Subvenciones a asociaciones culturales de Ferrol
Hasta 6.000€ para cada asociación cultural de Ferrol que organice actividades
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ferrol para actividades culturales de entidades sin ánimo de lucro.
- Para quién
- Asociaciones culturales y otras entidades sin ánimo de lucro que fomentan la cultura.
- Cuánto
- Hasta el 80% del presupuesto de gastos que presentes para cada actividad, con un límite de 6.000€ para cada entidad
- Qué cubre
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- Gastos de personal, suministros, seguros y reparaciones de los bienes utilizados
Retribuciones salariales y gastos de Seguridad Social a cargo del beneficiario; electricidad, combustibles de calefacción y de vehículos, agua, material fungible de oficina, teléfono, internet y productos de limpieza y desinfección; seguros de responsabilidad civil y/o de accidentes; reparaciones, mantenimiento y conservación de los bienes utilizados.
- Alquiler de locales y equipos, servicios externos y honorarios de ponentes o monitores
Alquiler de locales y/o construcciones provisionales, equipos de imagen y sonido y equipamientos estrictamente necesarios durante el periodo de ejecución; asesoría contable, laboral y/o administrativa, publicidad y comunicación, propaganda, reprografía y organización de reuniones y eventos; honorarios de ponentes, conferenciantes, profesores, participantes, árbitros o monitores.
- Premios de certámenes o concursos incluidos en el proyecto aprobado
Los premios que se otorguen a los ganadores son gasto subvencionable si se ajustan a las bases que regulan esos certámenes, concursos, pruebas o competiciones y se aporta el acta del jurado o la acreditación adecuada de los resultados.
- Gastos de personal, suministros, seguros y reparaciones de los bienes utilizados
- Requisitos
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- Tu entidad tiene la sede social en el término municipal de Ferrol
- Tu asociación o entidad está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
- Tu ámbito de actuación es el término municipal de Ferrol y fomentas la cultura
- Has justificado debidamente los gastos de subvenciones que el Ayuntamiento de Ferrol te concedió antes, salvo que aún no haya terminado su plazo de justificación
- No te han sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
- Si alguna de tus actividades implica contacto habitual con menores, compruebas los antecedentes de tu personal
Debes comprobar que el personal a tu cargo no ha sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexuales ni por delitos de trata de seres humanos, y aportar la declaración responsable correspondiente.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realizas las actividades entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, con facturas emitidas dentro de ese año
- Presentas la justificación de la subvención antes del 31 de enero de 2027
- Haces constar la colaboración del Ayuntamiento de Ferrol en toda la difusión de las actividades e incluyes su imagen institucional
- No modificas la programación de actividades sin el conocimiento y la autorización expresa del ayuntamiento
- Empleas el gallego en la publicidad, los programas y las actividades, y un lenguaje no sexista e inclusivo
- Comunicas al ayuntamiento cualquier otra ayuda que solicites o recibas después de presentar tu solicitud
- Cuándo
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El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 5 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación cultural tiene la sede social en el término municipal de Ferrol
- Tu entidad no tiene ánimo de lucro y está legalmente constituida
- Organizas actividades culturales con ámbito de actuación en Ferrol
- Quieres financiar los gastos corrientes de tu programación cultural de 2026
- Tu entidad no tiene la sede social en el término municipal de Ferrol
- Tu entidad persigue ánimo de lucro
- Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
- Tienes sin justificar gastos de subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Ferrol
- Te han sancionado en firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
Cuánto puedes recibir
Cobras como máximo el 80% del presupuesto de gastos que presentes para cada actividad, con un límite de 6.000€ para cada entidad. La cantidad concreta depende de la puntuación de tu proyecto: el ayuntamiento calcula el valor del punto dividiendo el crédito disponible entre la suma de los puntos de todas las solicitudes y lo multiplica por los puntos que has obtenido; si el resultado supera lo que pediste, te conceden lo solicitado. El pago se hace después de justificar la actividad, aunque si lo pides puedes recibir un 50% tras el acuerdo de concesión y el 50% restante tras justificar correctamente la subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Descarga los modelos normalizados de solicitud del Ayuntamiento de Ferrol
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Prepara el programa detallado de las actividades previstas y el estado de gastos e ingresos
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Presenta la solicitud con su documentación por medios electrónicos en la sede electrónica del ayuntamiento, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto
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Subsana o completa la documentación en el plazo improrrogable de 10 días hábiles si el negociado de Cultura te lo requiere
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Consulta la concesión provisional en el tablón de anuncios de la sede electrónica y presenta alegaciones en 10 días hábiles si no estás de acuerdo
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I.1)
- CIF de la entidad y documentos que acrediten la identidad de la persona solicitante y, en su caso, la representación de quien firma
- Declaración responsable de no tener obligaciones tributarias pendientes y de no estar en ninguna circunstancia que impida obtener la condición de beneficiaria (Anexo I.2)
- Certificados oficiales de estar al corriente, si solicitas una subvención superior a 3.000€
- Declaración responsable sobre el personal que presta servicios en las actividades, si implican contacto habitual con menores (Anexo I.3)
- Programa detallado de las actividades previstas (Anexo I.4)
- Estado de gastos e ingresos imputados a la actividad subvencionada (Anexo I.5)
- Datos bancarios de la cuenta de abono, certificados por la entidad bancaria (Anexo I.6)