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Ayudas Claras
Subvenciones España I+D+i
I+D+i España Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a infraestructuras de investigación de uso dual

Entre 900.000€ y 8.000.000€ por solicitud para infraestructuras de uso dual

Lo que significa

Qué es
Subvención estatal por concurrencia competitiva para crear y mejorar infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual
Para quién
Universidades públicas, organismos públicos de investigación y otros centros públicos de I+D
Cuánto
  • Entre 900.000€ y 8.000.000€ por solicitud, con tope según la comunidad autónoma del proyecto
    Comunidad autónomaImporte de ayudaIntensidad máxima
    AndalucíaEntre 900.000€ y 8.000.000€95%
    AragónEntre 900.000€ y 1.881.600€80%
    Balears (Illes)Entre 900.000€ y 1.079.268,16€80%
    CanariasEntre 900.000€ y 3.442.764,33€95%
    Castilla - La ManchaEntre 900.000€ y 8.000.000€95%
    Castilla y LeónEntre 900.000€ y 3.636.000€80%
    Comunitat ValencianaEntre 900.000€ y 7.675.200€80%
    ExtremaduraEntre 900.000€ y 8.000.000€95%
    GaliciaEntre 900.000€ y 8.000.000€80%
    Murcia (Región de)Entre 900.000€ y 2.289.600€80%
    La intensidad se aplica exclusivamente sobre el presupuesto subvencionable, excluyendo los gastos no subvencionables aunque formen parte del coste total del proyecto.
Qué cubre
  • Costes de inversión en activos materiales e inmateriales
  • Construcción y mejora de infraestructuras de investigación en tecnologías de uso dual
  • Subcontratación de hasta el 50% del presupuesto subvencionable
Requisitos
  • Presentas la solicitud en solitario: no se admiten consorcios ni agrupaciones
  • El proyecto se adscribe y se ejecuta en una sola comunidad autónoma, que indicas en la solicitud
  • La ayuda que pides está entre 900.000€ y el máximo asignado a tu comunidad autónoma
  • Tu infraestructura es de investigación: las de ensayo y experimentación quedan fuera
  • No tienes pendiente la devolución de subvenciones recibidas antes
  • Adjuntas la memoria técnica del proyecto; sin ella la solicitud se inadmite
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y cumple sus objetivos en un plazo máximo de 30 meses desde que se publica la resolución de concesión
  • Justifica el presupuesto total del proyecto en un plazo máximo de tres meses desde que lo concluyas
  • Destina la infraestructura a investigación en tecnologías de uso dual y no utilices los activos financiados para tu actividad económica, salvo que ese uso sea puramente accesorio y de alcance limitado
  • Sométete a las comprobaciones e inspecciones del organismo que concede la ayuda y de los órganos de control
  • Conserva la documentación justificativa durante al menos cinco años
  • Comunica si obtienes otras ayudas, ingresos o recursos para el mismo proyecto
  • Devuelve la ayuda si incumples las condiciones de la concesión
Fechas estimadas
  • Abre: 7 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 9 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una universidad pública o uno de sus institutos universitarios
  • Eres un organismo público de investigación de la Administración General del Estado
  • Eres un centro público de I+D con personalidad jurídica propia
  • Quieres construir o mejorar una infraestructura de investigación en tecnologías de uso dual
  • El proyecto se ejecuta en una de las comunidades autónomas incluidas en la convocatoria
  • No eres universidad pública, organismo público de investigación ni centro público de I+D
  • Presentas la propuesta como consorcio, unión temporal o cualquier otra agrupación
  • La ayuda que necesitas es inferior a 900.000€ o supera el tope de tu comunidad autónoma
  • El proyecto se reparte entre varias comunidades autónomas
  • Tu infraestructura es de ensayo y experimentación, no de investigación

Cuánto puedes recibir

La ayuda por solicitud va de un mínimo de 900.000€ a un máximo de 8.000.000€, siempre dentro del tope asignado a la comunidad autónoma donde ejecutes el proyecto. Se calcula aplicando un porcentaje sobre el presupuesto subvencionable: el 95% en Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha y Extremadura, y el 80% en Aragón, Illes Balears, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Galicia y Región de Murcia. Si te conceden la ayuda, puedes pedir un anticipo de hasta el 80% del importe concedido.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Define el presupuesto subvencionable del proyecto y la comunidad autónoma donde lo vas a ejecutar

  2. Prepara la memoria técnica del proyecto, que no puede exceder de 100 páginas

  3. Reúne la documentación exigida y fírmala digitalmente con un representante apoderado

  4. Presenta el formulario de solicitud en la sede electrónica del organismo, en castellano

  5. Si te requieren subsanar defectos u omisiones, responde en los diez días hábiles siguientes

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud firmado digitalmente
  • Memoria técnica del proyecto, de máximo 100 páginas
  • Acreditación del representante del solicitante
  • Declaración de ausencia de conflicto de intereses del representante
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos y obligaciones de la convocatoria
  • Declaración responsable sobre otras ayudas para la misma actuación o finalidad
  • Declaración de cumplimiento del principio de no causar daño significativo
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, solo si te opones a la consulta de oficio

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar la solicitud junto con otras entidades?
No. La presentación tiene que ser individual: no se tienen en consideración las propuestas de consorcios, uniones temporales ni ninguna forma de agrupación.
¿Cuándo sabré si me han concedido la ayuda?
El plazo máximo para resolver y notificar la concesión es de seis meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Puedo cobrar parte de la ayuda por adelantado?
Sí. Una vez te notifiquen la resolución de concesión, puedes pedir un anticipo de hasta el 80% de la ayuda concedida.
¿Puedo subcontratar parte del proyecto?
Sí, hasta el 50% del presupuesto subvencionable. En los casos que necesitan autorización previa, si no te resuelven en tres meses se entiende concedida.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene defectos u omisiones?
Te requieren para que los corrijas en diez días hábiles. La memoria técnica es la excepción: si falta o no tiene el contenido mínimo, la solicitud se inadmite y no puede subsanarse.

Fuentes oficiales

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