Ayudas a desplazamientos escolares en Vilanova i la Geltrú
Subvención para los desplazamientos de las salidas escolares de los centros
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú para los desplazamientos dentro del casco urbano de las salidas del Programa de Animación Educativa o propuestas por el Ayuntamiento o el instituto municipal.
- Para quién
- Centros de educación infantil de segundo ciclo, primaria y secundaria obligatoria sostenidos con fondos públicos de Vilanova i la Geltrú.
- Cuánto
- El importe se reparte entre los centros según la valoración de tu solicitud, lo que pides y el importe de la partida; consulta directamente con la administración.
- Qué cubre
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- Los desplazamientos dentro del casco urbano para las salidas programadas dentro del Programa de Animación Educativa
- Los desplazamientos para las actividades propuestas por el Ayuntamiento o por el Instituto Municipal de Educación y Trabajo
- Requisitos
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- Tu centro está autorizado por el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya
- Tu centro está sostenido con fondos públicos y ubicado en Vilanova i la Geltrú
- Has justificado las subvenciones que ya te concedieron el Ayuntamiento o el instituto municipal
- No tienes ninguna deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento
- Estás al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Declaras si has pedido u obtenido otras ayudas para la misma actividad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a los fines y plazos indicados en la convocatoria y en el acuerdo de concesión
- Avisa por escrito al Ayuntamiento de cualquier incidencia en el cumplimiento de tus obligaciones
- Comunica por escrito si obtienes otras subvenciones para la misma finalidad
- Devuelve el dinero si la actividad no se ha hecho o solo se ha hecho en parte
- Justifica la subvención como máximo el 15 de junio de 2027
- Somete tu centro a las comprobaciones del Ayuntamiento y aporta la información que te pidan
- Cuándo
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- Abre: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Diriges un centro docente de Vilanova i la Geltrú sostenido con fondos públicos
- Tu centro está autorizado por el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya
- Tu centro imparte educación infantil de segundo ciclo, primaria o secundaria obligatoria
- Tus grupos se desplazan a actividades del Programa de Animación Educativa
- Tu centro participa en actividades propuestas por el Ayuntamiento o por el instituto municipal
- Tu centro está alejado de los lugares donde se hacen esas actividades
- Tu centro no está sostenido con fondos públicos
- Tu centro está fuera de Vilanova i la Geltrú
- Tienes deudas pendientes de pago con el Ayuntamiento
- No has justificado subvenciones anteriores del Ayuntamiento o del instituto municipal
- Presentas la solicitud fuera del plazo fijado en la convocatoria
Cuánto puedes recibir
El importe que recibe cada centro no está fijado de antemano: el Ayuntamiento reparte el crédito disponible de forma proporcional según la valoración de las solicitudes, el importe que has pedido y el importe de la partida. En ningún caso recibes más de lo que has solicitado ni más que el coste de aquello que se subvenciona. Cobras un pago anticipado del 60% del importe otorgado cuando la Junta de Gobierno Local aprueba la resolución, y el 40% restante después de justificar la totalidad de la ayuda.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consigue el certificado electrónico que representa a tu centro, obligatorio para tramitar
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Reúne la relación de actividades previstas, el certificado del Consejo Escolar y la declaración responsable
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Presenta una única solicitud para esta modalidad por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Hazlo entre el 28 de septiembre y el 9 de octubre de 2026: fuera de plazo no se admite
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Subsana la documentación en diez días hábiles si te lo requieren
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Justifica la ayuda por vía telemática como máximo el 15 de junio de 2027
Documentación necesaria
- Relación de actividades previstas (Anexo 1)
- Certificado del acuerdo del Consejo Escolar de centro o Junta Permanente de aprobación de la solicitud (Anexo 2)
- Modelo de declaración responsable
- Certificado oficial y actualizado de no tener deudas con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social, solo si no autorizas al Ayuntamiento a consultarlo
- Para justificar: memoria de actividades de desplazamiento (Anexo 3)
- Para justificar: acuerdo del Consejo Escolar de centro de aprobación de la asignación de ayudas (Anexo 4)
- Para justificar: facturas o documentos de valor probatorio de los gastos, acompañados de la transferencia bancaria o del documento que acredite el pago