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Ayudas Claras
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Subvenciones a asociaciones de Cuevas del Becerro 2026

Hasta 2.000€ por entidad para proyectos de asociaciones sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cuevas del Becerro para proyectos de interés público o social.
Para quién
Asociaciones, clubes deportivos y otras entidades privadas sin ánimo de lucro vinculadas al municipio de Cuevas del Becerro.
Cuánto
  • Hasta 2.000€ por entidad, calculados en dos tramos
    ComponenteCuantía
    Tramo ordinario70% del coste subvencionable aceptado, con un máximo de 1.400€
    Tramo adicional40€ por cada punto obtenido en el apartado D del baremo, con un máximo de 600€
    Límite por entidad2.000€
    Se concede la menor de estas cantidades: la suma de los dos tramos, el importe solicitado, el coste subvencionable no cubierto por otros ingresos y 2.000€.
Qué cubre
  • Gastos directos de las actividades del proyecto

    Personal contratado específicamente para el proyecto y sus cotizaciones sociales, en la parte imputable al mismo; servicios profesionales y asistencias técnicas; material fungible, materiales didácticos y suministros; diseño, edición, impresión, publicidad y difusión; alquiler de bienes muebles, instalaciones y medios técnicos o audiovisuales; transporte colectivo de participantes; honorarios de ponentes, monitores, árbitros y personal técnico; seguros, licencias o autorizaciones imprescindibles; tributos abonados que no sean recuperables.

  • Compra de equipamiento y bienes inventariables necesarios para las actividades
Requisitos
  • Tu entidad es una asociación, club deportivo u otra entidad privada sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Está constituida e inscrita en el registro público que corresponda desde al menos seis meses antes de la convocatoria
  • Tiene domicilio social o fiscal en Cuevas del Becerro y desarrolla actividades de manera efectiva en el municipio
  • El proyecto se dirige principalmente a personas residentes en el municipio o produce un beneficio directo y acreditable para él
  • No tienes subvenciones municipales pendientes de justificar cuyo plazo haya vencido
  • Tu proyecto obtiene al menos 20 de los 60 puntos del baremo de valoración
    CriterioPuntos máximos
    Alcance e interés social20
    Contribución a los fines de la convocatoria20
    Originalidad, innovación y valor añadido15
    Implantación social (personas asociadas)5
    La puntuación máxima es de 60 puntos y hacen falta 20 como mínimo para resultar beneficiaria.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta y justifica el proyecto en los términos aprobados
  • Presenta la cuenta justificativa en los tres meses siguientes a la finalización del proyecto y, como tope, el 31 de marzo de 2027
  • Comunica la fecha, la hora y el lugar de las actividades públicas con 15 días naturales de antelación
  • Incorpora de forma visible el escudo municipal y la leyenda «Actividad financiada por el Ayuntamiento de Cuevas del Becerro» en carteles, publicaciones y redes sociales
  • Conserva la documentación durante al menos cuatro años y lleva registros contables de los gastos e ingresos del proyecto
  • Mantén los bienes inventariables destinados al fin subvencionado durante un mínimo de tres años
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad tiene domicilio social o fiscal en Cuevas del Becerro
  • Eres una asociación, club deportivo o entidad privada sin ánimo de lucro
  • Tu entidad está inscrita en un registro público desde hace al menos seis meses
  • Tu proyecto se dirige a personas residentes en Cuevas del Becerro
  • Necesitas financiar equipamiento para desarrollar vuestras actividades
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • El fin principal de la actividad es obtener un beneficio económico
  • Tienes subvenciones municipales pendientes de justificar con el plazo vencido
  • Debes devolver una subvención por una resolución de reintegro
  • Quieres financiar la compra, construcción o alquiler de un local
  • Tu proyecto duplica injustificadamente servicios municipales

Cuánto puedes recibir

Como máximo cobras 2.000€ por entidad. La cuantía se calcula sumando un tramo ordinario del 70% del coste subvencionable aceptado, con un máximo de 1.400€, y un tramo adicional de 40€ por cada punto que obtengas en el apartado D del baremo, con un máximo de 600€. De ahí se te concede la menor de estas cantidades: la suma de los dos tramos, el importe que solicitaste, el coste no cubierto por otros ingresos y 2.000€. El pago se realiza por anticipado, mediante transferencia a una cuenta de la entidad, una vez publicada la resolución definitiva.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y que el proyecto encaja en los ámbitos subvencionables

  2. Prepara la memoria técnica, el presupuesto y las declaraciones responsables del Anexo I

  3. Reúne el certificado de representación, el NIF y los estatutos, la inscripción registral y el certificado del número de personas asociadas

  4. Presenta la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica municipal dentro de los diez días hábiles

  5. Si la solicitud está incompleta y te lo requieren, subsánala en diez días hábiles

  6. Si el importe propuesto es menor que el solicitado, acepta la propuesta o reformula el proyecto con el Anexo III

Documentación necesaria

  • Solicitud con memoria técnica, presupuesto y declaraciones responsables (Anexo I)
  • Certificado de representación o documento equivalente válido (Anexo II)
  • NIF de la entidad y estatutos vigentes, salvo que ya obren vigentes en poder del Ayuntamiento
  • Documento que acredite la inscripción registral y la antigüedad, cuando no pueda verificarse de oficio
  • Certificado del número de personas asociadas, sin relación nominativa
  • Documentos o enlaces que acrediten los extremos sometidos a valoración

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si el proyecto ya recibe otras ayudas o ingresos?
Sí. Es compatible con otras ayudas, ingresos, cuotas de participación, patrocinios o recursos destinados al mismo proyecto, siempre que la suma no supere su coste. Tienes que declarar y actualizar todas las fuentes hasta la justificación.
¿Qué puedo hacer si me conceden menos de lo que pedí?
Puedes reformular el proyecto con el Anexo III, respetando el objeto, la finalidad, la puntuación y las condiciones esenciales. También puedes mantener el proyecto original y asumir la diferencia con fondos propios u otros ingresos compatibles.
¿Puedo encargar las actividades a otra empresa?
Puedes subcontratar hasta el 50% del coste subvencionable cuando resulte necesario. Un porcentaje superior requiere autorización previa y motivada, igual que subcontratar con personas o entidades vinculadas.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y publicar es de 45 días hábiles desde el día siguiente a la finalización del plazo de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué ocurre si no presento la justificación a tiempo?
El Ayuntamiento te requerirá que la aportes en un plazo improrrogable de quince días. Si el proyecto no se ejecuta o no se justifica, procede devolver la subvención, total o parcialmente, con intereses de demora.

Fuentes oficiales

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