.000 € por solicitud según la modalidad, con un máximo del 90 % del presupuesto de la actividad
- Qué cubre
-
- Gastos propios de la actividad cultural realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Mantenimiento de los espacios culturales de Cantabria y las actividades que programan a lo largo del año
- Costes indirectos de la actividad, hasta el 20% del importe del proyecto
- Requisitos
-
- Si eres profesional o empresa, tienes tu domicilio fiscal en Cantabria y estás dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas del sector de la actividad
- La actividad cultural se desarrolla mayoritariamente en Cantabria
- Tu espacio cultural cumple los límites de aforo y la programación mínima exigida
Artes escénicas: aforo máximo de 150 espectadores y mínimo de 15 funciones al año. Proyección cinematográfica: aforo máximo de 350 espectadores y al menos 20 pases al año. Exposición de artes plásticas: al menos tres exposiciones al año y alta en el epígrafe 615, subepígrafe Galerías de arte. Si el espacio tiene varias salas se cuenta el aforo total.
- Tu espacio cultural dispone de todas las autorizaciones administrativas preceptivas para desarrollar su actividad
- Mantienes los requisitos hasta que justifiques la aplicación de los fondos recibidos
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Desarrolla la actividad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Presenta la cuenta justificativa de la actividad antes del 31 de enero de 2027
- Incluye el logotipo del Gobierno de Cantabria y la mención a la subvención en la difusión de la actividad
- Guarda facturas y comprobantes bancarios: no se admiten justificantes de pagos en metálico
- Si eres persona jurídica y recibiste al menos 100.000 euros en ayudas de Cantabria en 2025, publica las retribuciones de tus órganos de dirección en tu apartado de transparencia
- Devuelve los remanentes no aplicados y los intereses que correspondan
- Cuándo
-
- Abre: 26 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 13 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres creador o comisario artístico con domicilio fiscal en Cantabria
- Gestionas un espacio privado de artes escénicas o proyección cinematográfica
- Gestionas una galería de arte privada dedicada a exposiciones de artes plásticas
- Eres una entidad local de Cantabria que va a realizar actividades culturales
- Vas a desarrollar tu actividad cultural mayoritariamente en Cantabria durante 2026
- Eres profesional o empresa sin domicilio fiscal en Cantabria
- Tu actividad es deportiva, ocupacional o meramente lúdica y recreativa
- Tu actividad tiene carácter escolar o está dirigida a escolares
- Tu espacio escénico supera un aforo total de 150 espectadores
- Solo quieres financiar equipamiento o inversiones en infraestructuras
Cuánto puedes recibir
El máximo por solicitud es de 5.000 € para creadores y comisarios, 10.000 € para espacios culturales y 30.000 € para entidades locales, y la ayuda nunca supera el 90 % del presupuesto subvencionable de la actividad. Solo se conceden las solicitudes que alcanzan 45 puntos, y la cuantía es proporcional a la puntuación: el crédito de cada modalidad se divide entre la suma de puntos de sus proyectos para obtener el valor del punto. La cuantía tampoco puede superar la subvención que hayas pedido para tu proyecto. Puedes combinar esta ayuda con otras subvenciones siempre que la suma no supere el coste de la actividad subvencionada.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Prepara la memoria técnica y económica de tu actividad cultural, con un máximo de 20 folios
-
Rellena la solicitud en el modelo oficial del Anexo I, dirigida al consejero de Cultura, Turismo y Deporte
-
Presenta la solicitud en los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria
-
Tramítala por el registro electrónico del Gobierno de Cantabria si eres persona jurídica
-
Subsana en diez días hábiles si te requieren documentación que falte
-
Consulta la resolución en el tablón electrónico de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo I)
- Memoria técnica y económica de la actividad cultural, con un máximo de 20 folios
- Presupuesto detallado de gastos e ingresos de la actividad (Anexo II)
- Currículum de las personas responsables de la dirección, organización y ejecución de la actividad
- Escritura de constitución y estatutos sociales vigentes, si eres persona jurídica
- NIF de la persona jurídica
- Documentación acreditativa de la representación de quien firma la solicitud
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, si eres persona física
- Declaración responsable sobre otras subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma finalidad
- Declaración responsable de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y Cantabria, firmada por el interventor o el secretario-interventor, si eres entidad local