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Ayudas Claras
Subvenciones Navarra Agricultura
Agricultura Navarra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para transformar secano en regadío en Navarra

Hasta el 40% de la inversión en riego para pasar de secano a regadío

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Navarra para instalar riego en parcelas que pasan de secano a regadío.
Para quién
Titulares de explotaciones agrarias, tanto personas físicas como sociedades y otras fórmulas asociativas.
Cuánto
Hasta el 40% del importe de la inversión auxiliable
Qué cubre
  • Equipamiento e instalaciones permanentes de riego en parcelas que pasan de secano a regadío
    Instalación de riegoMódulo (euros/ha)
    Aspersión con cobertura total enterrada, menos de 2 hectáreas5.310,00
    Aspersión con cobertura total enterrada, de 2 a menos de 5,5 hectáreas4.680,00
    Aspersión con cobertura total enterrada, de 5,5 a menos de 10 hectáreas4.170,00
    Aspersión con cobertura total enterrada, 10 hectáreas o más3.800,00
    Aspersión con cobertura superficial3.290,00
    Goteo3.040,00
    Goteo enterrado4.430,00
    Módulos de inversión auxiliable recogidos en el anexo IV de la convocatoria.
  • El contador que permite medir el uso del agua de la superficie que recibe la ayuda
  • Honorarios directamente vinculados a la inversión, con un límite del 12% del importe total de las inversiones auxiliables
Requisitos
  • Eres mayor de edad si solicitas la ayuda como persona física
  • Eres titular de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra

    Se exceptúa de este requisito a quienes solicitan la ayuda al establecimiento de jóvenes agricultores profesionales, de jóvenes agricultores a tiempo parcial o de nuevos agricultores de 2026, o la tienen concedida en 2024, 2025 o 2026, así como a las sociedades compuestas exclusivamente por este tipo de beneficiarias y a las titularidades compartidas en las que se establezca una de ellas.

  • Presentas un plan de inversiones junto con la solicitud
  • Tus parcelas están en una zona de actuación cuya puesta en riego se aprobó a partir del 1 de enero de 2023, o que aún está en ejecución
  • En esas parcelas no ha existido un sistema de riego permanente en los últimos 10 años
  • No has ejecutado por completo la inversión ni la iniciaste antes del 1 de enero de 2023
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el plan de inversiones con fecha límite del 2 de mayo de 2028
  • Justifica ante el departamento los gastos y pagos efectuados y el destino de los fondos
  • Mantén las actuaciones y las condiciones que te dieron puntos en la valoración
  • Comunica al departamento si solicitas o recibes otras ayudas públicas para la misma actividad
  • Sométete a los controles de comprobación de la ayuda y de la ejecución de las inversiones
  • Coloca una placa explicativa si la inversión supera los 50.000 euros de ayuda pública total
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación agraria inscrita en el registro de Navarra
  • Vas a transformar parcelas de secano en regadío
  • Eres persona física mayor de edad o una sociedad agraria
  • Quieres instalar riego por aspersión, goteo o pívot en tus parcelas
  • Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Eres una Administración Pública o una entidad pública dependiente de ella
  • En tus parcelas ha habido riego permanente en los últimos 10 años
  • Ya has ejecutado por completo la inversión antes de presentar la solicitud
  • Compras equipamiento de riego de segunda mano
  • Realizas la inversión fuera de Navarra, salvo parcelas limítrofes de la misma finca

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención de capital. El porcentaje parte de una base del 20% de la inversión auxiliable y sube con incrementos acumulables: 15% para jóvenes y nuevos agricultores, 10% para explotaciones prioritarias y 5% para explotaciones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. La ayuda será como máximo del 40% del importe de la inversión auxiliable. La inversión mínima subvencionable es de 7.500 euros y el volumen máximo auxiliable por beneficiaria y convocatoria es de 100.000 euros por Unidad de Trabajo Año (UTA) de la explotación, con el límite de 800.000 euros en total; además, ninguna beneficiaria puede percibir más de 300.000 euros de ayuda para el total de convocatorias anuales de inversiones. La cuantía se determina en función del presupuesto de la inversión auxiliable y de los límites, baremo y módulos que fija la convocatoria: cada tipo de instalación de riego tiene un módulo máximo por hectárea o por unidad. Los honorarios vinculados a la inversión se auxilian con un límite del 12% del importe total de las inversiones auxiliables.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el plan de inversiones de tu explotación con la situación de partida, las inversiones proyectadas y la situación final

  2. Reúne la documentación exigida y los presupuestos o facturas proforma que justifiquen la moderación de costes

  3. Presenta la solicitud con el programa de captura del catálogo de trámites del Gobierno de Navarra, firmando electrónicamente

  4. Indica en la solicitud los criterios de valoración por los que pides que se te aplique el baremo

  5. Subsana en un plazo máximo de 10 días hábiles si el órgano instructor te reclama documentación

  6. Espera la resolución de concesión, que se dicta en seis meses desde que termina el plazo de solicitudes

Documentación necesaria

  • Plan de inversiones de la explotación
  • Copia del NIF de la entidad solicitante
  • Memorias o proyectos que describan las inversiones y sus características
  • Facturas proforma o presupuestos que justifiquen la moderación de costes
  • Certificado o tarjeta de discapacidad en vigor

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El órgano instructor te pedirá que la subsanes en un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistida de la solicitud y se dictará resolución de archivo, o se instruirá el expediente con la documentación que ya conste.
¿Cuánto tardan en contestarme?
La concesión o denegación se resuelve en el plazo de seis meses desde la fecha en que finaliza la presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo tener la instalación de riego terminada antes de pedir la ayuda?
No. Las inversiones ejecutadas por completo antes de presentar la solicitud no son subvencionables, ni las iniciadas antes del 1 de enero de 2023. La única excepción son los honorarios vinculados a la inversión.
¿Puedo cambiar el plan de inversiones después de que me concedan la ayuda?
Sí, si hay causas justificadas. Debes presentar una solicitud de modificación de la concesión con fecha límite del 1 de septiembre de 2027, y deberá cumplir los mismos criterios y requisitos que la solicitud de ayuda.
¿Qué ocurre si no puedo terminar las inversiones dentro del plazo?
Si acreditas causas justificadas puedes solicitar, hasta el 29 de febrero de 2028, una prórroga de la fecha límite de finalización. Si te la conceden, el plazo de ejecución se extiende hasta el 15 de septiembre de 2028.

Fuentes oficiales

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