Ayudas educativas para centros y AMPAS de San Javier
Subvenciones para actividades educativas de centros, AMPAS y alumnos de San Javier
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de San Javier para actividades educativas, material y mantenimiento de equipos
- Para quién
- Centros docentes públicos y concertados, AMPAS y representantes del alumnado de San Javier
- Cuánto
-
- No hay cuantía individual fijada: el crédito se reparte entre colectivos
La convocatoria no fija un importe por solicitante: depende del colectivo y de cuántos participen. Consulta directamente con la administración.Colectivo Parte del crédito Centros educativos del municipio 60% (la mitad a partes iguales y la otra mitad según el número de alumnos de cada centro) AMPAS y asociaciones o representantes de alumnos 32% a partes iguales Transporte de centros situados fuera del casco urbano 8%
- No hay cuantía individual fijada: el crédito se reparte entre colectivos
- Qué cubre
-
- Actividades extraescolares y complementarias del curso 2025/2026
- Material, enseñanza telemática y mantenimiento o reparación de equipos
- Transporte en autobús a actividades en el casco urbano, si el centro está fuera de él
- Requisitos
-
- Eres un centro docente público o concertado, una AMPA o un representante del alumnado
- Desarrollas tu actividad en el término municipal de San Javier
- Las actuaciones se realizaron durante el curso escolar 2025/2026
- Las actuaciones están finalizadas antes del 30 de junio de 2026
- Aportas la factura y el justificante de pago de cada actuación
- Tu entidad está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Justifica ante el ayuntamiento que cumples los requisitos y condiciones exigidos
- Acepta que el ayuntamiento comunique a otras administraciones el listado de beneficiarios
- Sométete a las actuaciones de comprobación que realice el ayuntamiento
- Aporta cuanta información te requieran durante esas comprobaciones
- Cuándo
-
El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 5 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un centro docente público o concertado de San Javier
- Representas una AMPA que desarrolla su actividad en San Javier
- Eres representante del alumnado de un centro del municipio
- Has organizado actividades extraescolares o complementarias en el curso 2025/2026
- Has comprado material o has reparado equipos para la actividad docente
- Tu centro está fuera del casco urbano y ha pagado autobuses para visitas en él
- No desarrollas tu actividad en el término municipal de San Javier
- Las actuaciones que presentas no se realizaron durante el curso 2025/2026
- Las actuaciones no estaban finalizadas antes del 30 de junio de 2026
- No puedes aportar la factura y el justificante de pago de lo que solicitas
- Tu entidad no está al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
- Tu centro está dentro del casco urbano y pides compensación por desplazamientos
Cuánto puedes recibir
La convocatoria no fija un importe por solicitante: reparte una cantidad máxima de 28.000 euros, con cargo al presupuesto municipal del ejercicio 2026, entre los colectivos que participen. El 60% de esa cantidad se destina a los centros educativos del municipio: la mitad a partes iguales entre ellos y la otra mitad en función del número de alumnos de cada centro. El 32% se divide a partes iguales entre las AMPAS y las asociaciones o representantes de alumnos. El 8% se reserva a los gastos de transporte de los centros situados fuera del casco urbano. Cuando la cantidad que corresponde a un colectivo supera lo solicitado por sus interesados, el sobrante puede incrementar lo asignado al resto del estamento educativo (centros, FAPA, AMPAS o alumnos). El importe que recibe cada solicitante depende, por tanto, del número de participantes de su colectivo: consulta directamente con la administración. El pago se realiza por transferencia bancaria.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Descarga la solicitud en la sección de Educación de la web del ayuntamiento
-
Reúne la factura y el justificante de pago de cada actuación que vayas a presentar
-
Rellena y firma la solicitud y la declaración responsable
-
Añade el anexo de gastos de transporte si tu centro está fuera del casco urbano
-
Presenta la solicitud en el Registro General del ayuntamiento o en su sede electrónica, dirigida al Negociado de Educación
-
Revisa la resolución provisional en el tablón de anuncios y en la web municipal
Documentación necesaria
- Solicitud de la ayuda (Anexo I)
- Declaración responsable y autorización de consulta de datos (Anexo II)
- Solicitud de gastos de transporte (Anexo III), solo para centros ubicados fuera del casco urbano
- Factura de cada actuación subvencionada
- Justificante de pago correspondiente a cada factura