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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Agricultura
Agricultura Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a ganaderos por sacrificio obligatorio de animales

Indemnización para ganaderos canarios por el sacrificio obligatorio de animales

Lo que significa

Qué es
Subvención de concesión directa de la Consejería de Agricultura y Ganadería de Canarias por el sacrificio obligatorio de animales.
Para quién
Ganaderos de Canarias, tanto personas físicas como pequeñas empresas del sector.
Cuánto
  • Indemnización por animal según el baremo oficial; esta tabla es el complemento por raza autóctona canaria
    Especie y razaEdadComplemento por animal (en euros)
    Bovina de raza Canaria y PalmeraIgual o inferior a un mes235,20
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 1 mes y hasta 3 meses336,00
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 3 meses y hasta 9 meses350,36
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 9 meses y hasta 18 meses420,00
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 18 meses y hasta 24 meses518,00
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 24 meses y hasta 48 meses602,00
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 48 meses y hasta 84 meses560,00
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 84 meses y hasta 120 meses420,00
    Bovina de raza Canaria y PalmeraMás de 120 meses321,54
    Caprina de raza Majorera, Palmera y TinerfeñaRecría de más de 3 meses y hasta 12 meses42,02
    Caprina de raza Majorera, Palmera y TinerfeñaMás de 12 meses y menos de 60 meses45,05
    Caprina de raza Majorera, Palmera y TinerfeñaMás de 60 meses30,05
    Ovina de raza Palmera, Canaria y Canaria de PeloRecría de más de 3 meses y hasta 12 meses42,02
    Ovina de raza Palmera, Canaria y Canaria de PeloMás de 12 meses y menos de 60 meses45,05
    Ovina de raza Palmera, Canaria y Canaria de PeloMás de 60 meses30,05
    Esta tabla es el baremo de la indemnización complementaria por el sacrificio de animales de razas autóctonas canarias. Para el resto de especies y enfermedades se aplican los baremos oficiales aprobados por la autoridad competente: consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • El sacrificio obligatorio de los animales de tu explotación
  • La destrucción de los medios de producción que se consideren contaminados
  • Una indemnización complementaria si los animales son de razas autóctonas canarias
Requisitos
  • Eres propietario de los animales sacrificados
  • Tienes los animales inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias
  • Cumples la normativa en vigor sobre sanidad animal, identificación, registro y bienestar animal
  • El sacrificio se ha producido al aplicar un programa sanitario de vigilancia, control o erradicación de enfermedades, una campaña de saneamiento ganadero o por tuberculosis caprina
  • Estás dado de alta de terceros en el sistema económico y financiero de Canarias
  • Presentas la solicitud en el periodo de selección en que se produjo el sacrificio o en el inmediato siguiente
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Coloca en tu explotación el cartel con el modelo normalizado que aprueba la convocatoria
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: sin eso no se puede pagar la ayuda
  • Si recibes otras ayudas por el mismo sacrificio, la suma de todas no puede superar el 100% del baremo aplicable
  • Devuelve las cantidades percibidas, con el interés de demora, si incumples las condiciones de la ayuda
  • Comunica por escrito al órgano instructor, en 10 días hábiles desde que tengas la documentación que lo acredite, las causas que te eximen de devolver la ayuda
Cuándo
  • Abre: 1 de enero de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de octubre de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de animales que has tenido que sacrificar de forma obligatoria
  • El sacrificio viene de un programa sanitario de control o erradicación de enfermedades
  • Has sacrificado animales dentro de una campaña de saneamiento ganadero
  • Tus animales están inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias
  • Te han destruido medios de producción por considerarse contaminados
  • Los animales sacrificados son de una raza autóctona canaria
  • No eres el propietario de los animales sacrificados
  • Tus animales no están inscritos en el registro ganadero de Canarias
  • El sacrificio no deriva de una obligación sanitaria
  • No cumples la normativa de sanidad, identificación, registro y bienestar animal
  • Presentas la solicitud fuera de los periodos de selección fijados para 2027

Cuánto puedes recibir

Cobras una indemnización por cada animal sacrificado, calculada con los baremos oficiales aprobados para cada especie y enfermedad. Si los animales son de razas autóctonas canarias, recibes además una indemnización complementaria según el baremo por especie, raza y edad que publica la convocatoria. El pago se hace efectivo en un periodo no superior a 15 días desde la resolución de concesión, y nunca más tarde de 90 días desde que presentaste la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los justificantes del sacrificio de los animales conforme a la normativa vigente

  2. Pide al veterinario oficial el certificado del sacrificio si el animal se sacrificó en la explotación

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud (Anexo I) con la especie, identificación, lugar y fecha de sacrificio de cada animal

  4. Presenta la solicitud en forma electrónica, en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, dentro del periodo de selección que te corresponda

  5. Coloca en la explotación el cartel normalizado (Anexo II) una vez te concedan la ayuda

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
  • Documento que acredite la representación, si actúas mediante representante
  • Justificantes del sacrificio de los animales conforme a la normativa vigente
  • Certificado emitido por personal de veterinaria oficial del sacrificio realizado en la explotación y, en su caso, de la destrucción de los medios de producción contaminados
  • Declaración responsable de alta de terceros en el sistema económico y financiero de Canarias
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal y la canaria, si no autorizas su consulta

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
Hay cinco periodos de selección: del 1 de enero al 28 de febrero de 2027, del 1 de marzo al 30 de abril, del 1 de mayo al 30 de junio, del 1 de julio al 31 de agosto y del 1 de septiembre al 31 de octubre. Debes presentarla en el periodo en que se produjo el sacrificio o en el inmediato siguiente.
¿Y si el animal se sacrificó fuera de esos periodos?
Entonces presentas la solicitud durante el primer periodo de selección del año inmediatamente siguiente a aquel en que se produjo el sacrificio.
¿Qué pasa si el crédito del periodo no llega para todas las solicitudes?
Se prorratea entre todos los peticionarios el importe asignado a ese periodo de selección.
¿Cuánto tarda la administración en resolver?
El plazo máximo de resolución es de tres meses desde que presentas la solicitud en el registro del órgano que la tramita. Si no hay resolución expresa en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada.
¿Puede quedarse sin efecto esta convocatoria?
Sí. Queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente durante el ejercicio 2027 y a que se aprueben los programas anuales y plurianuales de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y zoonosis para 2027.

Fuentes oficiales

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