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Ayudas Claras
Subvenciones Tarragona Educación
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Subvención extraescolares para niños con NESE en Mont-roig

Hasta 3.000€ por solicitante para extraescolares de niños con NESE, curso 2026-2027

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia del Ayuntamiento de Mont-roig del Camp para las actividades extraescolares de niños con necesidades educativas
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio y empresas que prestan servicios dentro de los centros educativos
Cuánto
  • Hasta 3.000€ por solicitante, según cuántos niños con necesidades de apoyo participan y en cuántas actividades
    Niños con necesidades de apoyo y actividadesImporte
    1 niño en una actividad1.900€
    2 niños en una misma actividad2.200€
    2 niños en dos actividades diferentes2.600€
    Más de dos niños en una misma actividad3.000€
    Más de dos niños en varias actividades3.000€
    La dotación se reparte a partes equitativas entre las entidades que participan y cada solicitante puede recibir como máximo 3.000€.
Qué cubre
  • Las actividades extraescolares en las que participan niños con necesidades específicas de apoyo educativo o discapacidad
  • El sobrecoste de reforzar el número de profesionales en la actividad
Requisitos
  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro del municipio, o una empresa que presta de forma directa servicios de extraescolares dentro de los centros educativos
  • Atiendes a menores con necesidades educativas especiales
  • Acreditas que los niños participantes superan el 33% de discapacidad o tienen un grado de dependencia de nivel 1 o superior
  • Si recibes otra subvención por el mismo concepto, la suma de las dos no supera el 100% del coste total de la actividad
  • No has sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias
  • Estás al corriente de la justificación de subvenciones anteriores concedidas por el ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina íntegramente el importe recibido a las actuaciones subvencionadas
  • Cobra a la familia de un niño con necesidades de apoyo lo mismo que a cualquier otra familia
  • Asume parte del sobrecoste de la actividad para integrar a todos los niños
  • Informa a todas las familias de que existe esta subvención y del dinero que recibes del ayuntamiento
  • Presenta la justificación del 15 de junio al 15 de julio de 2027 con los pagos, recibos y nóminas
  • Sométete a las comprobaciones y controles de los órganos municipales y aporta la información que te pidan
Cuándo

El plazo es de diez días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 13 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro del municipio
  • Eres una empresa que ofrece servicios dentro de los centros educativos del municipio
  • Organizas actividades extraescolares en el curso 2026-2027
  • En tus actividades participan niños con necesidades específicas de apoyo educativo o discapacidad
  • Necesitas aumentar la ratio de profesionales por niño en la actividad
  • Ofreces servicios de velador en los comedores escolares
  • No puedes demostrar que los niños participantes superan el 33% de discapacidad
  • Tampoco puedes acreditar un grado de dependencia de nivel 1 o superior
  • No tienes el informe del EAP que justifique el refuerzo de profesionales
  • No estás al corriente de la justificación de subvenciones anteriores del ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Cobras como máximo 3.000€. La cantidad depende de cuántos niños con necesidades específicas de apoyo educativo o discapacidad incluyes y en cuántas actividades: 1.900€ por un niño en una actividad, 2.200€ por dos niños en la misma actividad, 2.600€ por dos niños en actividades diferentes y 3.000€ a partir de más de dos niños. La dotación se reparte a partes equitativas entre las entidades que participan. Puedes solicitar un anticipo del 50% del importe concedido, que se hace efectivo con la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la relación de actividades extraescolares que organizas, su coste y el número de niños con necesidades de apoyo inscritos en cada una

  2. Consigue el informe de los técnicos del EAP del centro educativo y de la escuela que acredite que el niño necesita un profesional de refuerzo

  3. Rellena el formulario electrónico normalizado y fírmalo con el certificado digital del representante legal de la entidad

  4. Preséntalo en la sede electrónica del ayuntamiento dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia

  5. Si te interesa, pide el anticipo del 50% del importe concedido

  6. Presenta la justificación del 15 de junio al 15 de julio de 2027 a través del trámite de la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Relación de las actividades extraescolares que organizas en las que participan niños con necesidades específicas de apoyo educativo o discapacidad
  • Coste de esa actividad para cualquier niño
  • Número de niños con necesidades específicas de apoyo educativo o discapacidad inscritos por actividad
  • Justificación de la necesidad de aumentar la ratio de niños por profesional en la actividad
  • Documentación que acredite estar constituido como entidad o asociación sin ánimo de lucro
  • Hoja de inscripción del menor en la actividad, con las horas semanales que asistirá y su coste
  • Grado de discapacidad del niño
  • Nivel y grado de dependencia del niño, si lo tiene
  • Información de la necesidad específica de apoyo educativo o la discapacidad que tiene el niño
  • Informe del EAP y de la escuela que acredite que el niño necesita un velador o un profesional más en la actividad
  • Declaraciones y compromisos que se dejan constancia en la propia solicitud

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya recibo otra subvención para lo mismo?
Sí, pero la suma de las dos no puede superar el 100% del coste total de la actividad.
¿Puedo cobrar una parte antes de justificar el gasto?
Sí. Puedes solicitar un anticipo del 50% del importe concedido, que se hace efectivo con la concesión de la subvención.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde la fecha límite de presentación de solicitudes. Si no hay resolución en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada.
¿Entra el servicio de velador en los comedores escolares?
No. Esos servicios quedan excluidos de la subvención porque asumir su coste corresponde a otra administración.
¿Dónde se publica la concesión?
La notificación se hace en el tablón de anuncios municipal y se puede consultar en la página del ayuntamiento; la publicación en el boletín oficial de la provincia sustituye a la notificación.

Fuentes oficiales

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