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Ayudas Claras
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Servicios sociales Illes Balears Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a ONGD de las Illes Balears para asistencia técnica

Hasta 3.500€ por solicitud para que las ONGD de Baleares contraten asistencia técnica

Lo que significa

Qué es
Subvención del Gobierno de las Illes Balears, por orden de solicitud, para que las ONGD paguen servicios profesionales externos
Para quién
Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) de las Illes Balears
Cuánto
Hasta 3.500€ por solicitud, con una sola solicitud por entidad
Qué cubre
  • Servicios profesionales externos de gestión contable, comunicación y visibilidad
  • Formulación y justificación de proyectos y elaboración de planes estratégicos de la entidad
  • Mantenimiento de sitios web y aplicaciones informáticas relacionados con la actividad subvencionada
Requisitos
  • Eres una organización no gubernamental para el desarrollo de las Illes Balears
  • Estás inscrita en el Registro de ONGD de las Illes Balears
  • Tu constitución legal y tu presencia efectiva en las Illes Balears tienen al menos dos años antes de esta convocatoria
  • No dispones de personal técnico contratado de manera estable, ni en la sede ni en la delegación en las Illes Balears, desde al menos el último año
  • Has justificado correctamente las subvenciones del Gobierno de las Illes Balears que ya recibiste
  • No estás sometida a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas ni sancionador
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a la finalidad para la que la solicitaste
  • Imputa solo gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027
  • Justifica la subvención con una cuenta justificativa: relación numerada de facturas con su importe y su concepto
  • Presenta la justificación y el justificante de pago por medios electrónicos
  • Justifica la subvención como máximo el 30 de septiembre de 2027
  • Incluye de forma visible el logotipo de la consejería en el material impreso con el que difundas la actividad subvencionada
Cuándo

El plazo es de veinte días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 22 de septiembre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una ONGD inscrita en el Registro de ONGD de las Illes Balears
  • Tu entidad no tiene capacidad económica para contratar personal técnico especializado
  • Necesitas contratar servicios profesionales externos de gestión contable
  • Quieres pagar la formulación y la justificación de tus proyectos solidarios
  • Buscas financiar la comunicación y la visibilidad de tu entidad
  • Necesitas mantener tu sitio web o tus aplicaciones informáticas
  • Tienes personal técnico contratado de manera estable
  • Tu entidad se constituyó legalmente hace menos de dos años
  • No estás inscrita en el Registro de ONGD de las Illes Balears
  • Ya pediste estos mismos gastos en la convocatoria de 2025
  • Quieres cubrir el alquiler de la sede, los suministros energéticos o los seguros
  • Buscas pagar atenciones protocolarias, captación de socios o merchandising

Cuánto puedes recibir

Puedes solicitar como máximo 3.500€ y cada entidad presenta una sola solicitud. La subvención concedida nunca puede ser superior a la cantidad que hayas pedido. Se paga íntegramente una vez resuelta la concesión, como anticipo del cien por cien de la cuantía concedida y sin que tengas que presentar garantías.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las declaraciones responsables y los certificados que exige la convocatoria

  2. Presenta la solicitud de forma electrónica mediante el trámite telemático específico de la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo

  3. Si te requieren para subsanar la solicitud, aporta la documentación en el plazo de diez días hábiles

  4. Espera la resolución, que se publica en un plazo máximo de seis meses desde la presentación de las solicitudes

Documentación necesaria

  • Declaración responsable sobre la veracidad de los datos bancarios, según el modelo normalizado
  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones contables con el protectorado, solo en el caso de las fundaciones
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al corriente de pagos, si deniegas la comprobación de oficio
  • Declaración responsable de cumplir las obligaciones previstas para las entidades beneficiarias
  • Declaración responsable de no incurrir en causa de prohibición o incompatibilidad y de no haber sido sancionada por prácticas discriminatorias por razón de sexo o género
  • Declaración responsable de las ayudas solicitadas o concedidas por otras instituciones relacionadas con esta solicitud
  • Declaración responsable de no disponer de personal técnico contratado de manera estable

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Esta subvención es compatible con otras ayudas, sea cual sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que juntas no superen el coste total de la actividad.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Cada entidad puede presentar un máximo de una solicitud en esta convocatoria.
¿Puedo pedir ayuda para gastos que ya solicité el año pasado?
No. No se pueden solicitar ayudas para cubrir gastos que ya se pidieron en la convocatoria de subvenciones de 2025.
¿Qué pasa si falta documentación en mi solicitud?
Te requieren para que subsanes el defecto o aportes la documentación en diez días hábiles. Si no lo haces, se considera que desistes y el expediente se archiva.
¿Cómo se deciden las solicitudes si el dinero no llega para todas?
Las solicitudes se tramitan y resuelven por riguroso orden de presentación, según la fecha y la hora de entrada en el registro, hasta agotar el crédito disponible.

Fuentes oficiales

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