Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Málaga Agricultura
Agricultura Málaga Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones al sector agroalimentario y pesquero de Málaga

Hasta 6.000€ en gasto corriente o 14.000€ en inversión para el sector primario

Lo que significa

Qué es
Subvención de la Diputación de Málaga, en concurrencia no competitiva, para gastos corrientes o inversión del sector agroalimentario.
Para quién
Autónomos, empresas, comunidades de bienes y agrupaciones de la agricultura, la ganadería, la pesca y la industria agroalimentaria.
Cuánto
  • Depende de la línea que solicites y del importe de tu proyecto
    LíneaCuantía de la subvención
    Línea 1 · Gastos corrientes en bienes y serviciosNo puede superar los 6.000€
    Línea 2 · Proyecto de inversión de hasta 10.000€100% del importe total del proyecto
    Línea 2 · Proyecto de inversión de más de 10.000€85% del proyecto, con un máximo de 14.000€
    Los importes del proyecto se calculan con el IVA excluido.
Qué cubre
  • Gastos corrientes en bienes y servicios (Línea 1)

    Cuotas RETA si eres persona física, o gastos de retribución en especie por la cotización RETA de los socios si eres sociedad; gastos de costes de producción; arrendamiento o subarriendo de bienes inmuebles afectos a la actividad económica.

  • Gastos de inversión (Línea 2)

    Maquinaria, herramientas, equipos y procesos productivos, excluidos los bienes fungibles; gastos de cambio de cultivo o de métodos de regadío; adquisición de elementos de transporte.

Requisitos
  • Desarrollas tu actividad en el sector agroalimentario, agrícola, ganadero o pesquero radicado en la provincia de Málaga
  • Estás dado de alta en el censo de actividades económicas en la actividad para la que pides la ayuda
  • Los gastos se ejecutan dentro del periodo que va del 2 de mayo de 2026 al 31 de mayo de 2027
  • Los conceptos de gasto que presentas encajan en la tipología prevista para tu línea
  • Presentas la solicitud en plazo y con el formulario normalizado de uso obligatorio
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta los gastos dentro del periodo que va del 2 de mayo de 2026 al 31 de mayo de 2027
  • Presenta la documentación que justifica los gastos subvencionados
  • Paga los gastos por medios admitidos: no se aceptan pagos por compensaciones en especie
  • Consulta el tablón electrónico de anuncios y edictos de la Diputación, donde se publican las notificaciones del procedimiento
  • Mantente al corriente de tus obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y la Diputación de Málaga, que se comprueban antes del pago
  • Da publicidad del carácter público de la financiación de la Diputación y guarda el documento que lo acredita: hay que aportarlo al justificar
  • Si pides la Línea 2, mantén la inversión realizada durante un periodo mínimo de 2 años
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una explotación agrícola o ganadera radicada en la provincia de Málaga
  • Tu empresa agroalimentaria o pesquera desarrolla su actividad en la provincia de Málaga
  • Eres persona trabajadora autónoma del sector agroalimentario, ganadero o pesquero
  • Necesitas cubrir gastos corrientes como la cuota de autónomos, costes de producción o el alquiler del local
  • Vas a comprar maquinaria, equipos o elementos de transporte para tu actividad
  • Formas parte de una comunidad de bienes o de una agrupación que ejerce esta actividad
  • Tu actividad no pertenece al sector agroalimentario, agrícola, ganadero o pesquero
  • Tu actividad no está radicada en la provincia de Málaga
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
  • No acompañas a tu solicitud el formulario de uso obligatorio
  • No subsanas la solicitud en el plazo de 10 días que te conceden
  • Los conceptos de gasto que presentas no encajan en la tipología prevista para cada línea
  • Has resultado beneficiario de subvenciones convocadas por la Delegación de Desarrollo Económico Sostenible de la Diputación de Málaga desde el 1 de enero de 2021, en cualquiera de las líneas concedidas

Cuánto puedes recibir

Lo que recibes depende de la línea que solicites. En la Línea 1, de gastos corrientes, la cuantía máxima que te pueden conceder es de 6.000€. En la Línea 2, de inversión, cobras el 100% del importe del proyecto cuando este es igual o inferior a 10.000€ sin IVA, y el 85% cuando lo supera, con un máximo de 14.000€ de subvención. El pago se hace de una sola vez, con carácter anticipado a la justificación, mediante transferencia a la cuenta que figure en tu documento de alta a terceros; si ya habías ejecutado todos los gastos antes de presentar la solicitud, el pago se tramita junto con la documentación justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los certificados y documentos que exige la convocatoria, incluido el alta a terceros

  2. Cumplimenta el formulario normalizado de tu línea con la memoria descriptiva y el presupuesto

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Diputación de Málaga, en el trámite habilitado para cada línea

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en 10 días mediante el trámite de subsanación de la sede electrónica

  5. Espera la resolución: el plazo máximo para resolver es de seis meses desde la presentación de la solicitud

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud normalizado, con las declaraciones responsables, la memoria descriptiva y el presupuesto
  • Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social con el número medio de trabajadores de los doce meses anteriores y/o informe de vida laboral actualizado
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas, donde conste el alta en la actividad y dónde se desarrolla
  • Certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social de estar al corriente para obtener subvenciones
  • Informe negativo de inscripción de empresario, si no has contratado a ninguna persona
  • Certificado de alta a terceros, según el modelo oficial
  • Certificado de titularidad bancaria
  • Documento acreditativo de identidad: copia del DNI o de la tarjeta de identidad de extranjero en vigor
  • Personas jurídicas: documento de identidad del representante, escrituras o documento de constitución inscritas en el registro público y NIF definitivo
  • Entidades sin personalidad jurídica: documento con los compromisos de ejecución de cada miembro y declaración responsable de cumplimiento de requisitos (Anexo II)

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la solicitud sin el formulario obligatorio?
Queda excluida. También se excluyen las solicitudes presentadas fuera de plazo y las que no se subsanen en el plazo de 10 días concedido para ello.
¿Tengo que aportar alguna garantía para cobrar la ayuda por anticipado?
No. El pago se realiza de una sola vez, con carácter anticipado a la justificación, sin exigir ningún tipo de garantía.
¿Cómo me notifican las decisiones del procedimiento?
Mediante publicación en el tablón electrónico de anuncios y edictos de la Diputación de Málaga. Esa publicación sustituye a la notificación individual, incluidos los requerimientos.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo de resolución es de seis meses desde la presentación de la solicitud. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Importa el orden en que presente la solicitud?
Sí. La instrucción, tramitación y resolución se efectúan por orden de presentación hasta agotar el presupuesto disponible o hasta que finalice el plazo de presentación.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas