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Ayudas Claras
Subvenciones Cantabria Cultura
Cultura Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a empresas culturales rurales en Cantabria

Subvención para actividades culturales en municipios rurales de Cantabria

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de Cantabria para actividades culturales rurales.
Para quién
Profesionales autónomos y empresas del sector cultural, y las agrupaciones que formen entre ellos.
Cuánto
Entre 9.000€ y 10.000€, sin superar el 90% del coste del proyecto
Qué cubre
  • Alquiler de los locales o salas donde se desarrollan las actividades culturales

    Queda excluido en todo caso el alquiler de la sede social de la empresa beneficiaria.

  • Contratación de profesionales, de servicios técnicos y alquiler de los equipos necesarios
  • Difusión, desplazamientos, manutención y salarios del personal propio
    ConceptoLímite que fija la convocatoria
    Difusión: cartelería, materiales promocionales y anunciosHasta un máximo del 10% del total del presupuesto subvencionable
    Desplazamiento en vehículo propio0,26 € por kilómetro recorrido y por vehículo
    Manutención, dieta completaHasta un máximo de 45,00 €/día
    Manutención, media dietaHasta un máximo de 22,50 €/día
    Costes indirectosNo pueden superar el 5% del presupuesto subvencionable de la actividad
    Los salarios y las cotizaciones del personal de la empresa se admiten por la parte de jornada dedicada directamente a organizar, dirigir o ejecutar las actividades.
Requisitos
  • Eres empresario individual o una sociedad mercantil o civil privada
  • Tienes tu domicilio fiscal en Cantabria
  • Estás de alta, al presentar la solicitud, en un epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas de la industria cultural
  • Desarrollas las actividades culturales programadas en el medio rural de Cantabria
    MunicipioCondición
    Población inferior a 30.000 habitantesDensidad inferior a 100 habitantes por km2
    Población inferior a 10.000 habitantesCuenta en todo caso, con independencia de su densidad poblacional
    Se tienen en cuenta los últimos datos de cada municipio publicados por el Instituto Nacional de Estadística.
  • Tu proyecto tiene un presupuesto subvencionable mínimo de 10.000,00 € y contribuye de forma relevante al ecosistema cultural del territorio
  • Presentas una única solicitud, con un solo proyecto de actividades culturales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades culturales entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027
  • Presenta la cuenta justificativa, con memoria técnica y memoria económica, hasta el 31 de diciembre de 2027
  • Indica en la difusión de las actividades que el proyecto está subvencionado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria, con fondos aportados por el Ministerio de Cultura
  • Mantén los requisitos de beneficiario hasta la completa justificación de la subvención
  • Ejecuta tú la actividad: solo puedes subcontratarla hasta el noventa por ciento de su importe
  • Detalla los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
Fechas estimadas
  • Abre: 24 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres empresario individual o sociedad mercantil o civil del sector cultural
  • Tienes tu domicilio fiscal en Cantabria
  • Estás de alta en un epígrafe cultural del Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Organizas actividades culturales en municipios rurales de Cantabria
  • Tu proyecto tiene un presupuesto subvencionable de al menos 10.000€
  • Eres una asociación, fundación u otra entidad sin ánimo de lucro
  • Eres una administración pública o una entidad del sector público
  • Eres un sindicato o una organización empresarial
  • Eres un colegio profesional
  • Tu domicilio fiscal está fuera de Cantabria
  • Tu proyecto tiene un presupuesto subvencionable inferior a 10.000€

Cuánto puedes recibir

Si te la conceden, recibes entre 9.000€ y 10.000€, sin que la ayuda supere el 90% del coste del proyecto ni la cantidad que hayas solicitado. Tu proyecto debe tener un presupuesto subvencionable mínimo de 10.000€, y se concede a los solicitantes con mayor puntuación hasta agotar el crédito presupuestario. El importe se abona íntegro y de forma anticipada, sin necesidad de presentar garantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que estás de alta en un epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas de la industria cultural

  2. Prepara el proyecto de actividades culturales con su presupuesto de gastos subvencionables

  3. Rellena el modelo de solicitud del Anexo I y fírmalo tú o quien te represente

  4. Presenta la solicitud en los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria

  5. Si eres sociedad mercantil, civil o agrupación, preséntala por medios electrónicos en el registro electrónico del Gobierno de Cantabria

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I, firmada por la persona interesada o por quien la represente
  • Certificado acreditativo del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en un epígrafe de la industria cultural
  • Proyecto de actividades culturales con el presupuesto de gastos subvencionables
  • Acuerdo de la agrupación con los compromisos de ejecución técnicos, artísticos y económicos de cada integrante, si solicitas en agrupación

Preguntas frecuentes

¿Qué municipios cuentan como medio rural?
Los de población inferior a 30.000 habitantes con densidad inferior a 100 habitantes por km2 y, en todo caso, los de menos de 10.000 habitantes. Se comprueba con los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística.
¿Puedo cobrar además otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí, es compatible con otras subvenciones públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que la suma no supere el coste de la actividad. Es incompatible con otras subvenciones gestionadas por la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico para el mismo proyecto, y las ayudas percibidas en los tres últimos ejercicios fiscales no pueden superar los 300.000 euros.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
Te requerirán para que subsanes la falta en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles; si no lo haces, se te tendrá por desistido. No hay subsanación si no cumples los requisitos de beneficiario o el proyecto no encaja con el objeto de la subvención.
¿Puedo encargar la actividad a terceros?
Puedes subcontratar hasta el noventa por ciento del importe de la actividad subvencionada. No se pueden subcontratar actividades que, aumentando el coste, no aporten valor añadido.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
El plazo máximo para resolver es de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes; si pasa sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud. Las notificaciones se publican en el tablón electrónico de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria.

Fuentes oficiales

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