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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Cultura
Cultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones de vecinos de Tortosa

Subvención para actividades culturales de las asociaciones de vecinos de Tortosa.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Tortosa para actividades culturales y de ocupación del tiempo libre.
Para quién
Asociaciones de vecinos del municipio de Tortosa.
Cuánto
  • Importe fijo según el número de socios, más una parte variable
    Número de sociosImporte fijo
    Hasta 100200€
    De 101 a 200300€
    De 201 a 250800€
    De 251 a 400900€
    De 401 a 5001.000€
    Más de 5001.500€
    A ese importe fijo se suma una parte variable, que se reparte también según el número de socios. Si se valora la situación especial de dificultades sociales y urbanísticas del barrio, se atribuyen 750€ en cada barrio.
Qué cubre
  • Actividades de promoción de la cultura que organiza tu asociación
  • Actividades que promueven el empleo del tiempo libre en la ciudad
Requisitos
  • Tu asociación de vecinos actúa en el municipio de Tortosa
  • La actividad que presentas promociona la cultura o el empleo del tiempo libre
  • El secretario o secretaria de tu asociación certifica el número de socios a 31 de diciembre del año anterior
  • Acreditas la viabilidad económica de la actividad para la que pides la ayuda
  • Asumes el resto de los costes de la actividad, por tus propios medios o con financiación de terceros
Obligaciones
  • Comunica si aceptas la subvención o si renuncias a ella, en un plazo máximo de seis meses desde que recibes la notificación de la concesión
  • Presenta la documentación que justifica la subvención antes del 31 de enero de 2027
  • Aporta el resto de los costes de la actividad, directamente o con financiación de terceros, públicos o privados
  • Destina la ayuda a actividades de promoción de la cultura y de empleo del tiempo libre
Cuándo

El plazo es de diez días desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria no precisa si esos días son hábiles o naturales. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 30 de septiembre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de vecinos del municipio de Tortosa
  • Quieres organizar actividades de promoción de la cultura en tu barrio
  • Tu asociación programa actividades para ocupar el tiempo libre de los vecinos
  • Puedes certificar el número de socios de tu asociación a 31 de diciembre del año anterior
  • Tu asociación puede asumir la parte del coste que no cubre la ayuda
  • Tu entidad no es una asociación de vecinos
  • Tu asociación no actúa en el municipio de Tortosa
  • Tu actividad no promociona la cultura ni la ocupación del tiempo libre
  • No puedes acreditar la viabilidad económica de la actividad
  • No puedes asumir la parte del coste que no cubre la ayuda

Cuánto puedes recibir

Tu asociación recibe un importe fijo que depende del número de socios que tenía a 31 de diciembre del año anterior: desde 200€ si tiene hasta 100 socios hasta 1.500€ si supera los 500. A esa cantidad fija se le suma una parte variable, que se reparte también en función del número de socios. Si se valora la situación especial de dificultades sociales y urbanísticas del barrio, se atribuyen 750€ en cada barrio. La asociación beneficiaria asume el resto de los costes de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el certificado del secretario o secretaria de tu asociación con el número de socios a 31 de diciembre del año anterior

  2. Presenta una instancia genérica en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tortosa, o entrégala en el Registro General del ayuntamiento en su horario de atención

  3. Espera la resolución de la Alcaldesa, que se notifica de forma individual en el plazo de un mes desde que termina el plazo de presentación de solicitudes

  4. Comunica la aceptación expresa o la renuncia de la subvención una vez recibes la notificación de la concesión

  5. Presenta la documentación justificativa antes del 31 de enero de 2027

Documentación necesaria

  • Instancia genérica de solicitud
  • Certificado del secretario o secretaria de la asociación con el número de socios a 31 de diciembre del año anterior

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el ayuntamiento en resolver?
El plazo de resolución y notificación es de un mes desde la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes. La resolución se notifica de forma individual.
¿Qué tengo que hacer si me conceden la subvención?
Tienes un plazo máximo de seis meses desde la notificación del acuerdo de concesión para comunicar si aceptas la subvención de forma expresa o si renuncias a ella.
¿La subvención cubre todo el coste de la actividad?
No. La asociación beneficiaria aporta el resto de los costes, bien directamente, bien mediante financiación de terceros, ya sean públicos o privados.
¿Pueden rechazar mi solicitud aunque presente toda la documentación?
Sí. Se pueden desestimar las solicitudes en las que, a criterio de la Alcaldesa y visto el informe del órgano que instruye el procedimiento, no quede acreditado el grado de viabilidad económica.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Las resoluciones agotan la vía administrativa: puedes presentar recurso contencioso administrativo en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o, de forma alternativa y potestativa, recurso de reposición en el plazo máximo de un mes.

Fuentes oficiales

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