Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a comunidades de regantes afectadas por borrascas

Entre 359,71€ y 360,00€ por hectárea de regadío afectada, según la comarca

Lo que significa

Qué es
Subvención del Departamento de Agricultura de la Generalitat para reconstruir infraestructuras de riego dañadas por borrascas
Para quién
Comunidades de regantes afectadas por episodios climatológicos adversos
Cuánto
  • Importe por hectárea afectada según la comarca
    ComarcaImporte por hectárea afectada
    El Baix Ebre359,71 €/ha
    El Baix Empordà360,00 €/ha
    Si el crédito de la convocatoria no alcanza para atender todas las solicitudes, el importe se prorratea entre las comunidades beneficiarias.
Qué cubre
  • Reconstrucción y reparación de las redes de distribución de riego
  • Reconstrucción y reparación de las redes de drenaje del regadío
Requisitos
  • Eres una comunidad de regantes afectada por las borrascas Francis, Harry u Oriana
  • Tus infraestructuras hidráulicas de regadío sufrieron daños en la superficie afectada
  • Tienes autorización o concesión de agua inscrita en el registro administrativo correspondiente
  • Las obras de reconstrucción se realizaron antes de la publicación de esta convocatoria
  • Declaras si tienes un seguro de las instalaciones que cubra estos daños
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la ayuda al presentar la solicitud, con la memoria de actuación y la memoria económica
  • Presenta un certificado del destino de los fondos en los dos años siguientes al cobro
  • Facilita el acceso a tus instalaciones para las inspecciones sobre el terreno
  • Aporta la documentación que te requieran para comprobar los daños y las obras
  • Si renuncias a la ayuda, comunícalo al órgano competente y devuelve lo cobrado
Fechas estimadas
  • Abre: 21 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una comunidad de regantes con infraestructuras de riego dañadas
  • Las borrascas Francis, Harry u Oriana dañaron tu zona de regadío
  • Tus redes de distribución o de drenaje de riego necesitan reconstrucción
  • Tu comunidad pertenece a la comarca del Baix Ebre o del Baix Empordà
  • Ya has ejecutado las obras de reparación de los daños
  • Los daños de tu regadío no los causaron las borrascas Francis, Harry u Oriana
  • Tu comarca no figura en la tabla de módulos de la convocatoria
  • Las obras de reconstrucción todavía no están realizadas
  • Otras ayudas o indemnizaciones ya cubren todo el coste de la reparación
  • No puedes acreditar la autorización o la concesión de agua

Cuánto puedes recibir

Cobras un importe por cada hectárea afectada, según la comarca a la que pertenece tu comunidad de regantes: 359,71€ por hectárea en el Baix Ebre y 360,00€ por hectárea en el Baix Empordà. La ayuda nunca puede superar el coste de la reparación, ni sola ni sumada a otras ayudas, ingresos o indemnizaciones. Si el crédito disponible no alcanza para atender todas las solicitudes, el importe se prorratea entre las comunidades beneficiarias.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria descriptiva de los daños y la documentación de tu comunidad de regantes

  2. Rellena el modelo de solicitud que figura en la sede electrónica

  3. Preséntala por vía telemática en los 10 días hábiles siguientes a la publicación en el diario oficial

  4. Consulta la resolución en el tablero electrónico de la Generalitat, que sustituye la notificación individual

Documentación necesaria

  • Memoria descriptiva de los daños, con identificación de las infraestructuras y la superficie afectadas
  • Acreditación de la representación legal, salvo que estés inscrito en un registro público de representación
  • Copia de las escrituras o de los estatutos registrados de la entidad, o certificado de vigencia
  • Documento de inscripción en el registro administrativo con la autorización o concesión de agua, o certificado de vigencia de la concesión
  • Declaración responsable sobre si tienes seguro de las instalaciones y si has solicitado u obtenido indemnizaciones
  • Memoria explicativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos
  • Memoria económica con las unidades físicas del módulo, la cuantía calculada y otros ingresos o subvenciones

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar mi solicitud después de presentarla?
No. En esta subvención no se pueden reformular las solicitudes una vez presentadas.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
El órgano competente prorratea el importe global máximo entre las comunidades beneficiarias. La cuantía máxima de la convocatoria también puede ampliarse si hay crédito disponible.
¿Puedo pedirla si tengo un seguro o ya he cobrado una indemnización por los mismos daños?
Tienes que declarar si dispones de seguro de las instalaciones y si has solicitado u obtenido indemnizaciones. La ayuda, sola o sumada a otras, nunca puede superar el coste de la reparación.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
La resolución se dicta y se publica en el tablero electrónico de la Generalitat antes del 22 de diciembre de 2026. Esa publicación sustituye la notificación individual.
¿Qué puedo hacer si me la deniegan?
Puedes presentar un recurso de alzada ante el titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas