Ayudas al emprendimiento joven y relevo en Caniles
Subvención para emprender o continuar un negocio en Caniles, hasta el 4 de diciembre
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Caniles para crear un negocio o asumir la titularidad de uno ya existente
- Para quién
- Jóvenes que emprenden en Caniles como autónomos o en sociedad, y personas que asumen la titularidad de un negocio del municipio
- Cuánto
- Subvención mínima de 1.000€ en la línea de relevo generacional; el máximo por solicitante no está fijado, se reparte entre las solicitudes admitidas
- Qué cubre
-
- Tus cuotas de autónomo o de la mutualidad del colegio profesional
- Alquiler o compra del local, tasas y licencias municipales, gestoría y asesoría
- Publicidad y marketing, equipos informáticos, mobiliario, materiales y programas
- Requisitos
-
- Tienes entre 18 y 40 años, inclusive, si pides la línea de emprendimiento joven
- Estás empadronado en Caniles al menos 6 meses seguidos antes de darte de alta como autónomo
- El domicilio fiscal de tu actividad está en Caniles; si constituyes una sociedad civil o mercantil, debe tener sede, oficina o local abierto en el municipio y ofrecer un producto o servicio directo a la población local
- Acreditas el traspaso o la continuidad de un negocio de más de 20 años si pides la línea de relevo generacional
- Has solicitado los permisos y licencias de apertura y pagado las tasas correspondientes
- No tienes expedientes de devolución de subvenciones concedidas antes por el Ayuntamiento de Caniles
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Mantente de alta como autónomo en el momento de justificar la ayuda
- Justifica el gasto en un plazo máximo de 6 meses después del primer pago
- Presenta la relación clasificada de gastos con las facturas y los justificantes de pago
- Destina la ayuda a gastos del primer año de actividad, por el orden de prelación de las bases
- Comunica por escrito al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones, ayudas o recursos con la misma finalidad, antes de justificar
- Publica en tu página web, redes sociales, establecimiento u otro medio de publicidad que el proyecto está impulsado con la iniciativa Caniles Emprende del Ayuntamiento de Caniles
- Ten en cuenta que si el gasto justificado y aceptado es menor, la ayuda se reduce hasta ajustarse a él
- Cuándo
-
- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 4 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes entre 18 y 40 años y quieres emprender en Caniles
- Te das de alta como trabajador autónomo a título individual
- Has constituido una comunidad de bienes o una sociedad civil
- Has asumido la titularidad de un negocio con más de 20 años
- Estás empadronado en Caniles desde hace al menos 6 meses
- Superas los 40 años y optas a la línea de emprendimiento joven
- No estás empadronado en Caniles los 6 meses previos al alta
- El domicilio fiscal de tu actividad está fuera de Caniles
- Constituyes una sociedad civil o mercantil y no tiene sede, oficina ni local abierto en Caniles
- Has incurrido en un expediente de devolución de una subvención concedida antes por el Ayuntamiento de Caniles
- Presentas la solicitud fuera de plazo
Cuánto puedes recibir
El importe que recibes no está fijado de antemano: el crédito de cada línea se reparte entre las solicitudes admitidas en función de los criterios de valoración, y en la línea de relevo generacional la subvención no baja de 1.000€. Cobras el 50% de la cantidad concedida al concederse la ayuda y el resto cuando justificas todo el gasto realizado. Si el gasto justificado y aceptado es inferior a la cantidad concedida, esta se reduce hasta ajustarse a él.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Rellena la solicitud y la memoria de la actividad empresarial que se adjuntan a las bases
-
Reúne los certificados de alta, el certificado de empadronamiento y el informe de vida laboral
-
Presenta una única solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Caniles o por ventanilla única
-
Si falta algún documento, subsánalo en los 5 días hábiles que te indiquen
-
Consulta la lista provisional de solicitudes, expuesta 5 días en la sede electrónica
-
Justifica los gastos en los 6 meses siguientes al primer pago
Documentación necesaria
- Solicitud de la subvención (Anexo I)
- Declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Caniles (Anexo II)
- Memoria de la actividad empresarial a desarrollar (Anexo III)
- Memoria de gastos y justificación (Anexo IV)
- Fotocopia del documento nacional de identidad del trabajador autónomo o del administrador de la sociedad, y del permiso de trabajo y residencia si eres extranjero no comunitario
- Estatutos de constitución de la sociedad y acreditación documental del cambio de titularidad del negocio, en el caso de sociedades civiles o mercantiles
- Fotocopia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o del alta en el censo de actividades económicas en el caso de sociedades
- Fotocopia del documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
- Declaración responsable o fotocopia de la solicitud de licencia de apertura y actividad del establecimiento
- Informe actualizado de vida laboral emitido por la Seguridad Social
- Certificado bancario de la cuenta corriente, a nombre del beneficiario de la subvención
- Certificado de empadronamiento del solicitante expedido por el Ayuntamiento de Caniles
- Acreditación, en su caso, del funcionamiento durante más de 20 años del negocio traspasado o continuado