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Ayudas Claras
Subvenciones Huesca Educación
Educación Huesca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a las asociaciones de madres y padres de Barbastro

Hasta 1.200€ por beneficiario para proyectos de las asociaciones de padres

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Barbastro para los proyectos que organizan las asociaciones de madres y padres
Para quién
Asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros educativos públicos y concertados de Barbastro
Cuánto
Hasta 1.200€ por beneficiario, con un máximo del 80% de la actividad subvencionable
Qué cubre
  • Gastos de las actividades de participación, asociación y formación del proyecto
  • Material no inventariable necesario para realizar esas actividades
  • El IVA, solo si lo soporta de verdad vuestra asociación y no lo puede recuperar
Requisitos
  • Vuestra asociación de madres y padres está legalmente constituida y tiene sede en Barbastro
  • Estáis inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Vuestro ámbito de actuación son los centros escolares de Barbastro y su término municipal
  • El proyecto se ejecuta entre el 1 de noviembre de 2025 y la fecha en que presentas la solicitud
  • Las actividades se realizan en el término municipal de Barbastro
  • El proyecto tiene un interés educativo y participativo claro
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades del proyecto y acredítalas ante el ayuntamiento
  • Presenta la justificación de los gastos junto con la propia solicitud
  • Justifica el 100% de las actividades subvencionadas, aunque solo se financie hasta el 80%
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra subvención o ingreso que financie la misma actividad
  • Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Intervención municipal
  • Aporta la documentación adicional y las aclaraciones que el ayuntamiento te pida
Cuándo

El plazo es de quince días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 15 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una asociación de madres y padres de alumnos de Barbastro
  • Vuestra asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Habéis organizado actividades para la comunidad educativa desde noviembre de 2025
  • Queréis financiar actividades de convivencia, inclusión o conciliación en el centro
  • Necesitáis comprar material no inventariable para esas actividades
  • Vuestra asociación no tiene sede en la ciudad de Barbastro
  • Tenéis un convenio con el ayuntamiento que os da una subvención nominativa directa
  • No justificasteis una subvención municipal del ejercicio anterior concedida para el mismo destino y finalidad
  • Las actividades se realizan fuera del término municipal de Barbastro
  • El proyecto no tiene un interés educativo y participativo claro

Cuánto puedes recibir

Cada beneficiario puede obtener del ayuntamiento una financiación máxima de 1.200€. Solo se financia hasta el 80% de la actividad subvencionable, y la cuantía que te corresponde es proporcional al orden de puntuación que obtenga tu proyecto en la valoración, teniendo en cuenta el coste de las actividades, el déficit que declaras y las ayudas que recibas de otras entidades públicas. Las subvenciones se conceden por orden decreciente de puntuación hasta agotar el crédito disponible.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria del proyecto con las actividades previstas, los objetivos y los indicadores de cumplimiento

  2. Elabora la memoria económica con los gastos e ingresos de la actividad

  3. Reúne las facturas y los justificantes de los pagos ya realizados

  4. Descarga los modelos normalizados del trámite de subvenciones en la sede electrónica del ayuntamiento

  5. Presenta la solicitud y la justificación de forma telemática en el registro electrónico municipal, firmadas digitalmente por el representante legal

  6. Si te requieren subsanar defectos, corrígelos en el plazo máximo e improrrogable de 10 días

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo S1), firmada digitalmente por el representante legal de la asociación
  • Memoria explicativa del proyecto, con la memoria económica de la actividad (Anexo S2)
  • Ficha de terceros validada por la entidad bancaria
  • Escrito de justificación de la subvención (Anexo J1)
  • Memoria de la actuación justificativa, con las actividades realizadas y los resultados obtenidos (Anexo J2)
  • Memoria económica de justificación, con la relación de gastos e ingresos (Anexo J3)
  • Facturas y justificantes de los pagos efectuados
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario
  • Certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, si no autorizas al ayuntamiento a consultar esos datos

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya tengo otra ayuda para el mismo proyecto?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, públicos o privados, siempre que entre todos no se supere el coste de la actividad y que la suma de ayudas públicas no pase del 80% de ese coste. Debes comunicarlo en la solicitud y en la documentación justificativa.
¿Qué gastos no se pueden incluir en el proyecto?
Quedan fuera las nóminas del personal de la estructura estable de la asociación, la compra de locales o edificios, los gastos suntuarios, la hostelería, la restauración, el alojamiento y los gastos protocolarios, el material inventariable y los gastos que ya financie otra línea de subvenciones del ayuntamiento.
¿Cuándo tengo que justificar la subvención?
La justificación se presenta junto con la solicitud: el plazo es el mismo para las dos. Todos los justificantes deben corresponder al periodo de ejecución que fija la convocatoria.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El ayuntamiento te requerirá por escrito para que subsanes los defectos en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se dicta resolución declarando el desistimiento de la solicitud.
¿Tengo que aceptar la subvención de forma expresa?
No. Si pasan 10 días desde la notificación de la concesión sin que manifiestes lo contrario, se entiende que la aceptas en todos sus términos, sin perjuicio de los recursos que puedas interponer.

Fuentes oficiales

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