Subvención a asociaciones por su programación artística
El 40% del gasto de tu programación artística, hasta 40.000€
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia no competitiva de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural para la programación artística estable.
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro de cultura popular y tradicional, con domicilio en Cataluña, que gestionan equipamientos.
- Cuánto
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- El 40% de los gastos subvencionables, con un mínimo de 2.400€ y un máximo de 40.000€
El importe mínimo es de 2.400€ y el máximo de 40.000€, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.Situación Porcentaje del gasto subvencionable General 40% Eres la única entidad sin ánimo de lucro con programación estable en el municipio 45% Gestionas un equipamiento con aforo igual o inferior a 150 espectadores 45% Programas en un municipio de menos de 5.000 habitantes 45% Espectáculos de danza o de raíz tradicional catalana y aranesa 50%
- El 40% de los gastos subvencionables, con un mínimo de 2.400€ y un máximo de 40.000€
- Qué cubre
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- Los cachés que pagas por cada actividad artística, con un máximo de 5.000€ por caché y el IVA incluido
- Los cachés que te facturan los miembros de tu órgano de gobierno, si se relacionan con el objeto de la subvención
- Requisitos
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- Tu entidad es privada, sin ánimo de lucro y tiene su domicilio social en Cataluña
- Tu entidad gestiona el equipamiento y contrata toda la programación anual que se exhibe
- La programación incluye un mínimo de ocho actividades artísticas diferentes
- Al menos dos actividades escénicas pertenecen a dos disciplinas distintas entre danza, circo, teatro y música
- Todas las actividades son de pago y se exhiben en el equipamiento que gestionas
- Difundes las actividades en catalán o en aranés
- Obligaciones
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- Presenta la cuenta justificativa de la subvención, sin aportar los justificantes de gasto
- Tramita la justificación por vía electrónica, con firma electrónica
- Mantén el pago de cachés y el cobro de entrada en las actividades programadas
- Cuándo
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- Abre: 21 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 4 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad es privada, sin ánimo de lucro y de la cultura popular y tradicional
- Gestionas el equipamiento cultural donde se exhibe la programación
- Programaste al menos ocho actividades artísticas diferentes
- Contratas teatro, música, danza o circo pagando cachés
- Cobras entrada en todas las actividades que programas
- Hiciste la programación entre octubre de 2025 y septiembre de 2026
- Eres un ente local, otra administración o un ente dependiente
- Eres una federación o confederación de entidades
- Eres una cooperativa con ánimo de lucro
- Tu entidad tiene participación orgánica mayoritaria del sector público
- El gasto subvencionable de tu programación es inferior a 6.000€
- Pides una subvención inferior a 2.400€
Cuánto puedes recibir
Cobras el 40% de los gastos subvencionables de tu programación, con un mínimo de 2.400€ y un máximo de 40.000€. El porcentaje sube al 45% si eres la única entidad sin ánimo de lucro con programación estable del municipio, si el equipamiento tiene un aforo igual o inferior a 150 espectadores o si programas en un municipio de menos de 5.000 habitantes; y llega al 50% en los espectáculos de danza o de raíz tradicional catalana y aranesa. El 100% del pago se tramita una vez notificado el acuerdo de concesión, sin que se te exija garantía.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu programación reúne las ocho actividades artísticas y las disciplinas exigidas
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Rellena la declaración responsable en el modelo normalizado de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural
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Prepara la memoria justificativa con la programación, las disciplinas, los espectáculos, las fechas, el precio de la entrada y el caché pagado
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Consigue uno de los sistemas de identificación y firma electrónica admitidos
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Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede de trámites de la Generalitat de Catalunya entre el 21 de octubre y el 4 de noviembre de 2026, ese último día hasta las 14:00 horas
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Espera la notificación individual del acuerdo de concesión o denegación
Documentación necesaria
- Declaración responsable en el modelo normalizado de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural
- Memoria justificativa en el modelo normalizado, con la tipología de entidad, la programación, las disciplinas artísticas contratadas, el número de espectáculos, las fechas, el precio de la entrada y el caché efectivamente pagado