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Ayudas Claras
Subvenciones Murcia Económico
Económico Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a pymes de Murcia para misión comercial internacional

Subvención del 70% de la misión comercial, hasta 5.483,33€ por beneficiario

Lo que significa

Qué es
Subvención del Instituto de Fomento de la Región de Murcia para participar en la misión comercial a República Dominicana y Costa Rica.
Para quién
Pymes y comunidades de bienes de la Región de Murcia, de cualquier sector de actividad.
Cuánto
  • El 70% del coste, con un tope que depende de los países en los que participes
    ParticipaciónCuantía máxima de la ayuda
    En los dos países5.483,33€
    Solo en República Dominicana4.153,33€
    Solo en Costa Rica3.523,33€
    La intensidad de la ayuda es del 70% de subvención bruta y la cuantía máxima se fija por beneficiario.
Qué cubre
  • Consultoría o asistencia externa especializada en el mercado objetivo, antes y durante la misión
  • Viaje en clase turista al país de destino y desplazamientos interurbanos de una persona por empresa beneficiaria
  • Alojamiento con desayuno, seguro de viaje y visado de una persona por empresa beneficiaria
Requisitos
  • La actividad de tu proyecto se localiza en la Región de Murcia
  • Tu actividad pertenece a cualquier sector, salvo pesca, acuicultura y producción primaria de productos agrícolas
  • Cumplimentas el CNAE de tu actividad en la solicitud para que comprueben que es elegible
  • Abonas la cuota de participación y adjuntas el justificante del ingreso a la solicitud
  • Dispones de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica
  • La misión comercial está destinada a abrir un nuevo mercado o a lanzar un nuevo producto
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la cuenta justificativa con el desglose de los gastos y las copias de las facturas
  • Da publicidad al carácter público de la financiación con al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente
  • Declara, junto a la justificación, otras ayudas de mínimis obtenidas en los tres años anteriores a tu solicitud
  • Conserva los documentos justificativos durante cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que recibas el último pago
  • Sométete a los controles del Instituto de Fomento y del resto de órganos fiscalizadores, y facilita la información que te pidan
  • Comunica en 10 días cualquier abono o cambio posterior al pago de un gasto ya justificado
Cuándo
  • Abre: 7 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una pyme cuya actividad se localiza en la Región de Murcia
  • Eres una comunidad de bienes con actividad en la Región de Murcia
  • Quieres visitar clientes potenciales en República Dominicana o Costa Rica
  • Puedes viajar entre el 21 y el 29 de noviembre de 2026
  • Buscas abrir un nuevo mercado o lanzar un nuevo producto
  • Tu empresa se dedica a la pesca o a la acuicultura
  • Te dedicas a la producción primaria de productos agrícolas
  • La actividad de tu proyecto no se localiza en la Región de Murcia
  • Tu empresa no encaja en la definición de pyme

Cuánto puedes recibir

Cobras el 70% del coste en forma de subvención bruta, con un tope por beneficiario que depende de tu participación: 5.483,33€ si vas a los dos países, 4.153,33€ solo a República Dominicana y 3.523,33€ solo a Costa Rica. Antes de justificar puedes pedir un anticipo de hasta el 100% de la subvención máxima concedida, sin necesidad de constituir garantía. Aparte, abonas una cuota de participación de 2.350€ más IVA por los dos países, 1.780€ solo República Dominicana o 1.510€ solo Costa Rica, que te reembolsan si no resultas beneficiario.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Abona la cuota de participación en la cuenta de la Cámara de Comercio de Murcia, indicando en el concepto la misión comercial

  2. Cumplimenta la solicitud normalizada indicando el CNAE de tu actividad

  3. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del Instituto de Fomento, firmada con certificado electrónico, y adjunta el justificante del ingreso de la cuota

  4. Subsana en diez días hábiles si el Departamento de Tramitación te requiere documentación

Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada firmada electrónicamente, con las declaraciones responsables integradas
  • Justificante del ingreso de la cuota de participación
  • Certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes, si no tienes tu residencia fiscal en España
  • Cuenta justificativa según modelo normalizado, con el desglose de gastos y las copias de las facturas

Preguntas frecuentes

¿Cuántas empresas pueden conseguir esta ayuda?
El número de empresas que pueden resultar beneficiarias de esta convocatoria está limitado a un máximo de 10.
¿Qué pasa si pago la cuota y al final no me conceden la ayuda?
Si no cumples las condiciones para ser beneficiario, o las cumples pero te quedas fuera por falta de presupuesto, te reembolsan el mismo importe de la cuota de participación que ingresaste.
¿Y si se cancela la misión comercial?
Si el Instituto de Fomento la cancela por causas sobrevenidas o porque no se alcanza un número mínimo de empresas participantes, se desestiman las solicitudes y se devuelven las cuotas ingresadas.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar no puede exceder de seis meses desde que presentas la solicitud. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Hasta cuándo puedo realizar y pagar los gastos?
El plazo de realización de los gastos elegibles y de sus pagos va desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta el 29 de febrero de 2027.

Fuentes oficiales

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