Subvenciones para bandas de música de Lalín 2026
Subvención del Ayuntamiento de Lalín para las bandas de música del municipio.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Lalín para las actividades y gastos de funcionamiento de las bandas de música.
- Para quién
- Bandas de música y bandas de música tradicional gallega del municipio de Lalín.
- Cuánto
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- No hay una cantidad fija por entidad: se reparte según la puntuación obtenida en la valoración y el número de solicitudes
La ayuda no puede ser de tal cuantía que, sola o junto a otras subvenciones o ingresos, supere el coste de la actividad subvencionada.Criterio de valoración Puntuación máxima Número de integrantes de la banda o agrupación Hasta 20 puntos Actividades formativas Hasta 25 puntos Número de acciones formativas realizadas Hasta 20 puntos Alumnado de la escuela de música Hasta 20 puntos Presupuesto de la banda o agrupación Hasta 20 puntos Ámbito de divulgación y representación cultural de Lalín Hasta 20 puntos Grabaciones discográficas o publicaciones Hasta 20 puntos Premios y menciones en certámenes Hasta 25 puntos Colaboraciones con solistas o directores invitados de prestigio 2 puntos por colaboración, hasta 24 puntos Tipo de agrupación Hasta 20 puntos
- No hay una cantidad fija por entidad: se reparte según la puntuación obtenida en la valoración y el número de solicitudes
- Qué cubre
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- Gastos realizados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
Conceptos subvencionables: gastos de personal del director y del profesorado (salario y Seguridad Social); desplazamientos con motivo de la actividad (alquiler de vehículos); alquiler y reparación de instrumentos; gastos de vestuario; mantenimiento de vehículos propiedad de la agrupación; organización de campamentos, cursos, seminarios u otras actividades formativas o culturales, siempre que la entidad no cobre por participar en ellas; gastos de publicidad.
- Sueldos del director y del profesorado, con sus gastos de Seguridad Social
- Alquiler y reparación de instrumentos, vestuario y desplazamientos
- Gastos realizados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
- Requisitos
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- Tu entidad está válidamente constituida
- Tienes el domicilio social en Lalín
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones con la información actualizada
- Desarrollas tu actividad total o parcialmente en el Ayuntamiento de Lalín
- La agrupación está integrada por un mínimo de 30 miembros y cuenta con puesto de dirección
- No tienes pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Lalín
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica en 10 días si aceptas o renuncias a la subvención concedida
- Realiza de forma gratuita cinco actuaciones anuales para el Ayuntamiento de Lalín
- Haz constar la colaboración del Ayuntamiento de Lalín en toda tu publicidad
- Destina la subvención a la finalidad para la que se concedió
- Comunica al Ayuntamiento si consigues otras ayudas para la misma finalidad
- Presenta la documentación justificativa antes del 30 de noviembre de 2026
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Representas a una banda de música con domicilio social en Lalín
- Diriges una banda de música tradicional gallega del municipio
- Tu agrupación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tu banda está integrada por al menos 30 miembros
- Necesitas financiar el sueldo del director o del profesorado
- Quieres cubrir gastos de vestuario, instrumentos o desplazamientos
- Tu agrupación no está válidamente constituida
- Tu entidad no tiene su domicilio social en Lalín
- Tu banda tiene menos de 30 integrantes
- Tu agrupación no cuenta con puesto de dirección
- Tienes pendiente de justificar otra subvención del Ayuntamiento de Lalín
- Ya eres beneficiaria de las subvenciones municipales para actividades culturales
Cuánto puedes recibir
No hay una cantidad fija por entidad: el importe de cada subvención sale de la puntuación que obtiene tu solicitud en la valoración y del número de solicitudes presentadas. En ningún caso puede superar, sola o junto a otras ayudas o ingresos, el coste de la actividad subvencionada. El pago se hace de una sola vez después de justificar el gasto, aunque de forma excepcional puedes pedir un anticipo de hasta el 60% para gastos de personal y dirección.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de la entidad y la memoria de las actividades para las que pides la ayuda
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Rellena el modelo de solicitud que figura como Anexo I de las bases
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Presenta la solicitud y la documentación por vía electrónica en la sede electrónica del ayuntamiento
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Si falta algo, subsana o aporta los documentos en un plazo máximo de diez días hábiles
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se notifica en un máximo de 6 meses
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo (Anexo I)
- NIF de la entidad solicitante y DNI del representante
- Estatutos, documentos de inscripción en registros públicos y acta de constitución con los cargos de la junta directiva
- Presupuesto anual de gastos e ingresos de la entidad
- Memoria de actividades del año anterior firmada por el representante
- Certificado del secretario o secretaria de la entidad (Anexo II)
- Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Declaración responsable (Anexo III)
- Documentación acreditativa de la trayectoria artística de la entidad
- Compromiso de realización de actuaciones (Anexo IV)
- Certificación actualizada de los datos bancarios de la entidad
- Proyecto o memoria explicativa de las actividades para las que se pide la subvención (Anexo V)
- Memoria explicativa del funcionamiento de la entidad (Anexo VI)
- Presupuesto detallado de las actividades o de los gastos de funcionamiento (Anexo VII)
- Declaración de ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad (Anexo VIII)