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Ayudas Claras
Subvenciones Illes Balears Agricultura
Agricultura Illes Balears Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a centros de limpieza y desinfección en Baleares

El 70,00% de la inversión en centros de limpieza y desinfección de vehículos

Lo que significa

Qué es
Subvención del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears para invertir en centros de limpieza y desinfección de vehículos
Para quién
Personas físicas, empresas y agrupaciones de las Illes Balears que gestionan o van a crear centros de limpieza y desinfección de vehículos
Cuánto
  • El 70,00% de la inversión subvencionable, con un tope de inversión distinto según el tipo de actuación
    Tipo de actuaciónPorcentaje de la inversiónInversión máxima subvencionable
    Modernización o mejora de los equipos e instalaciones existentes70,00%100.000,00€
    Construcción de un centro nuevo70,00%200.000,00€
    La suma de ayudas de minimis que puedes recibir no puede superar los 300.000,00€ en cualquier periodo de tres años.
Qué cubre
  • Construcción, rehabilitación, ampliación, modernización y adecuación de centros de limpieza y desinfección de vehículos
  • Renovación o mejora de los equipos de limpieza y desinfección, incluidos los portátiles
  • Mejoras en el cerramiento, el suelo, el agua y la electricidad del recinto y en la gestión de los residuos
Requisitos
  • Eres una persona física, una persona jurídica o una agrupación sin personalidad jurídica de las Illes Balears
  • Eres titular de un centro de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de animales, autorizado e inscrito en el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección, y te comprometes a mejorarlo
  • O te comprometes a rehabilitar o construir un centro nuevo y a inscribirlo en ese registro antes de empezar la actividad
  • Presentas una sola solicitud por cada centro de limpieza y desinfección
  • Si eres empresa o entidad, no has sido sancionada ni condenada por resolución o sentencia firmes en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
  • Si tu ayuda supera los 30.000,00€ y tu actividad tiene ánimo de lucro, acreditas que cumples los plazos de pago a proveedores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta y paga las inversiones después de presentar la solicitud y hasta un año después de que te notifiquen la concesión
  • Espera el acta de inspección previa que acredite que las actuaciones no han empezado antes de iniciar las obras
  • Mantén la titularidad del centro durante un año desde la fecha de la solicitud
  • Mantén la actividad del centro autorizada e inscrita en el RECELIDE durante los cinco años siguientes a la ejecución de la inversión
  • Si los bienes se inscriben en un registro público, haz constar en la escritura que se destinan a esa finalidad durante cinco años desde el pago de la ayuda
  • Pide al menos tres ofertas de proveedores distintos si el gasto supera 40.000,00€ en obra o 15.000,00€ en equipos o servicios
  • Presenta la solicitud de pago con la memoria de las actividades ejecutadas, las facturas y los justificantes de pago, como máximo quince meses después de que te notifiquen la concesión
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 18 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de un centro de limpieza y desinfección de vehículos en las Illes Balears
  • Quieres modernizar los equipos y las instalaciones de tu centro
  • Vas a construir un centro de limpieza y desinfección nuevo en las Illes Balears
  • Vas a rehabilitar un edificio para convertirlo en centro de limpieza y desinfección
  • Formas parte de una agrupación sin personalidad jurídica que gestiona uno de esos centros
  • Tu centro de limpieza y desinfección está fuera de las Illes Balears
  • Ya has iniciado o pagado las obras antes de presentar la solicitud
  • Otra persona interesada ya ha registrado una solicitud para ese mismo centro
  • Eres una empresa o entidad sancionada o condenada por resolución o sentencia firmes en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
  • Ya has agotado el límite de ayudas de minimis de los últimos tres años

Cuánto puedes recibir

Recibes el 70,00% de la inversión que la convocatoria considera subvencionable. Si modernizas o mejoras un centro ya existente, la inversión máxima subvencionable es de 100.000,00€; si construyes un centro nuevo, sube a 200.000,00€. Las licencias, tasas, impuestos y tributos no se subvencionan. Además, la suma de ayudas de minimis que puedes recibir no puede superar los 300.000,00€ en cualquier periodo de tres años.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu centro está autorizado e inscrito en el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección, o prepara el proyecto del centro que vas a construir o rehabilitar

  2. Reúne el proyecto de las actuaciones con el presupuesto de ejecución de la inversión desglosado

  3. Ten en cuenta que el informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural con el visto bueno del proyecto lo pide de oficio el FOGAIBA, salvo que te opongas expresamente

  4. Presenta la solicitud por el trámite telemático disponible en la sede electrónica de la comunidad autónoma

  5. Espera el acta de inspección previa antes de empezar las actuaciones

  6. Presenta después la solicitud de pago con la memoria de las actividades ejecutadas y la cuenta justificativa

Documentación necesaria

  • NIF del solicitante, en el caso de las personas jurídicas
  • Acreditación de la representación con la que actúa quien firma la solicitud, si procede
  • Proyecto de las actuaciones con la documentación que acredite el presupuesto de ejecución desglosado
  • Informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural con el visto bueno del proyecto: lo solicita de oficio el FOGAIBA salvo que te opongas expresamente, y entonces lo aportas tú
  • En agrupaciones sin personalidad jurídica: NIF de la agrupación, normas de funcionamiento, compromisos de ejecución de cada miembro y nombramiento de un representante único
  • Para ayudas superiores a 30.000,00€: certificación propia o informe de auditor sobre el cumplimiento de los plazos de pago
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cuando no estés obligado a presentar los certificados

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar las obras antes de presentar la solicitud?
No. Las inversiones deben realizarse y pagarse después de presentar la solicitud y una vez levantada el acta de inspección previa que acredite que las actuaciones no se han iniciado. Tienes de plazo hasta un año después de la notificación de la resolución de concesión.
¿Se subvencionan las licencias y los impuestos de la obra?
No. Solo son subvencionables las actuaciones relacionadas exclusivamente con el centro de limpieza y desinfección: las licencias, tasas, impuestos y tributos quedan fuera.
¿Qué pasa si se presentan dos solicitudes para el mismo centro?
Solo se admite una solicitud por cada centro de limpieza y desinfección. Si varias personas interesadas presentan solicitud para el mismo centro, únicamente es subvencionable la primera registrada.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde que presentas la solicitud. Si pasa ese plazo sin notificación, la solicitud se entiende desestimada.
¿Puede agotarse el dinero antes de que acabe el plazo?
Sí. Las solicitudes se resuelven individualmente a medida que entran en el registro, y si se agotan los créditos antes de que finalice el plazo se suspende la concesión de nuevas ayudas mediante una resolución publicada en el boletín oficial.

Fuentes oficiales

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