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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Agricultura
Agricultura Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda por animal reproductor para ganadería en Canarias

Ayuda por cada animal reproductor que introduces en Canarias, de 1€ a 680€.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Consejería de Agricultura de Canarias para el suministro de animales reproductores.
Para quién
Operadores que introducen animales reproductores en Canarias, tanto pequeñas empresas como personas físicas con actividad económica.
Cuánto
  • Importe por cabeza según la especie
    Tipo de reproductorImporte de la ayuda
    Bovinos619€ en Tenerife y Gran Canaria · 680€ en el resto de las islas
    Porcinos565€ por macho · 305€ por hembra
    Pollitas de puesta1€ por cabeza
    Conejos34€ por abuelos · 22,60€ por padres
    Los cupos de animales disponibles se distribuyen proporcionalmente entre las solicitudes presentadas, hasta agotar el balance de cada periodo.
Qué cubre
  • La adquisición de los animales reproductores necesarios para la producción ganadera en Canarias
  • Animales de las especies bovina, porcina, cunícola y avícola de puesta
Requisitos
  • Introduces en Canarias animales con destino a explotaciones ganaderas locales
  • Tienes autorizado de forma expresa el cupo para el animal
  • Respetas el cupo de reposición que corresponde a la explotación de destino
    EspecieCupo de reposición
    Vacuno20 hembras o el 25% de reproductoras de la explotación
    Porcino25 hembras o el 35% de reproductoras de la explotación
    Cunícola50 hembras o el 35% de reproductoras; en abuelas, el 20% del censo de madres
    AvícolaEl 80% de las gallinas de puesta de la explotación
    Machos, padres o abuelosNo más del 10% del censo de hembras, madres o abuelas
    Los cupos se calculan sobre el censo máximo declarado el año anterior a la campaña. En explotaciones que iniciaron actividad en los seis meses anteriores a la solicitud se puede autorizar, por una vez, el 80% de su capacidad.
  • Los animales destinados a explotaciones avícolas son hembras para puesta
  • Los bovinos llegan con menos de treinta y seis meses de edad

    Son de raza pura acreditada con certificado zootécnico para animales reproductores de raza pura, salvo dos casos: los reproductores destinados a explotaciones de producción de carne pueden ser de cualquier raza de aptitud exclusivamente cárnica, y los machos destinados a explotaciones lácteas como sementales para cruce industrial pueden ser de las razas limousine, charolés o blanco azul belga. Las hembras destinadas a explotaciones lácteas llegan preñadas, con certificado veterinario, y la importación se hace entre el cuarto y el octavo mes de gestación. La producción en lactación finalizada (305 días) de su madre debe alcanzar 17.500 Kg, 220 Kg de grasa y 205 Kg de proteína en la primera lactación, o una media de 8.000 Kg, 245 Kg de grasa y 215 Kg de proteína en las tres primeras lactaciones. En las razas Jersey y Guernsey: 4.500 Kg, 215 Kg de grasa y 160 Kg de proteína en la primera lactación, o una media de 5.000 Kg, 250 Kg de grasa y 180 Kg de proteína en las tres primeras lactaciones.

  • Cumples los requisitos sanitarios, de bienestar animal, de identificación y medioambientales exigidos
Obligaciones
  • Mantén los bovinos y porcinos doce meses en la explotación de destino, sin trasladarlos a otra salvo circunstancias extraordinarias autorizadas por la Dirección General de Ganadería
  • Trae los animales a Canarias dentro de las fechas del periodo de importación que te corresponda
  • Si haces recría en una explotación intermedia, lleva los animales a la de destino como máximo tres meses después de que acabe el plazo de importación
  • Comunica la llegada de los animales a la Dirección General de Ganadería en los quince días siguientes
  • Avisa en los quince días siguientes si un animal muere o se sacrifica de urgencia durante el periodo de retención
  • Presenta la renuncia en los tres primeros meses tras publicarse la asignación si no vas a importar todos los animales
Cuándo
  • Abre: 1 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Introduces en Canarias animales reproductores con destino a explotaciones ganaderas locales
  • Trabajas con ganado bovino, porcino, cunícola o avícola de puesta
  • Tienes autorizado de forma expresa el cupo para los animales
  • Puedes mantener los bovinos y porcinos doce meses en la explotación de destino
  • Tu explotación inició actividad en los seis meses anteriores a la solicitud
  • Los animales que introduces no son reproductores de esas cuatro especies
  • Quieres llevar machos a una explotación avícola de puesta
  • Los bovinos llegan con treinta y seis meses de edad o más
  • No tienes autorizado el cupo para el animal
  • Te asignaron cupo, importaste menos de la cuarta parte y no renunciaste a tiempo: no te asignan cupo en el siguiente periodo

Cuánto puedes recibir

Cobras una cantidad fija por cada cabeza que introduces, según la especie: 619€ por bovino en Tenerife y Gran Canaria y 680€ en el resto de las islas, 565€ por macho y 305€ por hembra en porcino, 1€ por pollita de puesta, y 34€ por abuelos y 22,60€ por padres en conejos. El número de animales que puedes cobrar depende del cupo autorizado para cada explotación. El abono se hace en dos pagos, entre el 1 de enero de 2027 y el 30 de junio de 2028, en la cuenta corriente que indiques en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la certificación o documento bancario que acredite la titularidad de tu cuenta corriente

  2. Presenta la solicitud en forma electrónica, con el modelo normalizado de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, dentro del periodo que te corresponda

  3. Consulta el cupo que te asignan en el Tablón de Anuncios Electrónicos de la Comunidad Autónoma de Canarias

  4. Introduce los animales en Canarias durante las fechas establecidas para ese periodo de importación

  5. Comunica la llegada de los animales a la Dirección General de Ganadería con el anexo que corresponda a la especie

  6. Aporta con esa comunicación el certificado de introducción, el justificante de pago del IGIC y la factura de compra

Documentación necesaria

  • Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente donde quieres recibir la ayuda
  • Comunicación de llegada de vacuno (Anexo I)
  • Comunicación de llegada del resto de especies: porcino, cunícola o avícola (Anexo II)
  • Certificado H1 correspondiente a la introducción de los animales en Canarias
  • Justificante de pago del IGIC
  • Copia de la factura de compra de los animales
  • Certificado veterinario de preñez, en el caso del vacuno
  • Certificados zootécnicos de animales reproductores de raza pura, en el caso del vacuno

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
Hay dos periodos. Del 1 al 15 de diciembre de 2026, para animales que vas a importar entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027; y del 1 al 15 de mayo de 2027, para los que importes entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2027.
¿Qué pasa si me asignan cupo y no importo todos los animales?
Si no presentas la renuncia en los tres primeros meses tras publicarse la asignación, te penalizan en las siguientes solicitudes: si te quedas entre un 10% y un 75% por debajo del cupo asignado, te reducen el cupo en ese mismo porcentaje en el siguiente periodo; si te quedas entre el 75% y el 100% por debajo, no te asignan cupo en el siguiente periodo.
¿Se puede ampliar el cupo si sobra balance?
Sí. Si queda balance después de asignar los cupos, las explotaciones que hubieran introducido el cupo total disponible de la campaña pueden pedir hasta el doble, sin superar el 100% del censo o de la capacidad de la explotación. Esas solicitudes se presentan entre el 1 y el 15 de septiembre de 2027 y los animales deben llegar antes del 31 de enero de 2028.
¿Puedo hacer recría en otra explotación antes de llevarlos a su destino?
Sí. Una vez introducidos en Canarias puedes hacer la recría en una explotación intermedia, pero los animales deben llegar a la explotación de destino como máximo tres meses después de que acabe el plazo de importación. Si no, pierdes el derecho a la ayuda de los animales afectados.
¿Tengo que volver a aportar la documentación bancaria?
Solo si no la presentaste después de la campaña 2020. Si ya la aportaste, basta con especificar en qué campaña la presentaste.

Fuentes oficiales

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