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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Cooperación
Cooperación Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones de cooperación internacional en Granollers

Hasta 12.000€ por proyecto de cooperación internacional, máximo el 50% del coste

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Granollers para proyectos de cooperación internacional.
Para quién
Entidades y asociaciones privadas sin ánimo de lucro que trabajan en cooperación internacional.
Cuánto
Hasta 12.000€ por proyecto, sin superar el 50% del coste de la actuación
Qué cubre
  • Gastos directos de ejecución del proyecto sobre el terreno

    Terrenos, inmuebles y construcciones; equipos, material y suministros; personal local; personal expatriado; viajes, estancias y dietas; funcionamiento (electricidad, agua, comunicaciones, mantenimiento de los equipamientos y seguridad); gastos financieros; imprevistos.

  • Acciones de sensibilización en el municipio para dar a conocer el proyecto
  • Gastos indirectos de administración y funcionamiento de la entidad, hasta el 10%
Requisitos
  • Eres una entidad o asociación de naturaleza privada sin ánimo de lucro
  • Tu entidad está inscrita con los datos actualizados en el registro municipal de entidades y asociaciones ciudadanas de Granollers

    Este requisito no es indispensable si la entidad solicitante es un organismo del que el Ayuntamiento forma parte. Los datos del registro se actualizan anualmente, a principios de año.

  • Tu proyecto incluye al menos una actividad de sensibilización y retorno en la ciudad de Granollers, relacionada con el proyecto
  • Tu proyecto tiene un presupuesto máximo de 30.000€
  • Presentas como máximo un proyecto dentro de cada modalidad en el ejercicio anual
  • Tu proyecto alcanza la puntuación mínima de 55 puntos sobre 100 para pasar a la valoración económica
    Criterio de valoraciónPuntos
    Calidad de la concepción y formulación del proyectoHasta 30
    Priorización por ámbitosHasta 20
    Priorización geográficaHasta 10
    Personas destinatariasHasta 6
    Trabajo en red y participación ciudadanaHasta 10
    Integración y sostenibilidadHasta 10
    Sede central en Granollers14
    Los proyectos se cubren sucesivamente por ámbito y por orden de puntuación hasta agotar la consignación.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Firma el escrito de aceptación de la subvención antes de que se ordene el pago
  • Ejecuta el proyecto en un máximo de un año, con inicio y final en 2026
  • Pide autorización previa y por escrito para cualquier modificación sustancial del proyecto
  • Justifica ante el Ayuntamiento el 100% del presupuesto del proyecto
  • Presenta la justificación como máximo el 31 de marzo de 2027
  • Comunica al Ayuntamiento las subvenciones que obtengas en el futuro para la misma finalidad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación privada sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el registro municipal de entidades y asociaciones de Granollers
  • Vas a ejecutar un proyecto de cooperación internacional en otro país
  • Trabajas con una contraparte local en el país de destino
  • Tu proyecto incluye una actividad de sensibilización en la ciudad de Granollers
  • Tu proyecto reduce desigualdades o defiende los derechos humanos y la paz
  • Tu proyecto no prevé ninguna actividad de sensibilización en Granollers
  • Tu proyecto es un intercambio, colonia o estancia de niños y jóvenes
  • Organizas brigadas o estancias solidarias
  • Tu actuación busca solo recaudar fondos o captar socios y donantes
  • Tu proyecto tiene como finalidad exclusiva la alimentación
  • Tu proyecto incluye acciones de proselitismo religioso o político-partidista

Cuánto puedes recibir

Puedes pedir como máximo 12.000€ por proyecto, sobre un presupuesto máximo de 30.000€. La subvención concedida no superará el 50% del coste de la actuación solicitada. El Ayuntamiento puede adelantarte el 75% del importe concedido y te abona el 25% restante a partir de la aprobación de la justificación, mediante transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que los datos de tu entidad están actualizados en el registro municipal de entidades y asociaciones ciudadanas de Granollers

  2. Rellena el formulario de presentación de proyectos de cooperación

  3. Reúne la documentación administrativa exigida

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento con certificado o DNI electrónico

  5. Subsana los defectos u omisiones en un plazo de 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un plazo máximo de 3 meses

Documentación necesaria

  • Formulario para la presentación de proyectos de cooperación
  • Copia de los estatutos vigentes de la entidad, inscritos en el registro correspondiente
  • Fotocopia del NIF de la entidad
  • Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud y copia de su DNI
  • Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar las futuras
  • Compromiso de cumplir las condiciones y cargas de la subvención
  • Datos bancarios donde transferir el importe de la subvención
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o consentimiento para que el Ayuntamiento lo compruebe
  • Certificado de las retribuciones de los órganos de dirección o administración, si la subvención solicitada supera los 10.000€
  • Acreditación de la titularidad de los terrenos y copia de los planos, en caso de edificación, reforma o ampliación de edificios
  • Acreditación de la petición del equipamiento y de la persona con la titularidad final, en caso de adquisición de equipamiento para edificios ya en funcionamiento
  • Detalle de los estadios de implementación, en programas formativos y sanitarios
  • Distribución de tareas entre la contraparte y la entidad que presenta el proyecto

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya tengo otra ayuda para el mismo proyecto?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que aislada o conjuntamente no superen el coste total de la actividad. Si lo superan, el Ayuntamiento puede reducir la subvención hasta ese coste máximo.
¿Cuántos proyectos puede presentar mi entidad?
Como máximo un proyecto dentro de cada modalidad en el ejercicio anual. Quedan excluidos de ese límite los proyectos de emergencia, que pueden solicitarse todo el año fuera de convocatoria, y los proyectos nominativos.
¿Qué pasa si falta documentación en mi solicitud?
El órgano instructor puede darte un plazo máximo de 10 días hábiles desde que recibes el requerimiento para solucionar los defectos u omisiones o ampliar la información. Si no atiendes el requerimiento, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Qué ocurre si no me contestan a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si no hay resolución en ese plazo, tu solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
¿Puedo cambiar el proyecto una vez concedida la subvención?
Necesitas autorización previa, expresa y por escrito del Ayuntamiento para cualquier modificación sustancial: cambios en los objetivos, las actividades, la contraparte local, los beneficiarios, la localización o el cronograma, y también las modificaciones superiores al 10% del presupuesto presentado. Cosa distinta es la justificación: ahí se admite una desviación máxima del 20% entre el coste presupuestado y el coste final justificado, que es también el máximo por partida.

Fuentes oficiales

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