Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones León Cultura
Cultura León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda a salas de cine de municipios rurales de León

Hasta el 80% de los gastos de funcionamiento, con un máximo de 5.000€ por beneficiario

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Leonés de Cultura para los gastos de funcionamiento de salas de cine
Para quién
Ayuntamientos, empresas y personas titulares de salas de cine en municipios leoneses de menos de 20.000 habitantes
Cuánto
Hasta el 80% del gasto subvencionable, con un límite máximo de 5.000€ por beneficiario
Qué cubre
  • Luz, calefacción y climatización, agua y limpieza de la sala
  • Derechos de proyección y exhibición pública de obras audiovisuales
  • Personal del funcionamiento ordinario, mantenimiento, seguros, licencias, revisiones técnicas y publicidad de la programación
Requisitos
  • Eres titular de la explotación de una sala de cine abierta al público, aunque el local no sea tuyo
  • La sala está en un municipio de la provincia de León con menos de 20.000 habitantes
  • Tienes programación cinematográfica estable: al menos dos proyecciones mensuales (24 anuales)
  • Estás al corriente de tus pagos con la Diputación de León y sus entes dependientes
  • Estás al día con Hacienda y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad entre el 1 de noviembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026
  • Justifica los gastos y pide el abono hasta el 15 de diciembre de 2026
  • Coloca el acuerdo de concesión en la sala y cita la colaboración de la Diputación de León en tu publicidad
  • Proyecta el tráiler documental del Instituto Leonés de Cultura antes de cada sesión
  • Aporta una fotografía nítida donde se vea la colaboración en los carteles o la publicidad
  • Paga los gastos facturados pendientes en el mes siguiente al ingreso de la subvención
Fechas estimadas
  • Abre: 17 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una sala de cine abierta al público en la provincia de León
  • Tu sala está en un municipio de menos de 20.000 habitantes
  • Eres un ayuntamiento leonés titular de una sala de cine
  • Mantienes una programación estable de al menos dos proyecciones al mes
  • Quieres cubrir la luz, la limpieza o los derechos de proyección de la sala
  • Tu sala está en un municipio de 20.000 habitantes o más
  • Tu sala está fuera de la provincia de León
  • Tu programación no llega a dos proyecciones mensuales
  • Solo quieres financiar obras de mejora o equipamiento permanente
  • Tienes deudas en periodo ejecutivo con la Diputación de León

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 80% del gasto subvencionable, con un límite máximo de 5.000€ por beneficiario. La cantidad concreta sale de repartir el crédito disponible entre los puntos que obtienen todas las solicitudes, así que depende de tu puntuación y de la del resto. Para cobrarla tienes que justificar la totalidad del presupuesto que presentes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la acreditación de la titularidad de la sala, la memoria de actividades y el presupuesto desglosado

  2. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Instituto Leonés de Cultura dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  3. Si no estás obligado a relacionarte electrónicamente, entrega la solicitud en el registro del Instituto Leonés de Cultura, en León

  4. Espera la notificación electrónica con el acuerdo de concesión

  5. Presenta la solicitud de abono y la memoria económica de los gastos hasta el 15 de diciembre de 2026

Documentación necesaria

  • Certificación del fedatario público sobre la titularidad de la explotación de la sala (Anexo I, solo entidades locales)
  • Acreditación de la titularidad de la explotación de la sala (particulares)
  • DNI o NIF (solo particulares)
  • Memoria firmada con las actividades del periodo subvencionable y los datos para valorar los criterios
  • Presupuesto desglosado y estimativo de los gastos e ingresos de la actividad
  • Solicitud de abono (Anexo II)
  • Memoria económica de la cuenta justificativa (Anexo III para ayuntamientos, Anexo III bis para particulares)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra subvención para la sala?
Sí, pero tienes que declarar en el presupuesto las ayudas solicitadas o recibidas de otras administraciones o entidades, y comunicar después cualquier otra que obtengas. La suma de ayudas no puede superar el coste de la actividad.
¿Qué pasa si no presento la justificación en plazo?
Pierdes el derecho a cobrar el 5% de la cuantía concedida. Si tampoco la presentas en el plazo del requerimiento posterior, pierdes el derecho a cobrar la subvención completa.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
No son subvencionables las inversiones, las obras de mejora, la adquisición de equipamiento permanente ni los gastos financieros.
¿Puedo rechazar la subvención si me la conceden?
Sí. Se entiende aceptada salvo que presentes una renuncia expresa por escrito a través de la sede electrónica en los 7 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la resolución?
Puedes presentar un recurso ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas