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Ayudas Claras
Subvenciones Granada Cultura
Cultura Granada Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a clubes y entidades deportivas de Cúllar Vega

Subvención para clubes deportivos de Cúllar Vega; plazo de 10 días hábiles

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cúllar Vega para las actividades deportivas de clubes y asociaciones locales
Para quién
Clubes y asociaciones deportivas del municipio de Cúllar Vega
Cuánto
No hay una cuantía fija por entidad: el importe se asigna según los puntos obtenidos en el autobaremo, con un máximo de 100 puntos. Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Material y equipamiento deportivo
  • Nóminas de trabajadores, transporte público y alojamientos
  • Inscripciones en ligas y torneos, licencias federativas y gastos en rehabilitación deportiva
Requisitos
  • Tu club o asociación está inscrito en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento
  • Tu entidad tiene el domicilio social en el municipio de Cúllar Vega
  • Tienes firmado el convenio de colaboración con el Ayuntamiento
  • Tus proyectos y actividades encajan en la planificación deportiva municipal

    Los proyectos, actividades y programas deportivos deben promover la actividad física, tanto el deporte de competición como el de base o recreativo, considerarse acordes con la planificación general municipal en materia de deportes y estar convenidos y desarrollados con la Concejalía de Deportes en su oferta deportiva.

  • No tienes pendiente de justificar ninguna subvención del Ayuntamiento fuera de plazo
  • No debes al Ayuntamiento el reintegro de ninguna subvención
Obligaciones
  • Cumple el objetivo y ejecuta la actividad deportiva por la que te conceden la subvención
  • Justifica el gasto del 1 al 30 de junio de 2027 con facturas a nombre del club y sus justificantes de pago
  • Presenta solo facturas emitidas entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de mayo de 2027
  • Entrega una memoria final del programa subvencionado firmada por el presidente de la entidad
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad
  • Haz constar el escudo del Ayuntamiento de Cúllar Vega en la publicidad y difusión de tus actividades
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 5 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club o asociación deportiva inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento
  • Tu entidad tiene el domicilio social en el municipio de Cúllar Vega
  • Tienes firmado el convenio de colaboración con el Ayuntamiento
  • Tus actividades deportivas benefician a los vecinos y vecinas del municipio
  • Tienes programadas actividades deportivas para la temporada 2026/27
  • Tu entidad ya tiene prevista una subvención nominativa en el presupuesto municipal
  • No justificaste el uso de los fondos recibidos en la convocatoria anterior
  • Tienes pendiente de justificar otra subvención del Ayuntamiento fuera de plazo
  • Debes al Ayuntamiento el reintegro de alguna subvención
  • Tu entidad tiene el domicilio social fuera de Cúllar Vega

Cuánto puedes recibir

No cobras una cantidad fija: el Ayuntamiento asigna el importe en función de los puntos que obtengas en el autobaremo, cuya puntuación máxima es de 100 puntos. Si la suma de los importes preadjudicados supera el crédito de la partida municipal, se reduce de forma proporcional entre todos los beneficiarios. El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el justificante de pago del seguro de responsabilidad civil en vigor a nombre de tu entidad

  2. Pide a tu federación los certificados del número de licencias de deportistas y de entrenadores

  3. Rellena el documento de autobaremación y adjunta el documento que acredite cada apartado puntuado

  4. Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en la sede electrónica del Ayuntamiento, en el trámite habilitado

  5. Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín provincial

  6. Consulta la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo de las bases
  • Justificante de pago del seguro de responsabilidad civil en vigor a nombre de la entidad
  • Documento de autobaremación
  • Certificado de la federación con el número de licencias deportivas de deportistas
  • Certificado de la federación con el número de licencias deportivas de entrenadores
  • Títulos y certificados de formación de los entrenadores con licencia deportiva
  • Facturas de gastos en licencias federativas
  • Facturas de gastos en competiciones regladas no federadas

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no presento el seguro de responsabilidad civil con la solicitud?
El Ayuntamiento te lo requerirá y tendrás cinco días hábiles para aportarlo. Si no lo haces en ese plazo, se considera que desistes de la solicitud.
¿Puedo aportar más documentos para mejorar mi puntuación después de solicitar?
No. No se admiten documentos adicionales que justifiquen la baremación una vez finalizado el plazo de solicitud.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo para resolver es de tres meses desde que termina el plazo de presentación, salvo que se acredite imposibilidad por acumulación de tareas. El silencio tiene carácter desestimatorio.
¿Qué ocurre si lo preadjudicado supera el dinero de la partida municipal?
El importe preadjudicado se reduce de forma proporcional entre todos los beneficiarios hasta ajustarse a los créditos definitivos.
¿Qué pasa si no justifico la subvención en plazo?
Se da por finalizado el procedimiento y no podrás optar a nuevas subvenciones. Las bases reservan el reintegro de las cuantías percibidas, con el interés de demora, para los casos de incumplimiento grave de la obligación de justificación o de justificación insuficiente.

Fuentes oficiales

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