Ayudas para transformar secano en regadío en Navarra
Hasta el 40% de la inversión en riego para pasar de secano a regadío
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Navarra para instalar riego en parcelas que pasan de secano a regadío.
- Para quién
- Titulares de explotaciones agrarias, tanto personas físicas como sociedades y otras fórmulas asociativas.
- Cuánto
- Hasta el 40% del importe de la inversión auxiliable
- Qué cubre
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- Equipamiento e instalaciones permanentes de riego en parcelas que pasan de secano a regadío
Módulos de inversión auxiliable recogidos en el anexo IV de la convocatoria.Instalación de riego Módulo (euros/ha) Aspersión con cobertura total enterrada, menos de 2 hectáreas 5.310,00 Aspersión con cobertura total enterrada, de 2 a menos de 5,5 hectáreas 4.680,00 Aspersión con cobertura total enterrada, de 5,5 a menos de 10 hectáreas 4.170,00 Aspersión con cobertura total enterrada, 10 hectáreas o más 3.800,00 Aspersión con cobertura superficial 3.290,00 Goteo 3.040,00 Goteo enterrado 4.430,00 - El contador que permite medir el uso del agua de la superficie que recibe la ayuda
- Honorarios directamente vinculados a la inversión, con un límite del 12% del importe total de las inversiones auxiliables
- Equipamiento e instalaciones permanentes de riego en parcelas que pasan de secano a regadío
- Requisitos
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- Eres mayor de edad si solicitas la ayuda como persona física
- Eres titular de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra
Se exceptúa de este requisito a quienes solicitan la ayuda al establecimiento de jóvenes agricultores profesionales, de jóvenes agricultores a tiempo parcial o de nuevos agricultores de 2026, o la tienen concedida en 2024, 2025 o 2026, así como a las sociedades compuestas exclusivamente por este tipo de beneficiarias y a las titularidades compartidas en las que se establezca una de ellas.
- Presentas un plan de inversiones junto con la solicitud
- Tus parcelas están en una zona de actuación cuya puesta en riego se aprobó a partir del 1 de enero de 2023, o que aún está en ejecución
- En esas parcelas no ha existido un sistema de riego permanente en los últimos 10 años
- No has ejecutado por completo la inversión ni la iniciaste antes del 1 de enero de 2023
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el plan de inversiones con fecha límite del 2 de mayo de 2028
- Justifica ante el departamento los gastos y pagos efectuados y el destino de los fondos
- Mantén las actuaciones y las condiciones que te dieron puntos en la valoración
- Comunica al departamento si solicitas o recibes otras ayudas públicas para la misma actividad
- Sométete a los controles de comprobación de la ayuda y de la ejecución de las inversiones
- Coloca una placa explicativa si la inversión supera los 50.000 euros de ayuda pública total
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una explotación agraria inscrita en el registro de Navarra
- Vas a transformar parcelas de secano en regadío
- Eres persona física mayor de edad o una sociedad agraria
- Quieres instalar riego por aspersión, goteo o pívot en tus parcelas
- Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Eres una Administración Pública o una entidad pública dependiente de ella
- En tus parcelas ha habido riego permanente en los últimos 10 años
- Ya has ejecutado por completo la inversión antes de presentar la solicitud
- Compras equipamiento de riego de segunda mano
- Realizas la inversión fuera de Navarra, salvo parcelas limítrofes de la misma finca
Cuánto puedes recibir
Recibes una subvención de capital. El porcentaje parte de una base del 20% de la inversión auxiliable y sube con incrementos acumulables: 15% para jóvenes y nuevos agricultores, 10% para explotaciones prioritarias y 5% para explotaciones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. La ayuda será como máximo del 40% del importe de la inversión auxiliable. La inversión mínima subvencionable es de 7.500 euros y el volumen máximo auxiliable por beneficiaria y convocatoria es de 100.000 euros por Unidad de Trabajo Año (UTA) de la explotación, con el límite de 800.000 euros en total; además, ninguna beneficiaria puede percibir más de 300.000 euros de ayuda para el total de convocatorias anuales de inversiones. La cuantía se determina en función del presupuesto de la inversión auxiliable y de los límites, baremo y módulos que fija la convocatoria: cada tipo de instalación de riego tiene un módulo máximo por hectárea o por unidad. Los honorarios vinculados a la inversión se auxilian con un límite del 12% del importe total de las inversiones auxiliables.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el plan de inversiones de tu explotación con la situación de partida, las inversiones proyectadas y la situación final
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Reúne la documentación exigida y los presupuestos o facturas proforma que justifiquen la moderación de costes
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Presenta la solicitud con el programa de captura del catálogo de trámites del Gobierno de Navarra, firmando electrónicamente
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Indica en la solicitud los criterios de valoración por los que pides que se te aplique el baremo
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Subsana en un plazo máximo de 10 días hábiles si el órgano instructor te reclama documentación
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Espera la resolución de concesión, que se dicta en seis meses desde que termina el plazo de solicitudes
Documentación necesaria
- Plan de inversiones de la explotación
- Copia del NIF de la entidad solicitante
- Memorias o proyectos que describan las inversiones y sus características
- Facturas proforma o presupuestos que justifiquen la moderación de costes
- Certificado o tarjeta de discapacidad en vigor