Subvenciones de cultura en Valencina de la Concepción
Entre 1.000€ y 6.000€ por proyecto cultural en Valencina de la Concepción
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción para proyectos y actividades culturales
- Para quién
- Asociaciones, entidades y personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que organizan actividades culturales
- Cuánto
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- El máximo por proyecto depende de cuántas líneas reciban subvención
La subvención mínima por proyecto es de 1.000€, o del 100% si el proyecto presentado tiene menor presupuesto. Los proyectos seleccionados pueden recibir hasta el 100% del importe solicitado.Si se conceden subvenciones en... Máximo por proyecto Las dos líneas de la convocatoria 3.000€ Solo una de las dos líneas 6.000€
- El máximo por proyecto depende de cuántas líneas reciban subvención
- Qué cubre
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- Proyectos creativos o de formación cultural en artes plásticas, audiovisuales y nuevas tecnologías
- Proyectos creativos o de formación cultural en circo contemporáneo
- Gastos de alquiler de inmuebles con relación directa con la actividad subvencionada, sin contar los gastos generales de mantenimiento
- Requisitos
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- Vas a realizar la actividad en el término municipal de Valencina de la Concepción
- Si eres una entidad, estás legalmente constituida e inscrita en el registro administrativo que te corresponde
- Si eres persona jurídica, tus fines estatutarios coinciden con las finalidades culturales de la convocatoria
- No eres deudor del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción por ninguna deuda tributaria o no tributaria
- Dispones de estructura y capacidad suficientes para ejecutar el proyecto que propones
- Estás al corriente del pago de reintegros de subvenciones que recibieras antes
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto o la actividad cultural que fundamenta la concesión
- Comunica por escrito si aceptas o renuncias a la subvención en los 15 días hábiles siguientes a la notificación
- Realiza la actividad antes del 30 de abril de 2027 y presenta la justificación antes del 1 de junio de 2027
- Presenta facturas por el 100% del presupuesto admitido en la memoria económica
- Avisa al Ayuntamiento si consigues otras subvenciones, ayudas o ingresos para la actividad subvencionada
- Sométete a las actuaciones de comprobación y de control financiero de los órganos competentes
- Cuándo
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El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 5 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o entidad cultural con un proyecto para Valencina de la Concepción
- Eres una persona física o jurídica, con o sin ánimo de lucro, que organiza actividades culturales
- Tu proyecto es creativo o de formación en artes plásticas, audiovisuales o nuevas tecnologías
- Tu proyecto es creativo o de formación en circo contemporáneo
- Tu actividad va dirigida al público en general, sin limitación de edad
- Actúas en un ámbito mayor, pero ejecutas el proyecto en Valencina de la Concepción
- Tu proyecto se ejecuta fuera del término municipal de Valencina de la Concepción
- Tu proyecto no tiene carácter cultural ni sociocultural
- Tienes deuda en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
- Tu proyecto no alcanza los 40 puntos mínimos de la valoración
- Quieres presentar varios proyectos: solo se admite uno por solicitante
- Te han sancionado por resolución firme por prácticas laborales discriminatorias
Cuánto puedes recibir
Recibes entre 1.000€ y 6.000€ por proyecto y puedes llegar a cobrar el 100% del importe que solicitas. El reparto se hace proporcionalmente a los puntos que obtenga tu proyecto, y hacen falta al menos 40 puntos para conseguir la subvención. Si se conceden subvenciones en las dos líneas de la convocatoria, el máximo por proyecto es de 3.000€. La cuantía concedida se libra de una sola vez, tras la resolución definitiva.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto con sus objetivos, el presupuesto desglosado de ingresos y gastos, el calendario de actividades y los recursos humanos
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Reúne los anexos normalizados y la documentación que exige la convocatoria, firmados digitalmente
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Presenta una solicitud por proyecto de forma telemática en el registro electrónico general del Ayuntamiento, en su sede electrónica
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Subsana en un plazo no superior a diez días hábiles si el Ayuntamiento te requiere documentación o detecta deficiencias
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Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y alega o reformula en diez días naturales si te interesa
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Comunica tu aceptación de la subvención en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación
Documentación necesaria
- Solicitud en impreso normalizado (Anexo 1)
- Memoria de las actividades realizadas en 2025 por la entidad o persona solicitante, con el importe de todas las subvenciones concedidas ese año (Anexo 2)
- Proyecto de la actividad para la que pides la subvención, en modelo normalizado (Anexo 3)
- Declaración de otras subvenciones obtenidas para el programa o actividad (Anexo 4)
- Declaración responsable de reunir los requisitos para ser beneficiario y de no estar incurso en causa de exclusión (Anexo 5)
- Copia de los estatutos y certificación de los miembros de los órganos de gobierno con sus cargos y del número de socios, en su caso
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante y del Código de Identificación Fiscal de la entidad
- Documento acreditativo de representación o apoderamiento del solicitante
- Fotocopia del contrato de arrendamiento y del último recibo de renta abonado, si incluyes gastos de alquiler de inmuebles