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Ayudas Claras
Subvenciones Navarra Agricultura
Agricultura Navarra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a inversiones agrarias medioambientales en Navarra

Subvención para inversiones medioambientales en explotaciones agrarias de Navarra

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Navarra para inversiones en explotaciones agrarias con objetivo medioambiental
Para quién
Personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias de Navarra
Cuánto
Hasta el 50% de la inversión auxiliable: un 20% base más un 15% si eres joven o nuevo agricultor, un 10% si tu explotación es prioritaria y un 5% si está en zona con limitaciones naturales
Qué cubre
  • Inversiones para mitigar el cambio climático o adaptarse a él
  • Gestión eficiente del agua, el suelo y el aire, y energías verdes
  • Mejoras de bienestar animal y medidas de bioseguridad en la explotación
Requisitos
  • Eres mayor de edad si solicitas como persona física
  • Tu explotación está inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra

    Se exceptúa de este requisito a quienes solicitan ayuda al establecimiento de jóvenes agricultores profesionales, de jóvenes agricultores a tiempo parcial o de nuevos agricultores en 2026, o la tienen concedida en 2026, 2024 o 2025, así como a las sociedades compuestas exclusivamente por este tipo de beneficiarias y a las titularidades compartidas en las que se establezca una de ellas.

  • Tu explotación es técnica y económicamente viable

    Se consideran viables las explotaciones en las que, conforme a los elementos productivos y la actividad a la finalización del plan de inversiones, se obtenga una renta unitaria superior al 35% de la renta de referencia.

  • Presentas un plan de inversiones junto con la solicitud de ayuda
  • Cuentas con la autorización ambiental que corresponda a tu inversión

    Debes tenerla en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes de ayuda o, en su caso, tener finalizado el trámite de consulta al órgano competente (ayuntamiento o medio ambiente) cuando consideres que la inversión implica una modificación no sustancial de la licencia o autorización ambiental que ya tengas.

  • Si modernizas el regadío, justificas el ahorro de agua exigido
    SituaciónAhorro potencial de agua
    Regadío preexistente que afecta a masas de agua que no alcanzan el buen estado o buen potencial por razones cuantitativas50%
    Sustitución de sistema de riego a manta por riego localizado25%
    Sustitución de sistema de riego a manta por riego por aspersión15%
    Sustitución de sistema de riego por aspersión a riego localizado10%
    La mejora debe permitir un ahorro potencial de agua de entre el 10% y el 50% respecto a la instalación existente.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la titularidad de la explotación cinco años desde la resolución del último pago, tres si eres pyme
  • Mantén la propiedad de las inversiones subvencionadas durante ese mismo periodo
  • Mantén las condiciones tuyas y de la explotación que te dieron puntos en la valoración
  • Presenta la declaración de transparencia en el plazo de un mes desde que te notifiquen la concesión
  • Coloca una placa explicativa si la ayuda pública total supera los 50.000 euros
  • Presenta la solicitud de pago con facturas y justificantes entre el 1 de enero y el 2 de mayo de 2028
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación agraria inscrita en el registro de Navarra
  • Vas a invertir para mitigar el cambio climático o adaptarte a él
  • Quieres gestionar mejor el agua, el suelo y el aire de tu explotación
  • Planeas mejorar la eficiencia energética o producir energías verdes
  • Vas a invertir en bienestar animal o en medidas de bioseguridad
  • Eres una Administración pública o una entidad o sociedad pública dependiente
  • Tu inversión ya está ejecutada por completo antes de presentar la solicitud
  • Iniciaste la inversión antes del 1 de enero de 2023
  • Vas a invertir fuera de Navarra, salvo parcelas limítrofes de una misma finca
  • Tu inversión solo busca mejorar la competitividad, sin objetivo medioambiental
  • Eres menor de edad y solicitas como persona física

Cuánto puedes recibir

La ayuda es una subvención de capital de como máximo el 50% del importe de la inversión auxiliable. Ese porcentaje se calcula partiendo de una base del 20%, a la que se suman un 15% si eres joven o nuevo agricultor, un 10% si tu explotación está catalogada como prioritaria y un 5% si está ubicada en zona con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. La inversión mínima subvencionable es de 7.500 euros, y el volumen máximo de inversión auxiliable por beneficiaria y convocatoria es de 100.000 euros por Unidad de Trabajo Año (UTA) de la explotación, con el límite de 800.000 euros en total. Además, el importe de ayuda que puede percibir cada beneficiaria no supera los 300.000 euros para el total de convocatorias anuales de inversiones ni los 800.000 euros por programa. La cuantía concreta se determina en función del presupuesto de la inversión auxiliable y de los límites, baremo y módulos que fija la convocatoria. Para las inversiones con un importe asignado en el anexo de módulos, se toma como importe auxiliable el menor entre el que tú presentas y el recogido en ese anexo. Los honorarios vinculados directamente a las inversiones tienen un límite del 12% del importe total de las inversiones auxiliables.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el plan de inversiones que describe tu explotación y las inversiones previstas

  2. Reúne la documentación técnica y ambiental que exige la convocatoria

  3. Presenta la solicitud con el programa de captura del catálogo de trámites del Gobierno de Navarra

  4. Firma la solicitud electrónicamente, tú o la entidad colaboradora que te represente

  5. Indica expresamente los criterios de valoración por los que pides que se te aplique el baremo

  6. Subsana la documentación en un máximo de 10 días hábiles si el órgano instructor te lo pide

Documentación necesaria

  • Plan de inversiones
  • Copia del NIF de la solicitante
  • Memorias, proyectos y documentos que describan las inversiones y sus características
  • Autorizaciones ambientales en vigor en explotaciones ganaderas, para inversiones en instalaciones existentes
  • Autorización ambiental unificada, informe de afecciones ambientales o licencia de actividad clasificada, según el tipo de inversión
  • Facturas proforma o presupuestos para aplicar el procedimiento de moderación de costes
  • Autorización del sindicato de riegos, de la comunidad de regantes o de la confederación hidrográfica, si inviertes en riego

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si ya he empezado la inversión?
Sí, siempre que la inversión no esté ejecutada por completo antes de presentar la solicitud. No son elegibles las inversiones iniciadas antes del 1 de enero de 2023.
¿Y si mi inversión no aparece en el anexo de módulos?
También puede considerarse subvencionable si contribuye a alguno de los objetivos de la convocatoria y está claramente relacionada con las inversiones descritas en ese anexo.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El órgano instructor te pedirá que la subsanes en un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido y se dictará resolución de archivo.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
La concesión o desestimación de las ayudas se resuelve en el plazo de seis meses desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
¿Cuándo cobro la ayuda?
La solicitud de pago, con facturas y justificantes, se presenta entre el 1 de enero y el 2 de mayo de 2028; con prórroga justificada, el plazo puede llegar al 15 de septiembre de 2028. El abono se hace tras comprobar la finalización del plan de inversiones.

Fuentes oficiales

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