Ayudas a centros de limpieza y desinfección en Baleares
El 70,00% de la inversión en centros de limpieza y desinfección de vehículos
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears para invertir en centros de limpieza y desinfección de vehículos
- Para quién
- Personas físicas, empresas y agrupaciones de las Illes Balears que gestionan o van a crear centros de limpieza y desinfección de vehículos
- Cuánto
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- El 70,00% de la inversión subvencionable, con un tope de inversión distinto según el tipo de actuación
La suma de ayudas de minimis que puedes recibir no puede superar los 300.000,00€ en cualquier periodo de tres años.Tipo de actuación Porcentaje de la inversión Inversión máxima subvencionable Modernización o mejora de los equipos e instalaciones existentes 70,00% 100.000,00€ Construcción de un centro nuevo 70,00% 200.000,00€
- El 70,00% de la inversión subvencionable, con un tope de inversión distinto según el tipo de actuación
- Qué cubre
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- Construcción, rehabilitación, ampliación, modernización y adecuación de centros de limpieza y desinfección de vehículos
- Renovación o mejora de los equipos de limpieza y desinfección, incluidos los portátiles
- Mejoras en el cerramiento, el suelo, el agua y la electricidad del recinto y en la gestión de los residuos
- Requisitos
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- Eres una persona física, una persona jurídica o una agrupación sin personalidad jurídica de las Illes Balears
- Eres titular de un centro de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de animales, autorizado e inscrito en el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección, y te comprometes a mejorarlo
- O te comprometes a rehabilitar o construir un centro nuevo y a inscribirlo en ese registro antes de empezar la actividad
- Presentas una sola solicitud por cada centro de limpieza y desinfección
- Si eres empresa o entidad, no has sido sancionada ni condenada por resolución o sentencia firmes en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
- Si tu ayuda supera los 30.000,00€ y tu actividad tiene ánimo de lucro, acreditas que cumples los plazos de pago a proveedores
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta y paga las inversiones después de presentar la solicitud y hasta un año después de que te notifiquen la concesión
- Espera el acta de inspección previa que acredite que las actuaciones no han empezado antes de iniciar las obras
- Mantén la titularidad del centro durante un año desde la fecha de la solicitud
- Mantén la actividad del centro autorizada e inscrita en el RECELIDE durante los cinco años siguientes a la ejecución de la inversión
- Si los bienes se inscriben en un registro público, haz constar en la escritura que se destinan a esa finalidad durante cinco años desde el pago de la ayuda
- Pide al menos tres ofertas de proveedores distintos si el gasto supera 40.000,00€ en obra o 15.000,00€ en equipos o servicios
- Presenta la solicitud de pago con la memoria de las actividades ejecutadas, las facturas y los justificantes de pago, como máximo quince meses después de que te notifiquen la concesión
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 18 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de un centro de limpieza y desinfección de vehículos en las Illes Balears
- Quieres modernizar los equipos y las instalaciones de tu centro
- Vas a construir un centro de limpieza y desinfección nuevo en las Illes Balears
- Vas a rehabilitar un edificio para convertirlo en centro de limpieza y desinfección
- Formas parte de una agrupación sin personalidad jurídica que gestiona uno de esos centros
- Tu centro de limpieza y desinfección está fuera de las Illes Balears
- Ya has iniciado o pagado las obras antes de presentar la solicitud
- Otra persona interesada ya ha registrado una solicitud para ese mismo centro
- Eres una empresa o entidad sancionada o condenada por resolución o sentencia firmes en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
- Ya has agotado el límite de ayudas de minimis de los últimos tres años
Cuánto puedes recibir
Recibes el 70,00% de la inversión que la convocatoria considera subvencionable. Si modernizas o mejoras un centro ya existente, la inversión máxima subvencionable es de 100.000,00€; si construyes un centro nuevo, sube a 200.000,00€. Las licencias, tasas, impuestos y tributos no se subvencionan. Además, la suma de ayudas de minimis que puedes recibir no puede superar los 300.000,00€ en cualquier periodo de tres años.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu centro está autorizado e inscrito en el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección, o prepara el proyecto del centro que vas a construir o rehabilitar
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Reúne el proyecto de las actuaciones con el presupuesto de ejecución de la inversión desglosado
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Ten en cuenta que el informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural con el visto bueno del proyecto lo pide de oficio el FOGAIBA, salvo que te opongas expresamente
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Presenta la solicitud por el trámite telemático disponible en la sede electrónica de la comunidad autónoma
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Espera el acta de inspección previa antes de empezar las actuaciones
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Presenta después la solicitud de pago con la memoria de las actividades ejecutadas y la cuenta justificativa
Documentación necesaria
- NIF del solicitante, en el caso de las personas jurídicas
- Acreditación de la representación con la que actúa quien firma la solicitud, si procede
- Proyecto de las actuaciones con la documentación que acredite el presupuesto de ejecución desglosado
- Informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural con el visto bueno del proyecto: lo solicita de oficio el FOGAIBA salvo que te opongas expresamente, y entonces lo aportas tú
- En agrupaciones sin personalidad jurídica: NIF de la agrupación, normas de funcionamiento, compromisos de ejecución de cada miembro y nombramiento de un representante único
- Para ayudas superiores a 30.000,00€: certificación propia o informe de auditor sobre el cumplimiento de los plazos de pago
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cuando no estés obligado a presentar los certificados