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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Económico
Económico Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para escuelas deportivas en Gijón

Subvención por concurrencia para programas de escuelas deportivas en Gijón

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Patronato Deportivo Municipal de Gijón para programas de escuelas deportivas.
Para quién
Entidades deportivas del municipio de Gijón.
Cuánto
Importes en euros: 400 + (unidades deportivas urbanas × 2.000) + (unidades rurales × 2.200). Si desarrollas la actividad en un único centro: 320 + (urbanas × 1.600) + (rurales × 1.760)
Qué cubre
  • Gastos de personal técnico, de coordinación y administrativo relacionado directamente con la actividad
  • Adquisición de material deportivo y de equipaciones
  • Seguros de responsabilidad civil y de accidentes, y botiquín
  • Formación del personal técnico
  • Organización o participación en eventos y torneos deportivos que incluyan a los participantes del programa: transporte, kilometraje, alojamiento y manutención del desplazamiento
  • Gastos indirectos (sede social, luz, agua, gas, teléfono, material de oficina, asesorías y comisiones bancarias) hasta el 20% de la subvención
  • El IVA y otros impuestos indirectos que tu entidad no pueda recuperar ni compensar
  • Solo gastos corrientes de la temporada 2026/2027 (del 1 de septiembre de 2026 al 31 de julio de 2027): no cubre inversiones ni la compra de material inventariable
Requisitos
  • Eres una entidad deportiva legalmente constituida al amparo del Decreto 24/1998 del Principado de Asturias
  • Estás inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Gijón, en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias y en la federación correspondiente o en una asociación o delegación reconocida por el Consejo Superior de Deportes
  • Tu solicitud obtiene al menos 30 puntos en los criterios de valoración: por debajo de esa puntuación no se obtiene la condición de beneficiaria
  • No tienes deudas de derecho público con el Ayuntamiento de Gijón exigibles por vía de apremio y estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Presentas la solicitud por medios electrónicos: como persona jurídica estás obligada a relacionarte así con el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica los gastos con la cuenta justificativa simplificada del Patronato Deportivo Municipal
  • Presenta una memoria de actuación con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
  • Si tu subvención supera los 4.000 €, al menos el 60% de los gastos que justifiques deben ser de personal o de su subcontratación
  • No cobres pagos adicionales al alumnado participante: el Patronato puede revocar las unidades afectadas
  • Cuenta con certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal que vaya a trabajar con los menores
  • Da publicidad al carácter público de la financiación con la marca Gijón Deporte en el material y un banner en tu web, y aporta carteles, folletos o fotografías
  • Declara los demás ingresos y subvenciones que hayan financiado el mismo proyecto
  • Conserva las facturas: si te toca el muestreo, tendrás diez días hábiles para presentarlas
Cuándo

El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 2 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad deportiva del municipio de Gijón
  • Vas a impartir escuelas deportivas de deporte base en centros escolares de Gijón durante el curso 2026/2027
  • Trabajas con alumnado de Educación Primaria y Secundaria, desde prebenjamín hasta cadete
  • Participas en el programa de Escuelas Deportivas del Patronato Deportivo Municipal
  • Eres una persona física: esta línea solo la pueden pedir entidades deportivas
  • Tu entidad deportiva no pertenece al municipio de Gijón
  • Tienes deudas de derecho público con el Ayuntamiento de Gijón en vía de apremio
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
  • Tu proyecto es de competición oficial en edad escolar: eso va por la línea 10

Cuánto puedes recibir

La cuantía no se negocia: sale de una fórmula. Si desarrollas la actividad en varios centros escolares o espacios deportivos, la subvención en euros es 400 + (número de unidades deportivas urbanas × 2.000) + (número de unidades deportivas rurales × 2.200). Si trabajas en un único centro, es 320 + (urbanas × 1.600) + (rurales × 1.760). Se consideran rurales las unidades que se imparten en el CEE Castiello y en los colegios públicos Cabueñes, Jacinto Benavente, Monteana y Pinzales. Una unidad deportiva es cada grupo formado por un monitor o monitora y su alumnado, con un mínimo de 8 y un máximo de 12 participantes. Esta línea es la única de la convocatoria que puede llegar a cubrir el 100% del presupuesto del proyecto, y la subvención no puede superar la cantidad que hayas solicitado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el modelo de solicitud con la ficha del proyecto y el fichero de acreedores

  2. Presenta la solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación del extracto

  3. Si te requieren documentación, subsánala en el plazo improrrogable de diez días hábiles

  4. Espera el acuerdo de concesión de la Junta Rectora, que se publica en la sede electrónica

  5. Justifica la subvención con la cuenta justificativa simplificada, como máximo el 10 de agosto de 2027

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de ayudas y subvenciones, que incluye la ficha del proyecto con el presupuesto detallado de ingresos y gastos (modelo 03.30)
  • Fichero de acreedores (modelo 09.01)
  • Copia del NIF de la entidad y de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional
  • Historial deportivo de la entidad, con la fecha de constitución y la relación de personal técnico, titulaciones y funciones
  • Proyecto técnico deportivo, especificando los centros escolares en los que quieres trabajar y los monitores de cada uno
  • Memoria de actuación LOPIVI: delegado de protección, declaración de compromiso con el protocolo, certificados de formación del personal y plan de implantación
  • Memoria técnica de los programas deportivos para menores con discapacidad y de competiciones adaptadas
  • Justificante de pago del seguro de responsabilidad civil
  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales
  • Cuenta justificativa simplificada (modelo 03.33), para justificar la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar la solicitud en papel?
Tu entidad está obligada a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento, así que la solicitud va por el registro electrónico. Si la presentas en papel, te requerirán para que la subsanes electrónicamente y contará como fecha de presentación la de la subsanación.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Patronato te requerirá para que aportes la documentación que falta o subsanes los defectos en un plazo improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Cuánto se tarda en resolver?
El acuerdo se adopta en un máximo de quince días hábiles desde la propuesta definitiva y, en todo caso, dentro de los seis meses siguientes a la publicación del extracto. Si pasan esos seis meses sin notificación, se entiende desestimada.
¿Puedo recurrir el acuerdo de concesión?
Sí. Cabe recurso de alzada ante el Pleno del Ayuntamiento de Gijón en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del acuerdo en la sede electrónica.
¿Me van a pedir las facturas de todos los gastos?
No a todo el mundo: se comprueba una muestra de, al menos, el 25% de los expedientes. Si te seleccionan, se te requerirán las facturas y tendrás diez días hábiles para presentarlas.

Fuentes oficiales

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