Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana I+D+i
I+D+i Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Incubación y ayuda para startups de inteligencia artificial

Hasta 4.500€ el primer año para proyectos innovadores de inteligencia artificial

Lo que significa

Qué es
Programa de incubación por concurrencia competitiva de la Universitat de València para proyectos empresariales de inteligencia artificial.
Para quién
Promotores de proyectos empresariales, startups, spin-offs e investigadores del sector de la inteligencia artificial.
Cuánto
Hasta 4.500€ el primer año: máximo 2.000€ en efectivo y máximo 2.500€ en recursos y servicios de la universidad
Qué cubre
  • Desarrollo del producto o prototipo, servicios profesionales y solicitud de patentes
  • Formalización de la empresa, comunicación y publicidad, material fungible e inventariable y los viajes para asistir a jornadas
  • Espacio de uso individual, formación, mentorización y acceso a los servicios científico-técnicos de la universidad
Requisitos
  • Tu proyecto empresarial es innovador y se vincula a la inteligencia artificial o a las tecnologías habilitadoras digitales
  • Tu proyecto se basa en investigación, desarrollo e innovación
  • Puedes presentarte como persona física o jurídica, con la empresa constituida o sin constituir
  • La solicitud la presenta la persona que representa al proyecto empresarial
  • Aportas la información suficiente para que se pueda evaluar tu solicitud
  • Si quieres un despacho de uso individual, la empresa está constituida o te comprometes a constituirla en seis meses
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta formalmente la ayuda y cumple las bases de la convocatoria
  • Cumple los hitos y plazos de la hoja de ruta, incluido el plan de mentorización
  • Asiste a la formación del bootcamp y al evento de presentación pública de los proyectos seleccionados
  • Presenta un informe con las actividades, los resultados y los gastos, junto con las facturas, un mes antes de que acabe el proyecto
  • Devuelve el dinero que quede sin gastar, junto con los intereses que correspondan
  • Publicita el apoyo de IAtecUV en tu web o en tus redes sociales
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 18 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un proyecto empresarial innovador de inteligencia artificial
  • Tu startup o spin-off desarrolla soluciones en tecnologías habilitadoras digitales
  • Eres investigador con una línea de investigación de alto impacto y quieres emprender
  • Todavía no has constituido la empresa y eres el promotor responsable de la iniciativa
  • Tu proyecto se basa en investigación, desarrollo e innovación
  • Tu proyecto no se vincula a la inteligencia artificial ni a las tecnologías habilitadoras digitales
  • Lo que necesitas financiar son gastos de personal
  • Quieres un despacho de uso individual y no vas a constituir la empresa
  • No puedes asistir a la formación obligatoria del bootcamp de IAtecUV

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta 4.500€ durante el primer año de incubación, repartidos en dos tramos: un máximo de 2.000€ en efectivo para la persona que representa el proyecto, a los que se aplican las retenciones fiscales que establece la legislación vigente, y un máximo de 2.500€ en recursos y servicios que utilizas en la Universitat de València según la hoja de ruta que presentes. El dinero se hace efectivo una vez se formaliza el Protocolo de Adhesión. El segundo tramo se adjudica conforme a la necesidad que declares y a la justificación que presentes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el formulario de inscripción, la declaración responsable y la presentación o deck de tu proyecto

  2. Presenta la solicitud, preferentemente a través del registro electrónico de la universidad, antes del 18 de diciembre de 2026, o antes si se agotan las disponibilidades presupuestarias

  3. Envía el formulario con el botón «Enviar» de la pestaña «Finalizar» y guarda la copia en PDF de la propuesta

  4. Subsana en diez días lo que te reclamen si la solicitud no reúne los requisitos

  5. Presenta ante el Comité de Evaluación de Proyectos un pitch de hasta 5 minutos de tu proyecto

  6. Firma el Protocolo de Adhesión a la incubadora para que se haga efectiva la dotación económica

Documentación necesaria

  • Formulario de inscripción de IAtecUV (Anexo II)
  • Declaración responsable (Anexo III)
  • Presentación o deck del proyecto o startup solicitante

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya tengo otra subvención para lo mismo?
Sí. Se permite compatibilizar estos fondos con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, públicos o privados. El límite es que entre todas no superen el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no justifico los gastos o no cumplo las obligaciones?
Se puede revocar la concesión de la ayuda y reclamarte la devolución de las cantidades que hayas percibido. Si queda dinero sin gastar, lo reintegras junto con los intereses que correspondan.
¿Cuándo sabré si han seleccionado mi proyecto?
Las solicitudes presentadas hasta el 30 de octubre de 2026 se resuelven durante noviembre de 2026. Las presentadas entre el 31 de octubre y el 18 de diciembre de 2026 se resuelven durante enero.
¿Qué ocurre si mi solicitud está incompleta?
Te requieren para que en un plazo de diez días subsanes la falta o aportes la documentación obligatoria. Si no lo haces, se te tiene por desistido de tu petición.
¿Puedo recurrir la resolución si no me conceden la ayuda?
Sí. Puedes interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o directamente un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas