Ayudas al funcionamiento de clústeres en Baleares
Hasta 125.000€ por beneficiario y anualidad para clústeres de Baleares
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Gobierno balear, por orden de llegada, para el funcionamiento de los clústeres o agrupaciones empresariales innovadoras.
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro que gestionan un clúster o agrupación empresarial innovadora de las Illes Balears.
- Cuánto
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- Hasta 125.000€ por beneficiario y anualidad, con una intensidad máxima del 50% del gasto
La intensidad máxima es del 50% durante los seis primeros años subvencionados. A partir del séptimo puede ser menor según la certificación ESCA de la entidad: con Gold Label se mantiene el 50% y con Bronze o Silver Label baja.Línea Importe máximo Línea 1 · funcionamiento del clúster 125.000€ por beneficiario y anualidad Línea 2 · personal ya ejecutado en 2026 67.125€ por beneficiario Las dos líneas de forma combinada 125.000€ por beneficiario y anualidad
- Hasta 125.000€ por beneficiario y anualidad, con una intensidad máxima del 50% del gasto
- Qué cubre
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- Sueldos y Seguridad Social del personal contratado por el clúster
Concepto Máximo subvencionable Coste anual de cada trabajador 53.700€ Imputación mensual de cada trabajador 4.475€ Coste anual del clúster director 82.154€ Imputación mensual del clúster director 6.846,17€ - Gastos corrientes: alquiler de la sede, suministros, comunicaciones y licencias informáticas
- Consultoría, auditoría, promoción y los viajes y dietas fuera de la isla de la sede
Las colaboraciones externas no pueden superar el 30% de la cuantía total a subvencionar y la auditoría externa, el 3% del coste de la actuación subvencionada.
- Sueldos y Seguridad Social del personal contratado por el clúster
- Requisitos
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- Tu entidad está dada de alta en el registro balear de agrupaciones empresariales innovadoras cuando acaba el plazo de solicitud
- Tu entidad no tiene ánimo de lucro y combina empresas con centros de investigación o de formación
- Pides la ayuda como entidad jurídica que gestiona la agrupación, no como empresa miembro
- Tu entidad no ha recibido ayudas de funcionamiento durante más de diez años
- Tu entidad no ha sido sancionada por incumplir la normativa de igualdad o los derechos del colectivo LGTBI
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a la actuación que solicitaste y mantén la actividad subvencionada
- Presenta tres proyectos colaborativos a convocatorias públicas durante la ejecución; en la anualidad de 2027, uno debe ser de ámbito europeo
- Justifica los gastos entre el 1 y el 15 de enero del año siguiente a la concesión, con informe de auditoría
- Implanta indicadores de rendimiento que midan el impacto del clúster en sus empresas y ten un plan de contingencia anual
- Muestra los logotipos oficiales exigidos en la sede, la web, las comunicaciones y los eventos que organices
- Conserva la documentación justificativa y sométete a las comprobaciones y controles de la administración
- Cuándo
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- Abre: 24 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
Esta convocatoria tiene dos plazos. Para la anualidad de 2026 eran treinta días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, el 23 de junio de 2026, así que ese periodo ya terminó. Para la anualidad de 2027, y solo en la línea 1, las solicitudes se presentan del 1 al 31 de diciembre de 2026. Confirma cuál te corresponde con la Conselleria antes de presentarla.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Gestionas un clúster o agrupación empresarial innovadora de las Illes Balears
- Tu entidad está dada de alta en el registro balear de agrupaciones empresariales innovadoras
- Tu entidad no tiene ánimo de lucro
- Tu entidad reúne empresas con centros de investigación o de formación
- Quieres financiar los sueldos del personal que coordina el clúster
- Necesitas cubrir el alquiler de la sede, los suministros y las comunicaciones
- Tu entidad no está dada de alta en el registro de agrupaciones empresariales innovadoras
- Pides la ayuda como empresa del clúster y no como entidad que lo gestiona
- Tu entidad ha recibido ayudas de funcionamiento durante más de diez años
- Otro programa de la Unión Europea ya cubre ese mismo coste
- Tu entidad ha sido sancionada por incumplir la normativa de igualdad o los derechos del colectivo LGTBI
Cuánto puedes recibir
Cobras como máximo 125.000€ por beneficiario y anualidad sumando las dos líneas de la convocatoria; la línea de gastos de personal ya ejecutados en 2026 tiene además su propio tope de 67.125€ por beneficiario. La ayuda cubre hasta el 50% del gasto subvencionable durante los seis primeros años subvencionados; a partir del séptimo ese porcentaje puede ser menor según la certificación ESCA que tenga tu entidad, y se mantiene en el 50% si tiene Gold Label. Se paga anticipadamente el 100% del importe concedido una vez dictada la resolución de concesión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está dada de alta en el registro balear de agrupaciones empresariales innovadoras
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Prepara la memoria técnica y económica de la línea 1 o la memoria justificativa de la línea 2
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente en el trámite telemático de la sede electrónica
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Si falta algún documento, subsana las deficiencias en el plazo de diez días que te indiquen
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Espera la resolución, que se dicta y notifica en un plazo de seis meses desde que entra tu solicitud
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención firmada electrónicamente por el representante legal de la entidad
- Memoria técnica y económica firmada con el contenido del impreso 1 (línea 1)
- Memoria justificativa firmada de las acciones realizadas, con el contenido del impreso 2 (línea 2)
- Declaración responsable de no estar en ninguna de las circunstancias que impiden ser beneficiario
- Declaración de las subvenciones o ayudas solicitadas u obtenidas para la misma finalidad (modelo 1)
- Tres ofertas previas para los gastos iguales o superiores a 15.000€ en bienes de equipo o servicios de consultoría (modelo 2)
- Declaración de datos bancarios, incluida en la solicitud
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, solo si no autorizas la consulta de oficio
- Documentación que acredite que no dispones de recursos suficientes, si pides el pago anticipado parcial