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Ayudas Claras
Subvenciones Sevilla Cultura
Cultura Sevilla Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones de cultura en Valencina de la Concepción

Entre 1.000€ y 6.000€ por proyecto cultural en Valencina de la Concepción

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción para proyectos y actividades culturales
Para quién
Asociaciones, entidades y personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que organizan actividades culturales
Cuánto
  • El máximo por proyecto depende de cuántas líneas reciban subvención
    Si se conceden subvenciones en...Máximo por proyecto
    Las dos líneas de la convocatoria3.000€
    Solo una de las dos líneas6.000€
    La subvención mínima por proyecto es de 1.000€, o del 100% si el proyecto presentado tiene menor presupuesto. Los proyectos seleccionados pueden recibir hasta el 100% del importe solicitado.
Qué cubre
  • Proyectos creativos o de formación cultural en artes plásticas, audiovisuales y nuevas tecnologías
  • Proyectos creativos o de formación cultural en circo contemporáneo
  • Gastos de alquiler de inmuebles con relación directa con la actividad subvencionada, sin contar los gastos generales de mantenimiento
Requisitos
  • Vas a realizar la actividad en el término municipal de Valencina de la Concepción
  • Si eres una entidad, estás legalmente constituida e inscrita en el registro administrativo que te corresponde
  • Si eres persona jurídica, tus fines estatutarios coinciden con las finalidades culturales de la convocatoria
  • No eres deudor del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción por ninguna deuda tributaria o no tributaria
  • Dispones de estructura y capacidad suficientes para ejecutar el proyecto que propones
  • Estás al corriente del pago de reintegros de subvenciones que recibieras antes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto o la actividad cultural que fundamenta la concesión
  • Comunica por escrito si aceptas o renuncias a la subvención en los 15 días hábiles siguientes a la notificación
  • Realiza la actividad antes del 30 de abril de 2027 y presenta la justificación antes del 1 de junio de 2027
  • Presenta facturas por el 100% del presupuesto admitido en la memoria económica
  • Avisa al Ayuntamiento si consigues otras subvenciones, ayudas o ingresos para la actividad subvencionada
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y de control financiero de los órganos competentes
Cuándo

El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 5 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad cultural con un proyecto para Valencina de la Concepción
  • Eres una persona física o jurídica, con o sin ánimo de lucro, que organiza actividades culturales
  • Tu proyecto es creativo o de formación en artes plásticas, audiovisuales o nuevas tecnologías
  • Tu proyecto es creativo o de formación en circo contemporáneo
  • Tu actividad va dirigida al público en general, sin limitación de edad
  • Actúas en un ámbito mayor, pero ejecutas el proyecto en Valencina de la Concepción
  • Tu proyecto se ejecuta fuera del término municipal de Valencina de la Concepción
  • Tu proyecto no tiene carácter cultural ni sociocultural
  • Tienes deuda en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
  • Tu proyecto no alcanza los 40 puntos mínimos de la valoración
  • Quieres presentar varios proyectos: solo se admite uno por solicitante
  • Te han sancionado por resolución firme por prácticas laborales discriminatorias

Cuánto puedes recibir

Recibes entre 1.000€ y 6.000€ por proyecto y puedes llegar a cobrar el 100% del importe que solicitas. El reparto se hace proporcionalmente a los puntos que obtenga tu proyecto, y hacen falta al menos 40 puntos para conseguir la subvención. Si se conceden subvenciones en las dos líneas de la convocatoria, el máximo por proyecto es de 3.000€. La cuantía concedida se libra de una sola vez, tras la resolución definitiva.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto con sus objetivos, el presupuesto desglosado de ingresos y gastos, el calendario de actividades y los recursos humanos

  2. Reúne los anexos normalizados y la documentación que exige la convocatoria, firmados digitalmente

  3. Presenta una solicitud por proyecto de forma telemática en el registro electrónico general del Ayuntamiento, en su sede electrónica

  4. Subsana en un plazo no superior a diez días hábiles si el Ayuntamiento te requiere documentación o detecta deficiencias

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y alega o reformula en diez días naturales si te interesa

  6. Comunica tu aceptación de la subvención en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación

Documentación necesaria

  • Solicitud en impreso normalizado (Anexo 1)
  • Memoria de las actividades realizadas en 2025 por la entidad o persona solicitante, con el importe de todas las subvenciones concedidas ese año (Anexo 2)
  • Proyecto de la actividad para la que pides la subvención, en modelo normalizado (Anexo 3)
  • Declaración de otras subvenciones obtenidas para el programa o actividad (Anexo 4)
  • Declaración responsable de reunir los requisitos para ser beneficiario y de no estar incurso en causa de exclusión (Anexo 5)
  • Copia de los estatutos y certificación de los miembros de los órganos de gobierno con sus cargos y del número de socios, en su caso
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante y del Código de Identificación Fiscal de la entidad
  • Documento acreditativo de representación o apoderamiento del solicitante
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento y del último recibo de renta abonado, si incluyes gastos de alquiler de inmuebles

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
No. Esta convocatoria no admite más de un proyecto por solicitante, y tienes que presentar una solicitud por cada proyecto.
¿Puedo cobrar esta subvención si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí, con un límite. Es compatible con subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de otras administraciones o entidades públicas o privadas, y tienes que declarar su importe en la solicitud. En cambio, el proyecto solo puede incluir una subvención municipal entre sus fuentes de financiación: es incompatible con otras convocatorias del propio Ayuntamiento y con cualquier concesión directa.
¿Qué puedo hacer si me conceden menos de lo que pedí?
Tras la resolución provisional, si la subvención no cubre el 100% del presupuesto, puedes reformular el proyecto en un plazo de 10 días naturales previo a la resolución definitiva.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para subsanarla en un plazo no superior a diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido y se archivará sin más trámite.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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