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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Cooperación
Cooperación Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades para sensibilización en Granollers

Hasta 5.000€ por proyecto de sensibilización, con un tope del 50% del coste.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Granollers para proyectos de sensibilización en cooperación y derechos humanos.
Para quién
Entidades y asociaciones privadas sin ánimo de lucro.
Cuánto
Hasta 5.000€ por proyecto, sin superar el 50% del coste de la actuación.
Qué cubre
  • Gastos de ejecución de proyectos de sensibilización que se realizan en Granollers
  • Gastos pagados antes de que termine el plazo de justificación y ligados directamente a la actividad
Requisitos
  • Eres una entidad o asociación de naturaleza privada sin ánimo de lucro
  • Tu entidad está inscrita, con los datos actualizados, en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones Ciudadanas de Granollers

    Los datos del registro municipal de entidades y asociaciones deben actualizarse anualmente, a principios de año. El requisito no es indispensable si la entidad solicitante es un organismo del que forma parte el Ayuntamiento.

  • Tu proyecto incluye al menos una actividad de sensibilización y retorno en la ciudad de Granollers
  • El presupuesto de tu proyecto no supera los 10.000 euros
  • Tu proyecto se inicia durante 2026 y termina como máximo el 31 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Firma el escrito de aceptación de la subvención antes de que se ordene el pago
  • Justifica ante el Ayuntamiento el 100% del presupuesto del proyecto
  • Presenta la justificación como fecha máxima el 31 de marzo de 2027
  • Entrega una memoria justificativa firmada y la liquidación económica con las facturas
  • Pide autorización previa y por escrito para cualquier modificación sustancial del proyecto
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención que obtengas para la misma finalidad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación privada sin ánimo de lucro
  • Quieres desarrollar un proyecto de sensibilización en Granollers
  • Tu proyecto trabaja la cooperación, la solidaridad o los derechos humanos
  • Tu proyecto incluye una actividad de sensibilización y retorno en la ciudad
  • Tu proyecto empieza y termina dentro de 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu proyecto no incluye ninguna actividad dentro de la ciudad de Granollers
  • El presupuesto de tu proyecto supera los 10.000 euros
  • Tu proyecto consiste en intercambios, colonias o estancias de niños o jóvenes
  • Tu actividad solo busca recaudar fondos o captar socios y donantes
  • Tu proyecto incluye acciones de proselitismo religioso o político-partidista

Cuánto puedes recibir

Puedes pedir como máximo 5.000€ por proyecto de sensibilización, y la subvención concedida nunca superará el 50% del coste de la actuación solicitada. El proyecto que presentes debe tener un presupuesto máximo de 10.000 euros. El Ayuntamiento puede adelantarte un 75% de la subvención y el 25% restante se paga a partir de la aprobación de la justificación, mediante transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Actualiza los datos de tu entidad en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones

  2. Reúne la documentación exigida y un presupuesto completo y detallado del proyecto

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento con certificado o DNI electrónico

  4. Subsana los defectos u omisiones en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se notifica de forma individual

Documentación necesaria

  • Copia de los estatutos vigentes de la entidad, inscritos en el registro correspondiente (solo si tus datos no constan en el Registro Municipal de Entidades)
  • Fotocopia del NIF de la entidad (solo si tus datos no constan en el Registro Municipal de Entidades)
  • Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud y copia de su DNI
  • Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar las que obtengas en el futuro
  • Compromiso de cumplir las condiciones y cargas de la subvención
  • Datos bancarios donde transferir el importe de la subvención
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o consentimiento para que el Ayuntamiento lo compruebe

Preguntas frecuentes

¿Puede mi entidad presentar más de un proyecto?
No. Cada entidad puede presentar como máximo un proyecto dentro de cada modalidad de la convocatoria en el ejercicio anual.
¿Qué puntuación necesita mi proyecto para optar a la subvención?
Debe alcanzar un mínimo de 40 puntos sobre un total de 75 para pasar a la fase de valoración económica. Las solicitudes que no lleguen a esa puntuación se desestiman.
¿Puedo compaginar esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, siempre que en conjunto no superen el coste total de la actividad. Si lo superan, el Ayuntamiento puede reducir la subvención.
¿Qué pasa si falta documentación en mi solicitud?
El órgano instructor puede darte un plazo máximo de 10 días hábiles para subsanarla. Si no atiendes el requerimiento, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Cuándo sabré si me han concedido la subvención?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si no hay resolución en ese plazo, se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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