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Ayudas Claras
Subvenciones La Gomera Cultura
Cultura La Gomera Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de San Sebastián de La Gomera

Subvención a asociaciones sin ánimo de lucro para actividades culturales en 2026

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera para actividades culturales y de tiempo libre
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro: culturales, juveniles o de vecinos
Cuánto
Hasta el 100% de los gastos subvencionables solicitados; la cuantía de cada entidad la fija la comisión de valoración
Qué cubre
  • Gastos para organizar tus actividades culturales: materiales, publicidad, alquiler de locales, enseres, sonido, iluminación, carpas y personal contratado
    ConceptoLímite
    Teléfono y conexión a internet500€
    Vestimenta tradicional de grupos folclóricos150€ por traje completo
    Obsequios a grupos invitados y personas homenajeadas300€ por evento
    Comidas de grupos invitados de otros municipios o islas700€
    Límites que las bases fijan para estos conceptos concretos.
  • Gastos de gestión de la entidad: asesoría contable, cuotas de federaciones culturales y seguros de accidentes y responsabilidad civil
  • Desplazamientos de colectivos para participar en encuentros culturales fuera del municipio
Requisitos
  • Tu entidad es una asociación sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Tienes el domicilio social en el término municipal de San Sebastián de La Gomera
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones de Canarias al presentar la solicitud
  • Tus estatutos recogen la realización de actividades culturales o de tiempo libre
  • Tu proyecto repercute en el municipio o tiene como destinatarios a sus vecinos
  • Ejecutas las actividades entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica el 100% de los gastos previstos en el proyecto subvencionado
  • Presenta la cuenta justificativa con las facturas hasta el 28 de febrero de 2027
  • Aporta la relación de participantes cuando la actividad se dirija a un número determinado de personas (cursos, talleres, viajes o excursiones)
  • Coloca el cartel del Ayuntamiento en lugar visible en tu sede o donde celebres la actividad
  • Acredita con fotos o vídeo la publicidad que has dado a la subvención
  • Declara si has recibido otros ingresos o ayudas con la misma finalidad
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 6 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro y tiene personalidad jurídica propia
  • Tienes el domicilio social en el término municipal de San Sebastián de La Gomera
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias
  • Tus estatutos incluyen la promoción de la cultura o actividades de tiempo libre
  • Has realizado o vas a realizar actividades culturales durante 2026
  • Tu proyecto repercute en el municipio o se dirige a sus vecinos
  • Tu asociación realiza actividades deportivas o de ámbito social
  • Ya tienes una subvención nominativa en el presupuesto municipal de 2026
  • Tienes deudas con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
  • Tu proyecto solo sufraga gastos administrativos y de gestión de la entidad
  • Tus actividades se dirigen solo a los socios y no están abiertas al público
  • Quieres financiar la contratación de orquestas para verbenas

Cuánto puedes recibir

Las bases no fijan una cantidad fija por asociación, pero sí la intensidad: se puede financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables que solicites, con el límite del crédito disponible. La cuantía concreta de cada entidad la señala la comisión de valoración, que compara las solicitudes y las ordena por puntuación. Algunos gastos sí tienen tope propio: 500€ en teléfono e internet, 150€ por traje completo de vestimenta tradicional, 300€ por evento en obsequios y 700€ en comidas de grupos invitados. Por norma general cobras una vez que justificas por completo la actividad, aunque puedes pedir el abono anticipado del 100% si no dispones de fondos para ejecutar el proyecto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los estatutos, los certificados y la documentación de tu entidad

  2. Rellena la solicitud (Anexo I) y la memoria del programa (Anexo V)

  3. Escanea todo en PDF no editable y firma digitalmente los anexos

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento en el plazo de diez días hábiles

  5. Revisa el tablón de anuncios de la sede electrónica, donde se publican los requerimientos y la resolución

  6. Presenta la cuenta justificativa (Anexo VI) con las facturas hasta el 28 de febrero de 2027

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada digitalmente (Anexo I)
  • C.I.F. de la entidad
  • Estatutos vigentes y certificado de inscripción en el registro de asociaciones
  • Certificación del secretario de la entidad sobre representación legal, socios y participantes (Anexo II)
  • Documentación acreditativa de la composición actual de la junta directiva
  • Relación actualizada de los socios con domicilio habitual en el municipio
  • Memoria del programa objeto de subvención (Anexo V)
  • Declaración responsable del representante legal de la entidad
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la Agencia Tributaria de Canarias y la Seguridad Social, si no autorizas al Ayuntamiento a consultarlos

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya recibo otras ayudas para la misma actividad?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos públicos y privados, siempre que la suma de todos los recursos no supere el 100% del coste total de la actividad.
¿Puede pedirla una asociación deportiva o de ámbito social?
No. Esas entidades quedan excluidas porque el Ayuntamiento ha creado otras líneas de subvenciones específicas para esos fines.
¿Puedo entregar la solicitud en papel en el registro del Ayuntamiento?
No. Solo se tramita por la sede electrónica: las solicitudes presentadas en papel de manera presencial no participan en el procedimiento.
¿Qué ocurre si solo justifico una parte de los gastos del proyecto?
El Ayuntamiento abona la parte proporcional de la subvención concedida o te exige el reintegro si ya te la había pagado por anticipado.
¿Puedo pedir ayuda otra vez para la vestimenta tradicional del grupo folclórico?
Solo si no la solicitaste en las dos convocatorias inmediatamente anteriores, salvo que justifiques expresamente una necesidad como nuevos componentes o elementos estropeados.

Fuentes oficiales

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