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Ayudas Claras
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Subvención en Ordizia para rótulos y webs en euskera

Subvención municipal para poner en euskera rótulos, imagen corporativa y webs.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ordizia para poner en euskera rótulos, imagen corporativa y páginas web.
Para quién
Personas físicas y jurídicas con domicilio fiscal en Ordizia o que realizan su actividad económica en un local del municipio: comercios, hostelería y empresas, siempre que sean entidades de carácter no oficial. A la ayuda de la página web pueden optar también las asociaciones deportivas, culturales o de ocio del municipio.
Cuánto
El 50% del coste, con un tope por elemento: hasta 300 € por el rótulo exterior, hasta 120 € por la imagen corporativa y hasta 500 € por la página web.
Qué cubre
  • Rótulo exterior puesto únicamente en euskera, incluido el toldo que haga la función de rótulo
  • Imagen corporativa con el texto únicamente en euskera: rótulos de escaparate y del interior del establecimiento, rotulación de vehículos, sobres, membretes, tarjetas de visita, sello identificativo, papel para envolver productos, bolsas e impresos
  • Páginas web en euskera
Requisitos
  • El Servicio de Euskera da el visto bueno al texto antes de imprimir el rótulo o el material
  • En el rótulo aparece también el nombre genérico, no solo el nombre propio
  • Pides la subvención una sola vez por cada elemento: rótulo, imagen corporativa o página web
  • Tu entidad es de carácter no oficial
  • Tienes el domicilio fiscal en Ordizia o realizas tu actividad económica en un local del municipio
  • La actuación se realizó entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  • Estás al día de tus obligaciones con la Seguridad Social, con Hacienda y con el Ayuntamiento de Ordizia
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica que cumples los requisitos y condiciones que dan lugar a la concesión
  • Facilita las comprobaciones y los controles que haga el Ayuntamiento de Ordizia
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad
  • Hállate al corriente de tus obligaciones con la Seguridad Social y de tus obligaciones tributarias con Hacienda y con el Ayuntamiento antes de que se dicte la propuesta de concesión
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 3 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un comercio, un bar o una empresa y vas a poner el rótulo en euskera
  • Quieres renovar tu imagen corporativa en euskera
  • Vas a pasar tu página web al euskera
  • Hiciste la actuación entre diciembre de 2025 y noviembre de 2026
  • Tu entidad no tiene carácter oficial
  • En el rótulo nuevo solo aparece el nombre propio, sin nombre genérico
  • Tu entidad tiene carácter oficial
  • Ya pediste la subvención por ese mismo elemento
  • Imprimiste el texto sin el visto bueno del Servicio de Euskera
  • Tienes una sanción vigente por discriminación por violencia de género

Cuánto puedes recibir

El Ayuntamiento paga el 50% del coste y fija un tope distinto para cada elemento. Rótulo exterior puesto únicamente en euskera: hasta 300 €. Imagen corporativa con el texto únicamente en euskera: hasta 120 €. Páginas web: hasta 500 € si están exclusivamente en euskera, hasta 350 € si la web principal se abre siempre en euskera y permite al usuario cambiar de idioma, y hasta 150 € si en la entrada aparece la elección de idioma. A cada entidad se le concede una sola subvención por cada elemento y la subvención no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide al Servicio de Euskera del Ayuntamiento el visto bueno del texto antes de imprimir el rótulo o el material

  2. Reúne la hoja de solicitud, la factura detallada del trabajo y una muestra o imagen del material

  3. Presenta la solicitud por internet en el apartado de subvenciones de la sede electrónica del Ayuntamiento

  4. Presenta tus alegaciones en los 10 días que te dan tras notificarte la propuesta de resolución

  5. Espera la resolución de Alcaldía: el plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Hoja de solicitud debidamente cumplimentada
  • Copia detallada de la factura donde se recoja el trabajo realizado
  • Una unidad o imagen del material diseñado y, en el caso de las páginas web, su dirección
  • Documento de alta a terceros

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pueden dar?
El 50% del coste, con un tope por elemento: 300 € por el rótulo exterior en euskera, 120 € por la imagen corporativa y, en las páginas web, 500 € si está exclusivamente en euskera, 350 € si se abre siempre en euskera con opción de cambiar de idioma y 150 € si en la entrada aparece la elección de idioma.
¿Puedo pedir la subvención por el rótulo y también por la página web?
Sí. La subvención se puede pedir una vez por cada uno de los elementos (rótulo, imagen corporativa y página web) y a cada entidad se le concede una sola subvención por cada concepto.
¿Es compatible con otras ayudas para lo mismo?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de otras administraciones públicas o de entidades privadas. El conjunto no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta o con errores?
Te dan diez días hábiles, desde el día siguiente a la publicación, para subsanar los defectos. Si no los corriges, se entiende que desistes de la petición y se archiva el expediente.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
La convocatoria indica que las solicitudes por actividades realizadas desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026 deben presentarse antes del 4 de diciembre, así que el último día es el 3 de diciembre.

Fuentes oficiales

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