Ayudas a emprender y crear empleo en Caspe 2026
Hasta 6.000€ en gastos de inversión y hasta 2.000€ por tu primera contratación
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Caspe para poner en marcha una nueva actividad y crear empleo en el municipio.
- Para quién
- Autónomos y empresas de nueva creación, y empresas ya existentes que amplían su actividad o abren centro de trabajo en Caspe.
- Cuánto
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- Depende de la línea que pidas: gastos de inversión o creación de empleo
Las dos líneas pueden solicitarse en conjunto o por separado. La ayuda de empleo se limita al primer trabajador contratado por cada beneficiario.Concepto Cuantía Línea 1 · Inmovilizado material 50% del gasto subvencionable, máximo 3.000€ por solicitante Línea 1 · Inmovilizado intangible y gastos de puesta en marcha 50% del gasto subvencionable, máximo 3.000€ por solicitante Línea 1 · Tope de la línea 6.000€ como máximo por beneficiario Línea 2 · Contrato a jornada parcial, mínimo seis meses 1.000€ Línea 2 · Contrato a jornada completa, mínimo seis meses 2.000€
- Depende de la línea que pidas: gastos de inversión o creación de empleo
- Qué cubre
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- Gastos de inversión en inmovilizado material para la actividad
Reforma y acondicionamiento de inmuebles afectos a la actividad, instalaciones afectas en exclusiva, compra o alquiler de mobiliario, de maquinaria y utillaje, de equipos informáticos y de equipos de oficina, y compra o renting de vehículos afectos a la actividad. Quedan fuera la adquisición de terrenos y edificaciones.
- Gastos de primer establecimiento y puesta en marcha del negocio
Cánones de entrada a concesiones administrativas o franquicias, traspasos de negocio, alquileres de locales, honorarios de proyecto y dirección de obra, gastos de notario y registro y otros honorarios de asesoramiento legal y empresarial, publicidad y propaganda, y creación y diseño de páginas web, aplicaciones u otros desarrollos informáticos.
- La contratación del primer trabajador por cuenta ajena vinculado a la nueva actividad o al nuevo centro de trabajo
- Gastos de inversión en inmovilizado material para la actividad
- Requisitos
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- Inicias la actividad entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
- Tu centro de trabajo está domiciliado y ubicado en el municipio de Caspe
- Estás dado de alta por cuenta propia y en el censo de empresarios
Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente en la Comunidad Autónoma de Aragón. Además, alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, cuando proceda, en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- No has estado de alta por cuenta propia en los tres meses anteriores al inicio
- Has pedido la licencia de apertura o presentado la declaración responsable o comunicación previa de actividad, cuando resulte exigible
- Para la línea de inversión, acreditas una inversión mínima de 3.000 euros, sin IVA
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad tal como la planteaste en la solicitud y acredítalo ante el Ayuntamiento
- Mantén tu actividad empresarial durante al menos seis meses
- Mantén la contratación subvencionada durante al menos seis meses
- Presenta la justificación de los gastos antes del 15 de abril de 2027
- Comunica cualquier otra ayuda que recibas para lo mismo antes de justificar
- Sométete a las comprobaciones de los servicios técnicos municipales
- Fechas estimadas
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- Abre: 9 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 28 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has iniciado una nueva actividad empresarial o profesional desde octubre de 2025
- Tu centro de trabajo está domiciliado y ubicado en el municipio de Caspe
- Te has dado de alta por cuenta propia para arrancar esa actividad
- Tu empresa ya existente abre un nuevo centro de trabajo en Caspe
- Vas a contratar a tu primer trabajador por cuenta ajena
- Has invertido al menos 3.000 euros, sin IVA, en poner en marcha el negocio
- Solo has hecho una transformación jurídica de una empresa que ya existía
- Estuviste de alta por cuenta propia en los tres meses anteriores al nuevo inicio
- Tu centro de trabajo está fuera del municipio de Caspe
- Tuviste que devolver una ayuda municipal anterior por incumplimiento
- Eres persona jurídica y tus socios ejercieron por cuenta propia esa misma actividad en Caspe en los dos años anteriores
- Pides solo la línea de inversión y no llegas a 3.000 euros invertidos
Cuánto puedes recibir
En la línea de inversión cobras el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 3.000€ en inmovilizado material y otros 3.000€ en inmovilizado intangible y gastos de puesta en marcha, hasta un tope de 6.000€ por beneficiario. En la línea de empleo recibes 1.000€ si contratas a tu primer trabajador a jornada parcial durante al menos seis meses, y 2.000€ si es a jornada completa. Puedes pedir las dos líneas a la vez o solo una. El pago se liquida una vez que justificas documentalmente que cumples los requisitos exigidos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que iniciaste la actividad entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
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Reúne los documentos que exigen las bases, con los justificantes bancarios de cada pago
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Rellena la solicitud del Anexo I y la ficha de mantenimiento de terceros del Anexo II
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Caspe
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Si eres persona jurídica, presenta la solicitud por medios electrónicos
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Responde en 10 días hábiles si te piden documentación adicional o aclaraciones
Documentación necesaria
- Solicitud según el Anexo I de las bases
- Documentación que acredite tu identidad y, en su caso, la de tu representante legal
- Declaración responsable de no estar en ninguna de las situaciones que impiden ser beneficiario (incluida en el Anexo I)
- Ficha de mantenimiento de terceros con los datos de domiciliación bancaria (Anexo II original)
- Documento de alta en el censo del Impuesto de Actividades Económicas, con código de verificación
- Documento de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o del alta del trabajador vinculado a la nueva actividad, con código de verificación
- Informe de vida laboral tuyo o del trabajador contratado
- Certificado de inscripción en el INAEM o agencia de colocación con la situación de no ocupado o desempleado, si procede
- Fotocopia compulsada de la titulación de formación profesional o universitaria relacionada con el negocio, si procede
- Informe del Servicio Social Comarcal que acredite situación de riesgo de exclusión social, si procede
- Relación nominativa de gastos para la justificación (Anexo III), con facturas y justificantes bancarios de pago