Ayuda a familias con hijos menores de un año en Boiro
Hasta 300€ por menor y familia para gastos de cuidado y conciliación en Boiro
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Boiro para gastos de cuidado del menor y de conciliación familiar y laboral
- Para quién
- Familias con hijos o hijas menores de un año
- Cuánto
- Hasta 300€ por menor y familia
- Qué cubre
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- Gastos de atención y cuidado del menor
Por ejemplo: lactancia artificial y nutrición destinada al menor o a la madre, productos de higiene del menor y ayudas técnicas (cuna, carro, sillas, sistemas de seguridad para vehículos) y análogos que apruebe la comisión evaluadora.
- Otros gastos justificados, como los de conciliación familiar y laboral, que apruebe la comisión evaluadora
- El impuesto sobre el valor añadido (IVA)
- Gastos de atención y cuidado del menor
- Requisitos
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- Al menos uno de los progenitores está empadronado en Boiro con una antigüedad mínima de un año
- Tu hijo o hija está empadronado en Boiro antes de la fecha de solicitud
- Tu hijo o hija tiene menos de un año (12 meses) desde su nacimiento
- Has hecho gastos de embarazo, lactancia, cuidado del menor o conciliación dentro del periodo admitido
Cuentan los gastos hechos desde cuatro meses antes del nacimiento hasta el final del plazo de solicitudes, siempre que sean del año en curso o del año anterior.
- Los progenitores no tienen deudas con el ayuntamiento ni con el resto de administraciones públicas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda al fin para el que se te concede
- Facilita la documentación que se te pida para el control y seguimiento de la ayuda
- Comunica cualquier cambio en las condiciones que dieron lugar a la concesión
- Asiste a los actos protocolarios que organice el ayuntamiento
- Da la información que te pidan la Intervención del ayuntamiento, el Tribunal de Cuentas o el Consello de Contas de Galicia
- Presenta la justificación del gasto antes del 25 de diciembre de 2026 o, como máximo, 30 días después de realizar la actividad
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un hijo o hija menor de un año
- Al menos uno de los progenitores lleva un año empadronado en Boiro
- Tu hijo o hija está empadronado en Boiro
- Has tenido gastos de atención y cuidado de tu hijo o hija
- Buscas apoyo para conciliar la vida familiar y laboral
- Tu hijo o hija ya ha cumplido un año
- Ningún progenitor lleva al menos un año empadronado en Boiro
- Tu hijo o hija no está empadronado en Boiro
- Los progenitores tienen deudas con alguna administración pública
- Tus gastos son médicos o sanitarios
- Tus gastos son de compra o alquiler de vivienda
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta 300€ por menor y familia. Los documentos oficiales no coinciden en qué parte del gasto se cubre: las bases reguladoras dicen que el ayuntamiento aporta el 42,86% de los gastos que justifiques (para cobrar los 300€ hay que presentar justificantes de compras de bienes o servicios por más de 700€, y si justificas menos se aplica ese mismo porcentaje), mientras que la convocatoria de 2026 dice que la ayuda puede cubrir hasta el 100% de los gastos subvencionables, con el mismo máximo de 300€. Confirma con el Ayuntamiento de Boiro qué criterio se aplica. Si hay más solicitudes que dinero no se prorratea: se reparte por orden de puntuación y puede asignarse una cantidad menor. Cobras por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en la solicitud, una vez publicada la lista definitiva de concesión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas o justificantes de los gastos y el resto de documentación exigida
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Rellena la solicitud en el modelo oficial de la convocatoria
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Preséntala en el Registro General del Ayuntamiento de Boiro o en su sede electrónica, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
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Consulta la resolución provisional en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en la web municipal
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Si no estás de acuerdo, presenta alegaciones en 10 días naturales desde el día siguiente a su publicación
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Tras la resolución definitiva, espera el pago por transferencia en la cuenta que indicaste
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada en el formulario oficial
- Copia del DNI del solicitante (padre, madre o tutor)
- Certificado o volante de empadronamiento histórico de la unidad familiar o, al menos, de uno de los progenitores o tutores
- Libro de familia o documento equivalente que acredite el nacimiento del menor
- Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar (nóminas, declaraciones de IRPF, certificados de prestaciones, etc.)
- Facturas o justificantes de los gastos vinculados a la ayuda solicitada
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Otra documentación que acredite las situaciones que puntúan: desempleo, violencia de género, orfandad o discapacidad, entre otras