Subvenciones a centros escolares de Vilanova i la Geltrú
Ayudas a centros de Vilanova para libros, material y salidas del alumnado
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú para reducir el gasto escolar del alumnado del centro
- Para quién
- Centros de Infantil de segundo ciclo, Primaria y Secundaria Obligatoria sostenidos con fondos públicos de Vilanova i la Geltrú
- Cuánto
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- El importe depende de la puntuación que obtenga tu centro
El reparto es proporcional a la puntuación dentro de cada categoría de centro (públicos de infantil y primaria, públicos de secundaria y privados concertados). El importe no puede superar el coste del concepto subvencionado ni el importe que haya solicitado el centro.Criterio de reparto Puntos Por cada alumno con necesidades educativas específicas por razones socioeconómicas de cursos no subvencionados con mochilas escolares 1 punto Por cada alumno con esas mismas necesidades en cursos con mochila escolar 0,25 puntos Por cada alumno asignado durante el periodo de matrícula viva según los datos del curso anterior 0,25 puntos Por tener la condición de centro con índice alto de complejidad 25 puntos
- El importe depende de la puntuación que obtenga tu centro
- Qué cubre
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- Libros y material escolar del alumnado
- Material informático
- Actividades y salidas dentro del horario lectivo del centro, excepto los desplazamientos
- Requisitos
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- Tu centro está autorizado por el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya
- Tu centro imparte Infantil de segundo ciclo, Primaria o Secundaria Obligatoria y se sostiene con fondos públicos
- Has justificado las subvenciones que te concedieron antes el ayuntamiento o el instituto municipal de educación y trabajo, salvo que aún no haya terminado el plazo de justificación o hayas renunciado a ellas
- No tienes ninguna deuda pendiente de pago con el ayuntamiento
- Presentas la solicitud dentro del plazo máximo de presentación
- Declaras si has solicitado u obtenido otras ayudas para la misma actividad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a los conceptos y en los plazos indicados en la convocatoria
- Aprueba en el Consejo Escolar la relación de ayudas y los importes concedidos al alumnado
- Comunica por escrito al ayuntamiento si obtienes otras subvenciones para la misma finalidad
- Avisa por escrito de cualquier incidencia en el cumplimiento de tus obligaciones
- Justifica la ayuda por vía telemática como máximo el 15 de junio de 2027
- Devuelve el importe si la actividad no se realiza o se ejecuta solo en parte
- Cuándo
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- Abre: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu centro de Infantil de segundo ciclo o Primaria está en Vilanova i la Geltrú
- Tu centro imparte Educación Secundaria Obligatoria en Vilanova i la Geltrú
- Tu centro está autorizado por el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya
- Tu centro se sostiene con fondos públicos
- Tienes alumnado en situación de necesidad socioeconómica valorada por el centro
- Eres una familia: la solicitud la presenta el centro educativo
- Tu centro tiene deudas pendientes de pago con el ayuntamiento
- Quieres financiar el comedor o el transporte escolar
- Quieres financiar actividades extraescolares
- Quieres repartir la ayuda entre todo el grupo o clase
- Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
Cuánto puedes recibir
El dinero que recibe tu centro depende de la puntuación que obtenga y se reparte de forma proporcional entre los centros de su misma categoría. La ayuda no puede superar el coste del concepto subvencionado ni el importe que hayas solicitado. Cobras un 80% por anticipado una vez aprobada la resolución y el 20% restante cuando justificas la totalidad de la ayuda.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Aprueba en el Consejo Escolar del centro la solicitud y los criterios para valorar al alumnado beneficiario
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Prepara la relación de precios de los conceptos subvencionables y el número de ayudas que pides para cada uno
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Presenta una única solicitud por vía telemática en la sede electrónica del ayuntamiento, con certificado electrónico de la organización
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Subsana la documentación en diez días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere
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Justifica la ayuda por vía telemática como máximo el 15 de junio de 2027
Documentación necesaria
- Relación del precio o coste para el alumnado de los conceptos subvencionables y número de ayudas solicitadas para cada concepto (Anexo 1)
- Certificado del acuerdo de aprobación de la solicitud por el Consejo Escolar o la Junta Permanente, con los criterios de valoración del alumnado (Anexo 2)
- Modelo de declaración responsable
- Certificado oficial y actualizado de no tener deudas con la Agencia Tributaria ni con la Tesorería General de la Seguridad Social, si no autorizas su consulta