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Ayudas Claras
Subvenciones Granada Cultura
Cultura Granada Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones socioculturales de Cúllar Vega

Subvención para las actividades culturales de las asociaciones de Cúllar Vega

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cúllar Vega para las actividades culturales de las asociaciones locales.
Para quién
Asociaciones socioculturales del municipio de Cúllar Vega.
Cuánto
  • El importe depende de los puntos que obtenga tu proyecto en el baremo; la cuantía por asociación no está fijada en la convocatoria.
    Criterio de valoración del proyectoPuntos máximos
    Fundamentación del proyecto: por qué y para qué se realiza20
    Determinación de objetivos generales y específicos10
    Relación detallada de actividades20
    Cronograma10
    Participación activa y fomento de la igualdad entre mujeres y hombres5
    Contempla la participación con otras asociaciones del municipio10
    Presupuesto previsto10
    Colaboración activa en eventos del Ayuntamiento en la temporada 2025-202615
    El máximo a obtener es 100 puntos. Se valoran los datos del curso 2026/2027 y la cantidad destinada se reparte en proporción a la puntuación obtenida y a las solicitudes presentadas.
Qué cubre
  • Gastos generados por las actividades del proyecto que presentes
  • Gastos de formación: si la factura la emite una persona física, debes retener el IRPF e ingresarlo en Hacienda
Requisitos
  • Tu asociación sociocultural está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento
  • Tu asociación tiene el domicilio social en el municipio de Cúllar Vega
  • Las actividades que solicitas redundan en beneficio de los vecinos y las vecinas del municipio
  • Tu proyecto promueve la cultura en el municipio y encaja con la planificación general municipal en esta materia
  • Nombras a una persona representante única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones de la asociación
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y realiza la actividad por la que te concedieron la ayuda
  • Justifica el gasto entre el 1 y el 30 de junio de 2027: si no lo haces, no podrás optar a la siguiente convocatoria
  • Presenta memoria de las actuaciones, dossier fotográfico o cartelería, facturas y justificantes de pago
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien la misma actividad
  • Aporta en un plazo máximo de 10 días la información que te pidan en las comprobaciones y controles
  • Haz constar el escudo del Ayuntamiento, el texto «Concejalía de Cultura» y la colaboración municipal en la publicidad de las actividades
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 5 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación sociocultural está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Tu asociación tiene el domicilio social en el municipio de Cúllar Vega
  • Tienes programadas actividades culturales para el curso 2026/2027
  • Tus actividades benefician a los vecinos y las vecinas del municipio
  • Tu entidad va a recibir una subvención nominativa en el presupuesto municipal
  • Fuiste beneficiaria en la convocatoria anterior y no justificaste la ayuda
  • Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Tu asociación tiene el domicilio social fuera de Cúllar Vega

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija una cuantía por asociación: consulta directamente con la administración. El Ayuntamiento reparte la cantidad destinada según los puntos que obtenga cada proyecto en el baremo, con un máximo de 100 puntos, y en proporción a las solicitudes presentadas y a la baremación total. Si los importes preadjudicados superan el crédito disponible, se reducen de forma proporcional entre todos los beneficiarios. La cantidad concedida no se puede destinar a otra finalidad distinta de aquella por la que se otorgó.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto de actividades del curso 2026/2027 según el modelo adjunto a la convocatoria

  2. Reúne el certificado de número de socios y socias y el último recibo pagado del seguro de responsabilidad civil

  3. Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en la sede electrónica del Ayuntamiento, por el trámite habilitado al efecto

  4. Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia

Documentación necesaria

  • Certificado de número de socios y socias (obligatorio)
  • Copia del último recibo pagado del Seguro de Responsabilidad Civil a nombre de la asociación (obligatorio)
  • Proyecto según el modelo adjunto (voluntario, se baremea)
  • Presupuesto de gastos de la asociación del año anterior (voluntario, se baremea)
  • Certificado de la Concejalía de Cultura sobre la colaboración de la asociación en eventos municipales (voluntario, se baremea)

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos no puedo justificar?
Quedan excluidos los gastos de alimentación, dietas y carburante. En los viajes, tampoco se admiten los que no guarden relación directa con el proyecto presentado.
¿De qué fechas tienen que ser las facturas?
La fecha de emisión debe estar entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de mayo de 2027, ambos incluidos. No se admiten tickets de caja registradora y tú debes figurar como destinatario de la factura.
¿Qué pasa si no me contestan a la solicitud?
El silencio de la Administración tiene carácter desestimatorio, así que tu solicitud se entiende denegada si no hay resolución expresa. La convocatoria da dos plazos distintos para resolver, de dos y de tres meses desde el fin del plazo de presentación, y añade que debe resolverse antes del 31 de diciembre de 2026; como las bases no coinciden entre sí, confirma el plazo con el Ayuntamiento.
¿Tengo que avisar si recibo otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Estás obligada a comunicar al Ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que financie las actividades subvencionadas.

Fuentes oficiales

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